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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 235, miércoles 11 de diciembre de 2013


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
5378

ORDEN de 13 de noviembre de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que resuelve la modificación de la planificación para los cursos escolares 2014-2015 y 2015-2016, así como la determinación de las unidades a concertar para el curso escolar 2013-2014 para las enseñanzas de Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio, Ciclos Formativos de Grado Superior, Educación Especial 2 FP y Programas de Cualificación Profesional Inicial.

La Orden de 8 de mayo de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, aprueba y da publicidad a los impresos para solicitar por los centros con concierto educativo vigente la modificación de la planificación para los cursos escolares 2014-2015 y 2015-2016 y a los impresos de solicitud para la determinación del número de aulas a concertar para el curso escolar 2013-2014.

Examinadas las solicitudes presentadas por los centros docentes, y realizadas las correspondientes propuestas en las diferentes enseñanzas,

RESUELVO:

Artículo 1.– Aprobar la modificación de la planificación para los cursos escolares 2014-2015 y 2015-2016, de acuerdo al anexo I.

Artículo 2.– Aprobar la concertación para el curso escolar 2013-2014 por etapa, con determinación de la cuantía, número de unidades, modelo lingüístico y régimen de concertación que se especifican en el anexo II a esta Orden.

Artículo 3.– Los importes recogidos en el anexo II están calculados en base a lo establecido en el Capítulo IV, referente al módulo económico de sostenimiento de los centros educativos concertados, de la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012, prorrogados para el ejercicio 2013.

En relación con los dos primeros cuatrimestres del año 2014, se realizarán, en su momento, los ajustes derivados de la aplicación de los módulos económicos que señale la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2014.

Los importes de la presente Resolución son topes máximos en los que están incluidos los gastos de personal docente y no docente.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de noviembre de 2013.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.

(Véase el .PDF)
(Véase el .PDF)

Análisis documental