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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 219, lunes 18 de noviembre de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE BILBAO
5016

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 269/13 seguido sobre medidas hijos extramatrimoniales contencioso.

Juzgado de Primera Instancia n.º 6 (Familia) de Bilbao.

Juicio: me. hij. ex. con. L2 269/13.

Parte demandante: Laura Gonzalez Garcia.

Parte demandada: Nuno Andre Bastos Rocha y Nuno Andre Bastos Rocha.

Sobre: medidas paterno filiales.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA N.º 398/13

Juez que la dicta: D.ª Alicia Sánchez Sánchez.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: quince de octubre de dos mil trece.

Parte demandante: Laura Gonzalez Garcia.

Abogado: Maria Aranzazu Villarroel Durantez.

Procurador: Susana Sanchez Hidalgo.

Parte demandada: Nuno Andre Bastos Rocha y Nuno Andre Bastos Rocha.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: derecho de familia, otras cuestiones.

FALLO

Que estimo la demanda presentada por D.ª Susana Sánchez Hidalgo Procuradora, en nombre y representación de D.ª Laura González García, en solicitud de adopción de medidas personales y alimentarias en relación al hijo menor, frente al padre D. Nuno Andre Bastos Rocha, declarado en situación de rebeldía procesal, y siendo parte también la Fiscalía Provincial de Bizkaia, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas personales y alimentarias en relación al menor XXXXX.

1.– Se atribuye la guarda y custodia del menor, a su madre D.ª Laura González García, siendo compartido por ambos progenitores el ejercicio de la patria potestad.

2.– D. Nuno Andre Bastos Rocha abonará, en concepto de pensión de alimentos del menor, la cuantía de 300 euros al mes, cuantía que será abonada dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe el progenitor custodio con este fin, y que será actualizable anualmente, conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumo que publique el INE u organismo que lo sustituya.

3.– Los gastos de carácter extraordinario que se pudieran generar en relación al hijo común serán sufragados por ambos progenitores, por mitad.

4.– No procede establecer ningún régimen de visitas entre el progenitor no custodio D. Nuno Andre Bastos Rocha y el menor XXXXX.

No ha lugar a la imposición de costas.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para su conocimiento por la Audiencia Provincial de Bizkaia que se interpondrá en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, citando la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna conforme a los artículos 457.2 y 774 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, de 10 de enero.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

LA JUEZA.

Publicación.– Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr./a. Magistrado que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a quince de octubre de dos mil trece.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Bilbao (Bizkaia), a 15 de octubre de 2013.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental