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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 219, lunes 18 de noviembre de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
4990

DECRETO 437/2013, de 5 de noviembre, por el que se autoriza al Ente Vasco de la Energía a la renuncia a su derecho de adquisición preferente en la transmisión de participaciones sociales de Bahía de Bizkaia Electricidad, S.L. por Repsol, S.A.

Con fecha 4 de abril de 2013, Repsol, S.A. comunicó al Consejo de Administración de la sociedad Bahía de Bizkaia Electricidad, S.L. su intención de transmitir las 1.200 participaciones sociales de esta sociedad de las que es titular a Shell España, S.A.

El Ente Vasco de la Energía, en su calidad de socio de la sociedad Bahía de Bizkaia Electricidad, S.L., tiene el derecho de adquisición preferente sobre las participaciones sociales objeto de transmisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Con fecha 23 de mayo de 2013, el Consejo de Dirección del Ente Vasco de la Energía adoptó el acuerdo de dirigirse al Gobierno Vasco para que conceda autorización al Ente Vasco de la Energía para la renuncia a su derecho de adquisición preferente sobre la transmisión de las participaciones sociales que Repsol, S.A. posee en Bahía de Bizkaia Electricidad a Shell España, S.A.

En la Junta General Extraordinaria de la sociedad Bahía de Bizkaia Electricidad, S.L., celebrada con fecha 11 de julio de 2013, se aprobó la transmisión por parte de Repsol, S.A. de las 1.200 participaciones sociales de las que es titular a Shell España, S.A. El Ente Vasco de la Energía renunció a su derecho de adquisición preferente sobre las mismas.

El artículo 111.2 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, establece que deberán ser autorizados por el Consejo de Gobierno la renuncia a derechos de suscripción preferente.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad y del Consejero de Hacienda y Finanzas, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 5 de noviembre de 2013,

DISPONGO:

Artículo único.– Autorizar al Ente Vasco de la Energía a la renuncia a su derecho de adquisición preferente en la operación de transmisión de las 1.200 participaciones sociales que Repsol, S.A. posee en Bahía de Bizkaia Electricidad, S.L. a Shell España, S.A.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 5 de noviembre de 2013.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

El Consejero de Hacienda y Finanzas,

RICARDO GAZAGAECHEVARRIA BASTIDA.


Análisis documental