Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 219, lunes 18 de noviembre de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
4989

RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2013, de la Directora Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas previstas para la realización de la edición del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres.

Mediante Resolución de 16 de julio de 2013, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, se convocaron ayudas para la realización del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres. (BOPV n.º 166, de 2 de septiembre de 2013). El artículo 13 de la citada Resolución establece que «Las solicitudes serán evaluadas sobre la base de los criterios de adjudicación por la Comisión de Selección, que elevará su propuesta a la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer. Ésta dictará resolución expresa que, poniendo fin al proceso concursal iniciado recogerá las subvenciones concedidas y denegadas. La resolución adoptada será notificada individualmente a las personas solicitantes. Asimismo, a efectos de general conocimiento, la relación de las subvenciones concedidas será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco».

Por todo lo expuesto, y considerada la propuesta de la Comisión de selección,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las ayudas para la realización del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres a las personas que se relacionan en el anexo, por los importes individuales que en el mismo se señalan.

Segundo.– El pago de la subvención será fraccionado, abonándose el setenta y cinco por ciento de la subvención en el momento en que se dicte la Resolución de concesión, y el segundo pago por el veinticinco por ciento restante, una vez remitido por la Universidad de Deusto el informe de seguimiento de la asistencia y aprovechamiento académico de las personas beneficiarias de las ayudas correspondiente al primer semestre del curso académico. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de Resolución de 16 de julio de 2013, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

Tercero.– Disponer la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.

Cuarto.– La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y, contra la misma, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de octubre de 2013.

La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,

MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental