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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 173, miércoles 11 de septiembre de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE EIBAR
3889

EDICTO dimanante del juicio de faltas inmediato n.º 317/13

Dña. Maria Josefa Lopez Recio Secretario Judicial de la Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Eibar.

Doy fe: que en el juicio de faltas n.º 317/13 se ha dictado con fecha 18-04-2013 sentencia que en su encabezamiento y fallo dice:

El Ilmo. Sr. D. Gonzalo Martín Vázquez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Éibar, ha visto los presentes autos de Juicio de Faltas Inmediatas n.º 317/2013, seguidos contra D. Abdelhak Benkhouja por una presunta Falta de Hurto del artículo 623.1 del Código Penal, actuando como parte perjudicada el «Eroski» de Éibar y con la intervención del Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública.

Debo condenar y condeno a D. Abdelhak Benkhouja como autor criminalmente responsable de una Falta de Hurto del artículo 623.1 del Código Penal, imponiéndosele la pena de 45 días de multa a razón de 4 euros de cuota diaria, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas que resulten impagadas, al pago de las costas causadas en el presente juicio.

Al no haber sido localizado/a D/D.ª Abdelhak Benkhouja con n.º extranjero (NIE) número x3194716q, por el presente se le notifica la misma, haciéndole saber que contra dicha resolución podrá interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa en el plazo de cinco días, recurso que deberá presentarse en este Juzgado.

El contenido íntegro de la resolución puede conocerlo presentándose en la oficina de este órgano.

Para su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, expido el presente en Eibar (Gipuzkoa), a dieciocho de julio de dos mil trece.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


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