N.º 121, miércoles 26 de junio de 2013
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 12 DE BILBAO
2921
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 661/11.
Juzgado de Primera Instancia n.º 12 de Bilbao.
Juicio: juicio verbal L2 661/11.
Demandante: Gaztelondo, S.A.
Abogado: Bernardo Francisco Perez Fernandez.
Procurador: Ezcurra.
Demandado: I.G.S.Proyet, S.L.
Sobre: Juic. Verb. Arrend.
En el referido juicio se ha dictado el 21-3-2012 sentencia cuyo fallo es el siguiente,
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los tribunales doña Marta Ezcurra Fontán, en nombre y representación de la mercantil Gaztelondo, S.A., debo condenar y condeno a la demandada, la mercantil I.G.S. Proyet, S.L., en rebeldía, al abono de la cantidad de tres mil trescientos cuatro (3.304) euros.
Se devengarán los intereses estipulados entre las partes en la cláusula décima del contrato.
La parte demandada abonará las costas en su integridad.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado I.G.S. Proyet, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Bilbao (Bizkaia), a 21 de marzo de 2012.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.