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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, lunes 13 de mayo de 2013


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE BARAKALDO
2230

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 654/12.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Barakaldo.

Juicio: juicio verbal L2 654/12.

Demandante: Brode, S.L.

Abogado.

Procurador: Ruiz Gutierrez.

Demandado: Carlos Madero Merino.

Sobre.

En el referido juicio se ha dictado el 14-09-2012, Sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Estimo la demanda formulada por el Procurador Sr. Ruiz Gutiérrez en nombre y representación de la entidad Brode, S.L., frente a D. Carlos Madero Merino y, en su virtud, condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de 950 euros, intereses del artículo 576 de la LEC, y con imposición de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de apelación, de conformidad con la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, publicada el día 11 de octubre de 2011 en el BOE, y que entró en vigor el día 1 de noviembre del mismo año, que modifica el artículo 455.1 de la LEC, y según interpretación de la Disposición Transitoria Única.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Carlos Madero Merino y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Barakaldo (Bizkaia), a 13 de febrero de 2013.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental