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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, lunes 13 de mayo de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
2220

ORDEN de 19 de abril de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en el Departamento de Empleo y Políticas Sociales.

Estando vacante un puesto de «Jefe Unidad Especializada Seguridad y Sal. Lab. A» de este Departamento y conforme a lo dispuesto en el artículo 46.2.c) de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (BOPV del 28 de julio de 1989) y previo informe favorable de la Dirección de Función Pública, este Departamento acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente Orden, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera.– El puesto de trabajo que se convoca a través de la presente Orden podrá ser solicitado por los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos exigidos para el desempeño del mismo, establecidos en el anexo de la presente Orden.

Segunda.– Los interesados dirigirán sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales y destino actual, a la Dirección de Servicios y Régimen Jurídico del Departamento de Empleo y Políticas Sociales dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercera.– Los aspirantes deberán acompañar a su escrito un curriculum vitae en el que harán constar:

a) Títulos académicos.

b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como, en su caso, en la empresa privada.

c) Estudios y cursos realizados, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno manifestar.

A la citada solicitud deberán los aspirantes adjuntar, además, la documentación justificativa de los requisitos exigidos y los méritos alegados. Asimismo, podrán los aspirantes acompañar, en todo caso, cuantas publicaciones, informes o cualesquiera otros documentos estimen oportunos.

Cuarta.– La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Contra la Orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Empleo y Políticas Sociales, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV, o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de abril de 2013.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

JUAN MARÍA ABURTO RIQUE.

ANEXO

Puesto de trabajo convocado:

– Denominación: Jefe Unidad Especializada Seguridad y Sal. Lab. A (Código 8107, n.º de dotación 1).

– Localización: Inspección de Trabajo de Bizkaia.

– Departamento de Empleo y Políticas Sociales.

– Localidad de destino: Bilbao.

– Grupo: A.

– Cuerpo: A1502. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

– Complemento de destino: 29.

Requisitos para su provisión:

– Pertenecer al Cuerpo A01502. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

– Hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia por cuidado de hijos, como funcionario de carrera del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

– Asimismo, podrán concurrir, reingresando al servicio activo a través de este procedimiento, los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo antes citado, que se encuentren en situación de excedencia forzosa, en servicios en otras Administraciones Públicas y los suspensos y excedentes voluntarios, siempre que hubieran cumplido el tiempo de permanencia establecido para tales situaciones.


Análisis documental