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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 252, lunes 31 de diciembre de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE
5946

RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2012, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se resuelven las solicitudes de subvención presentadas dentro de la modalidad de literatura de la Resolución de 7 de marzo de 2012, por la que se establece el procedimiento para la concesión de subvenciones para la difusión de las artes plásticas y visuales, la música, las artes escénicas y la literatura en 2012 fuera del ámbito territorial del euskera.

ANTECEDENTES

1.– Con fecha de 30 de marzo de 2012 se publicó en el BOPV, la Resolución de 7 de marzo de 2012 de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la difusión de las artes plásticas y visuales, la música, las artes escénicas y la literatura en 2012 fuera del ámbito territorial del euskera.

2.– De conformidad con el artículo 9 de la Resolución de convocatoria, fue nombrada la Comisión de Valoración para analizar las solicitudes presentadas dentro de la modalidad de literatura. Dicha Comisión se reunió el día 22 de noviembre de 2012 en San Sebastián y elaboró la Propuesta de Resolución, la cual fue elevada a la Directora del Instituto Vasco Etxepare para su resolución.

En su virtud, y vista la Propuesta de Resolución presentada por la Comisión de Valoración, y en el ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 11 de la Resolución de convocatoria,

RESUELVO:

Primero.– Conceder subvención por la cuantía que se indica a las entidades-personas / / proyectos, relacionados en el anexo 1 de esta Resolución.

Segundo.– Publicidad.

Comunicar esta Resolución a todos los interesados en el procedimiento y posteriormente publicarla en el BOPV, para su general conocimiento.

Tercero.– Las ayudas objeto de la presente Resolución están sometidas a la norma «de minimis» establecida en el Reglamento 1998/2006, de la Comisión Europea, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis, L 379/5, 28-12-2006 (actualmente artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión). De acuerdo con dicha norma, el importe total concedido a una empresa concreta no podrá superar la cantidad de doscientos mil (200.000) euros en tres ejercicios.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora del Instituto Vasco Etxepare en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación.

San Sebastián, a 26 de noviembre de 2012.

La Directora del Instituto Vasco Etxepare,

MARÍA AITZPEA GOENAGA MENDIOLA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental