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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 250, jueves 27 de diciembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA
5895

RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2012, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección y Control Ambiental 2011-2018.

El Consejo de Gobierno Vasco aprobó en su sesión de 5 de julio de 2011 la «Estrategia de Desarrollo Sostenible de Euskadi, Ecoeuskadi 2020». El documento que recoge esta estrategia establece 9 objetivos estratégicos, que deben informar todos los planes del Gobierno. Entre estos objetivos estratégicos se recogen los que se reflejan a continuación, que sirven de marco a la planificación ambiental.

● Posicionar Euskadi como una economía innovadora, competitiva, ecoeficiente y abierta.

● Preservar nuestros recursos naturales y biodiversidad abordando una ordenación respetuosa y equilibrada del territorio, de las infraestructuras, equipamientos y viviendas.

● Minimizar la dependencia energética frente a las energías de origen fósil y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y los efectos del cambio climático.

● Desarrollar un modelo de movilidad integrada más sostenible que facilite la vertebración en el interior del territorio y la conexión con el exterior en mejores condiciones de competitividad.

● Forjar un sistema educativo y de valores de calidad, orientado a alcanzar el éxito escolar, flexible y adaptado en sus contenidos educativos y formativos a las cualificaciones requeridas por el mercado de trabajo y la sociedad a lo largo de toda la vida, incluyendo la sostenibilidad en todas sus dimensiones.

● Desplegar una Administración Pública innovadora, eficiente, accesible y transparente a la ciudadanía.

La Ley 3/1998, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, establece que la política ambiental de la CAPV se plasma en un Programa Marco Ambiental (PMA), elaborado cada cuatro años, aprobado por el Gobierno y elevado posteriormente al Parlamento.

En este marco ya se han elaborado tanto el I PMA correspondiente al periodo 2002-2006, como el II PMA correspondiente al periodo 2007-2010. El III Programa Marco Ambiental de la CAPV, aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 12 de julio de 2011, que establece los objetivos y las prioridades en materia ambiental para el periodo 2011-2014, recoge la siguiente línea de actuación: «Promover un cambio de modelo de relación de administración-administrado reduciendo controles previos, corresponsabilizando a los diferentes agentes y poniendo la inspección al servicio de los mismos».

El primer Plan de Inspección y Control Ambiental fue aprobado por el Gobierno Vasco en 2004 con una vigencia que abarcaría inicialmente el período 2003-2007, aunque finalmente se extendió hasta 2008.

El primer Plan, amparándose en la concentración de competencias medioambientales en el Departamento de Medio Ambiente, realizó un planteamiento novedoso de inspecciones ambientales integradas, de manera que, en un mismo acto administrativo, se verificaría el cumplimiento de la normativa reguladora de todos los vectores ambientales (aire, agua, suelo, residuos, prevención, ruido y vibraciones, etc.), a diferencia de lo que sucedía con anterioridad cuando se realizaban inspecciones específicas para cada uno de los aspectos ambientales.

En consonancia con la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible (2002-2020), el Plan de Inspección y Control Ambiental tiene como visión: contribuir a un entorno limpio y saludable, a través de una mejora de la calidad del aire, agua y suelos de Euskadi, y a prevenir la generación de residuos y potenciar su valorización, haciendo cumplir la normativa ambiental a las actividades desarrolladas en la CAPV.

Para su consecución se definen una serie de objetivos estratégicos que deben marcar todas las actuaciones previstas en este Plan de Inspección y Control:

a) Garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental por las empresas IPPC de la CAPV.

b) Identificación y regularización de las actividades actualmente no legalizadas que presentan mayor riesgo ambiental.

c) Cumplimiento de la normativa medioambiental por las actividades no IPPC de mayor riesgo, centrando los esfuerzos en aquellos aspectos que pueden ocasionar un daño ambiental significativo.

d) Cumplimiento de la normativa de gestión de residuos por parte de aquellos que por su cantidad o peligrosidad presenten un mayor riesgo para el medio ambiente.

e) Contribuir a solucionar o controlar las problemáticas ambientales asociadas a las actividades industriales de la CAPV.

f) Protección de las zonas de interés ambiental de los daños ambientales potenciales asociados.

g) Gestión de los avisos, quejas y denuncias de incidencias y accidentes con afecciones ambientales.

h) Cumplimiento de la normativa de sustancias químicas y sus mezclas (REACH y CLP) en los casos de mayor riesgo ambiental

i) Incrementar la capacidad de inspección del servicio.

j) Realizar las inspecciones de acuerdo al contexto europeo, en cuanto a objetivos, estrategia y criterios.

La Comisión Ambiental del País Vasco, en sesión de 26 de octubre de 2011, ha informado el Plan de inspección y control ambiental, 2011-2018.

En ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 629/2009, de 22 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca,

DISPONGO:

Primero.– Aprobar el Plan de inspección y control ambiental, 2011-2018, que figura como anexo al presente Acuerdo.

Segundo.– Adoptar cuantas medidas sean necesarias para la difusión del contenido del Plan de inspección y control ambiental, 2011-2018.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de diciembre de 2012.

La Viceconsejera de Medio Ambiente,

M.ª ARANZAZU LETURIONDO ARANZAMENDI.

(Véase el .PDF)

Análisis documental