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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 220, miércoles 14 de noviembre de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y CONSUMO
5016

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2012, de la Directora de Farmacia, por la que se concede a Dña. Irantzu Gandarias Zarraga y a Dña. Goiuri Uribe Bengoa autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Lasarte-Oria (Gipuzkoa).

Vista la solicitud presentada por Dña. Irantzu Gandarias Zarraga y Dña. Goiuri Uribe Bengoa, de autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Lasarte-Oria (Gipuzkoa), y sobre la base de los siguientes:

HECHOS

Primero.– Mediante Orden de 6 de junio de 2011, del Consejero de Sanidad y Consumo, se determinó la procedencia de la instalación de una oficina de farmacia en el municipio de Lasarte-Oria, zona farmacéutica Lasarte-Oria, iniciándose el procedimiento para su creación.

Segundo.– Nombrados los miembros de la Comisión de Valoración de Méritos para el acceso a la titularidad de la reseñada oficina de farmacia, por Orden de 8 de noviembre de 2011 y, previos los oportunos trámites legales, ésta adoptó el Acuerdo de 18 de abril de 2012 por el que se aprobó la lista definitiva de concursantes admitidos y su clasificación por orden de puntuación que fue publicada en el BOPV n.º 94 de 15 de mayo de 2012.

Tercero.– Contra el citado Acuerdo no se interpuso recurso alguno.

Cuarto.– Dña. Carolina López de Heredia Elósegui, concursante que mayor puntuación obtuvo en la valoración de méritos alegados, notificó su renuncia mediante escrito de fecha 20 de junio de 2012.

Quinto.– Con fecha de 22 de junio de 2012, se remitió oficio de la Directora de Farmacia a Dña. Irantzu Gandarias Zarraga y Dña. Goiuri Uribe Bengoa donde se señaló que, habiendo renunciado la Sra. López de Heredia, pasaban a ser las concursantes con mayor puntuación, por lo que debían proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.º del Decreto 338/1995, de 27 de junio, por el que se regulan los procedimientos de creación, traslado, cierre y funcionamiento de las oficinas de farmacia, con advertencia de que, transcurrido el plazo establecido en el citado precepto sin que aportaran la documentación requerida, se entendería que renuncian a seguir participando en la convocatoria.

Sexto.– Con fecha 29 de agosto de 2012, Dña. Irantzu Gandarias Zarraga y Dña. Goiuri Uribe Bengoa presentaron solicitud de autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Lasarte-Oria, al amparo del Decreto 338/1995, adjuntando la documentación prevista en el artículo 5 del mencionado Decreto.

De la documentación aportada, cabe apreciar que el emplazamiento del local donde se pretende la instalación de la nueva oficina de farmacia es en el n.º 9 de la calle Iñigo de Loyola, del municipio de Lasarte-Oria, zona farmacéutica Lasarte-Oria.

Séptimo.– De conformidad con el artículo 34 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el día 7 de septiembre de 2012, por oficio de la Directora de Farmacia, se da traslado a las posibles interesadas en el expediente para que, si lo estiman pertinente, se personen en el mismo y formulen las alegaciones que estimen convenientes.

En el plazo concedido para ello, únicamente una farmacéutica se persona, sin que haya realizado alegación alguna.

Octavo.– Finalmente, el Jefe de Ordenación Farmacéutica con fecha 9 de octubre de 2012, emite informe favorable sobre la documentación aportada al efecto por Dña. Irantzu Gandarias Zarraga y Dña. Goiuri Uribe Bengoa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– De acuerdo con lo señalado en el artículo 34 de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con el artículo 11 del Decreto 579/2009, de 3 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad y Consumo, corresponde a la Directora de Farmacia dictar la presente Resolución.

Segundo.– Siendo, Dña. Irantzu Gandarias Zarraga y Dña. Goiuri Uribe Bengoa, las segundas concursantes que mayor puntuación obtuvieron en la valoración de los méritos alegados, habiendo renunciado la Sra. López de Heredia, cumplidas las previsiones contenidas en el artículo 34 de la Ley 11/1994 y desarrolladas en el Decreto 338/1995, en relación con el procedimiento establecido para la creación de oficinas de farmacia y comprobada la adecuación de la documentación aportada y el plazo de su entrega a lo dispuesto en el artículo 5.º del citado Decreto, procede conceder la autorización de creación de la oficina de farmacia a las interesadas.

Ahora bien, conforme a la previsión establecida en el artículo 6.º, apartado 4, del Decreto 338/1995, la autorización concedida quedará condicionada a la obtención de la autorización de funcionamiento.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.– Conceder la autorización de creación de oficina de farmacia a ubicar en la calle Iñigo de Loyola, 9 del municipio de Lasarte-Oria (Gipuzkoa) a Dña. Irantzu Gandarias Zarraga y Dña. Goiuri Uribe Bengoa, de acuerdo con la documentación por ellas presentada.

Segundo.– Esta autorización queda condicionada a la obtención por parte de Dña. Irantzu Gandarias Zarraga y Dña. Goiuri Uribe Bengoa de la correspondiente autorización de funcionamiento, que deberá solicitarse en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOPV, y de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 338/1995.

Tercero.– Notifíquese a los interesados la presente resolución, con indicación de que no agota la vía administrativa y que contra ella podrán interponer recurso de alzada ante esta Dirección o ante el Viceconsejero de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, así como cualquier otro que estimen oportuno.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de octubre de 2012.

La Directora de Farmacia,

soledad PALOMA ACEVEDO HERANZ.


Análisis documental