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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 202, miércoles 17 de octubre de 2012


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4 DE TOLOSA
4586

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 29/11 seguido sobre reconocimiento de deuda.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Tolosa.

Juicio: pro. ordinario L2 29/11.

Demandante: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián.

Abogado: Iñigo Lareki Arcos.

Procurador: Navajas.

Demandado: Florin Laver, Ana Laver y Mihai Laver.

Sobre: reconocimiento de deuda.

En el referido juicio se ha dictado, con fecha 4 de julio de 2012, sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA N.º 96/12

En Tolosa, a cuatro de julio de dos mil doce.

Pronuncia S. S.ª D.ª Raquel Gallego De Paz, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Tolosa, en el procedimiento de juicio ordinario civil núm. 29/11 seguido a instancias de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipúzcoa y San Sebastián, Aurrezki Kutxa representado por la Procuradora Sr./Sra. Iñigo Navajas y asistido del Letrado Sr. Iñigo Lareki contra Florin Lauer, Ana Lauer y Mihai Lauer que no comparecen en forma en la vista y son declarados en situación procesal del rebeldía.

FALLO

Primero.– Que debo estimar y estimo la demanda presentada por el Procurador Sr. Ignacio Navajas Saiz en nombre y representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipúzcoa y San Sebastián contra Florin Lauer, Ana Lauer y Mihai Lauer y en consecuencia debo condenar y condeno a estos últimos al abono al primero de la cantidad veintisiete mil quinientos veinte euros con setenta y cuatro céntimos de principal (27.520,74) y cinco mil setecientos ocho euros con veintiuno céntimos de intereses (5.708,21) y a sus intereses legales que hubieran podido devengarse de conformidad al fundamento cuarto desde la liquidación de estos previamente emitida.

Segundo.– En cuanto a las costas procesales serán impuestas de conformidad con el fundamento quinto.

Notifíquese esta sentencia a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 5075000004011112, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados Florin Laver, Ana Laver y Mihai Laver y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edictos en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco y tablón de anuncios de este Juzgado.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal.

En Tolosa (Gipuzkoa), a 11 de julio de 2012.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental