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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 199, jueves 11 de octubre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4 DE TOLOSA
4509

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 370/11 seguido sobre reclamación de cantidad.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio verbal L2 370/2011 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Tolosa (Gipuzkoa), a instancia de Aseplan Aholkularitza, S.L. contra Andrei Bilan sobre reclamación de cantidad de Aseplan Aholkularitza, S.L. contra Andrei Bilan, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA N.º 5/12

En Tolosa, a dieciocho de enero dos mil doce.

Pronuncia su S.S.ª D.ª Raquel Gallego De Paz, juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Tolosa, en el procedimiento de juicio verbal civil número 371/11 seguido a instancias de D. Aseplan Aholkularitza, S.L. representado por David Fernández Massó contra Andrei Bilan que no comparece en la vista y es declarado en situación procesal del rebeldía en la misma.

FALLO

Primero.– Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por David Fernández en representación de Aseplan Aholkularitza, S.L. contra Andrei Bilan y en consecuencia debo condenar y condeno a éste último a pagar la cantidad de doscientos treinta y cuatro euros con sesenta y siete céntimos (234,67), y al abono de los intereses de conformidad con el fundamento cuarto.

Segundo.– En cuanto a las costas procesales serán impuestas de conformidad al fundamento quinto.

Notifíquese en legal forma la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación en el término de cinco días a contar desde su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Andrei Bilan, extiendo y firmo la presente en Tolosa (Gipuzkoa), a diecinueve de marzo de dos mil doce.

EL SECRETARIO.


Análisis documental