N.º 199, jueves 11 de octubre de 2012
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE IRUN
4508
EDICTO dimanante del juicio de faltas n.º 520/12.
Dña. Aitziber Azaldegui Garmendia secretario de la Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Irun.
Doy fe y testimonio:
Que en el juicio de faltas n.º 520/12 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N.º 86/12
En Irun (Gipuzkoa), a nueve de julio de dos mil doce.
Vistos por la Ilma. Sra. Juez de Instrucción n.º 1 de Irun (Gipuzkoa) y su partido, los presentes autos de juicio de faltas n.º 520/12, por una falta de hurto y por una falta de amenazas, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y denunciado Carolina Alonso Del Val, con DNI n.º 44135192D, nacido el 28-03-1971, en Donostia-San Sebastián vecino de Donostia-San Sebastián y con domicilio en Calle Balleneros n.º 2 - 4.º D.
FALLO
Que debo condenar y condeno a Carolina Alonso Del Val como autora responsable de una falta de hurto, prevista y penada en los artículos 623.1. del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena, de 30 días de multa con una cuota diaria de 3 euros (90 euros), sin perjuicio de la responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de la multa que dará lugar a un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas; así como al pago de las costas procesales.
No procede la condena en concepto de responsabilidad civil.
Que debo condenar y condeno a Carolina Alonso Del Val como autora responsable de una falta de amenazas leves, prevista y penada en el artículo 622.2 del CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 20 días de multa con una cuota diaria de 3 euros, (60 euros) sin perjuicio de la responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de la multa que dará lugar a un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas; así como al pago de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, con firma de Letrado, en los cinco días siguientes a su notificación y del que conocerá la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Carolina Alonso Del Val, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, expido la presente en Irun (Gipuzkoa), a seis de septiembre de dos mil doce.
LA SECRETARIO JUDICIAL.