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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 104, martes, 29 de mayo de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
2384

ORDEN de 30 de enero de 2012, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 5, 9 y 17 los estatutos de la «Fundación Maria Isabel Gonzalvo».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 29 de diciembre de 2011 tuvo entrada en el Departamento de Justicia y Administración Pública, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la «Fundación Maria Isabel Gonzalvo». Al escrito de solicitud se adjuntó copia autorizada de la escritura pública otorgada el día 20 de diciembre de 2011 ante el notario de Bilbao, don Ramón Múgica Alcorta, bajo su número de protocolo 1828. Mediante la cual, se protocolizan y elevan a público los acuerdos adoptados por el Patronato de la Fundación el día 12 de diciembre de 2011, de cese por renuncia, de don Javier Sabando Antolín como miembro del Patronato y nombramiento de don Nicolás García Rayo como nuevo miembro del Patronato; traslado del domicilio de la Fundación a Leioa (Bizkaia), Barrio Artaza, 89; y modificación de los artículos 5 y 17 de los Estatutos de la Fundación. Como consecuencia de la variación del patronato mencionada, según se manifiesta en la escritura, se modifica así mismo, el artículo 9 de los Estatutos.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado propuesta de resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria y por extensión, de variación del Patronato de la Fundación, en virtud de lo previsto en el artículo 3-1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 9.1.e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 4.1 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación. Respecto de la modificación del artículo 9 estatutario, se somete a aprobación del Protectorado y calificación registral, independientemente de la causa de que traiga su consecuencia.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación de los artículos 5, 9 y 17 de los estatutos de la «Fundación Maria Isabel Gonzalvo».

Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la Escritura pública otorgada el 20 de diciembre de 2011, ante el notario de Bilbao, don Ramón Múgica Alcorta (n.º de protocolo: 1828).

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Justicia y Administración Pública, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de enero de 2012.

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

Idoia Mendia Cueva.


Análisis documental