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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 57, martes 20 de marzo de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 DE IRUN
1350

EDICTO dimanante del juicio faltas n.º 53/11.

Don Mikel Beunza Urtasun, Secretario de la Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Irun,

Doy fe y testimonio: que en el juicio de faltas n.º 53/11 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N.º 111/11

En Irun (Gipuzkoa), a veintiuno de octubre de dos mil once.

Vistos por mí, Aguinaga Mendizabal, M.ª Aranzazu, Juez de la UPAD (Unidad Procesal de Apoyo Directo) n.º 3 de Irun (Gipuzkoa), los presentes autos de j. faltas n.º 53/11, seguidos por una falta de lesiones e injurias en el que figuran como denunciante: Luis Macnery Blanco que comparecen al acto del juicio en representación propia, denunciado: Fernando Bermúdez Baile que no comparece pese a estar citado en legal forma, y el Ministerio Fiscal en calidad de acusación pública, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

FALLO

Que debo condenar y condeno al denunciado Fernando Bermúdez Baile como autor de la falta de lesiones a la pena de cuarenta y cinco días de multa a razón de una cuota de 6 euros/día (270 euros) con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y al pago de las costas procesales si las hubiera.

Que debo absolver y absuelvo al denunciado de la falta de injurias que se le había denunciado, y ello en virtud de renuncia por parte del perjudicado a cuantas acciones penales y civiles le correspondieren.

No procede realizar pronunciamiento alguno respecto de la responsabilidad civil derivada de las lesiones padecidas, toda vez que el denunciante renuncia a cuantas acciones civiles le correspondieren.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Fernando Bermudez Baile, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, expido la presente en Irun (Gipuzkoa), a once de enero de dos mil doce.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental