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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 12, miércoles 19 de enero de 2011


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Disposiciones Generales

Educación, Universidades e Investigación
231

ORDEN de 1 de diciembre de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas oficiales de Máster Universitario de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordados por la Comunidad Autónoma, bien a propuesta del Consejo Social o bien por propia iniciativa con el acuerdo del referido Consejo, en todo caso previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad.

El artículo 51 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, regula la adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior. El departamento competente en materia de universidades y las universidades impulsarán las adaptaciones necesarias de los planes de estudios, sistemas de créditos y de valoración y cuantas otras medidas sean precisas para la inserción del sistema universitario vasco en el sistema europeo de la enseñanza superior y la expedición del diploma de suplemento europeo de titulación.

La implantación de las enseñanzas oficiales viene regulada por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio) que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y por el Decreto 11/2009, de 20 de enero, de implantación y supresión de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos de Grado, Máster y Doctorado.

El artículo 8 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, establece que las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se estructurarán en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado.

El artículo 16 del Decreto 11/2009, de 20 de enero, regula el procedimiento para obtener la autorización de implantación de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado, estableciendo que, una vez emitida la Resolución de verificación positiva por el Consejo de Universidades, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación elaborará la propuesta de Orden mediante la que se autoriza la implantación de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado.

El Consejo Social de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea ha aprobado con fecha 16 de junio de 2010 la implantación en el curso 2010-2011 de las enseñanzas conducentes a los títulos oficiales de Máster.

El Consejo de Universidades del Ministerio de Educación, de conformidad con lo dispuesto en la actual redacción del artículo 25.7 del citado Real Decreto, y una vez recibido el informe de evaluación de ANECA, Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ha resuelto verificar positivamente la propuesta de enseñanzas de Másteres presentada por la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

Por todo ello, y en aplicación del artículo 16 del Decreto 11/2009, de 20 de enero, que regula la implantación y supresión de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos de Grado, Máster y Doctorado, y una vez presentado para su conocimiento e informe al Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria y al Consejo Vasco de Universidades, ambos reunidos el día 8 de noviembre de 2010,

DISPONGO:

Artículo primero.- Autorizar la implantación de las enseñanzas oficiales de máster universitario relacionadas en el anexo I.

Artículo segundo.- Autorizar la modificación de las enseñanzas oficiales de máster universitarios relacionados en el anexo II, aprobados en los cursos precedentes.

Artículo tercero.- Las enseñanzas oficiales autorizadas deberán haber renovado su acreditación antes del transcurso de cuatro años a contar desde la fecha de su verificación inicial.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Comunicar la presente Orden al Ministerio de Educación, para que éste proceda a elevar al Gobierno la propuesta para el establecimiento del carácter oficial del título y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de diciembre de 2010.

La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,

MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ.

ANEXO I

Denominación del Máster Universitario Oficial Rama de conocimiento

Master in cognitive science and humanities: language, communication and organization / Máster universitario en ciencia cognitiva y humanidades. Lenguaje, comunicación y organización Arte y humanidades

Máster universitario en ciencia y tecnología cuánticas Ciencias

Máster universitario en enología innovadora Ciencias

Máster universitario en investigación biomédica Ciencias de la salud

Máster universitario en microbiología y salud Ciencias de la salud

Máster universitario en ingeniería biomédica Ciencias de la salud

Máster universitario en salud pública Ciencias de la salud

Máster universitario en ciencias de la actividad física y del deporte Ciencias sociales y jurídicas

Euskal nazionalismoa XXI. mendean unibertsitate masterra / Máster universitario en el nacionalismo en el siglo XXI: el caso vasco Ciencias sociales y jurídicas

Máster universitario en gobernanza y estudios políticos Ciencias sociales y jurídicas

Máster universitario en psicología de las organizaciones e intervención psicosocial Ciencias sociales y jurídicas

Máster universitario en tecnología, aprendizaje y educación Ciencias sociales y jurídicas

Máster universitario en ingeniería de la construcción Ingeniería y arquitectura

Máster universitario en restauración y gestión integral del patrimonio construido Ingeniería y arquitectura

Máster universitario europeo en dirección de proyectos - Euro MPM Ingeniería y arquitectura

Máster universitario en periodismo multimedia Ciencias sociales y jurídicas

Máster universitario en ingeniería ambiental Ingeniería y arquitectura

ANEXO II

Denominación del Máster Universitario Oficial Rama de conocimiento

Máster universitario en química sintética e industrial Ciencias

Máster universitario en investigación en eficiencia energética y sostenibilidad en industria, transporte, edificación y urbanismo Ingeniería y arquitectura

Máster universitario en nuevos materiales Ciencias

Master in nanoscience / Máster universitario en nanociencia Ciencias

Máster universitario en investigación en ingeniería ambiental Ingeniería y arquitectura


Análisis documental