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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 103, martes 2 de junio de 2009


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Bergara
3208

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 95/08 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Bergara (Gipuzkoa).

Juicio: Pro. ordinario L2 95/08.

Demandante: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipuzcoa y San Sebastián.

Abogado: Larequi Arcos, Iñigo.

Procurador: Alberto Amilibia Mugica.

Demandado: Zamir Ahmad Safir y Faisal Mahmood.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado en fecha 22 de diciembre de 2008 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don José Alberto Amilibia Múgica, en nombre y representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipúzcoa y San Sebastián, y debo condenar y condeno a don Faisal Mahmood y a don Zamir Ahmed Safir, a abonar al demandante la cantidad de 22.615,23 euros de principal, 191,86 euros en concepto de intereses al tipo de 17,25% desde el 14 de marzo de 2008, siguiente al cierre de la cuenta de préstamo, hasta la fecha de presentación de la demanda, más los intereses al tipo pactado del 17,25% a partir de la fecha de la demanda.

Las costas serán abonadas por las partes demandadas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Zamir Ahmad Safir y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bergara (Gipuzkoa), a 16 de abril de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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