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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 67, martes 7 de abril de 2009


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Audiencia Provincial de Álava
1954

EDICTO dimanante del recurso de apelación n.º 541/08.

Audiencia Provincial de Álava - Sección 1.ª.

Recurso: R. apela. merca. L2 541/08.

Recurrente: D. José Ramón Martínez Moreno.

Abogado: D. Carvalho González, Rafael.

Procurador: D. José Ignacio Beltrán Arteche.

Rebelde: Moss 003, S.L.

Sobre: impugnación de acuerdos sociales.

En el referido recurso se ha dictado 24-02-2009 sentencia cuya encabezamiento y fallo, es el siguiente:

«APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D. Iñigo Madaria Azcoitia, Presidente, y D.ª Mercedes Guerrero Romeo y D. Iñigo Elizburu Aguirre, Magistrados, ha dictado el día veinticuatro de febrero de dos mil nueve, en nombre del Rey, la siguiente

SENTENCIA N.° 72/09

En el recurso de apelación civil rollo de Sala n.° 541/08, procedente del Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Juicio Ordinario n.° 81/07, promovido por José Ramón Martínez Moreno dirigido por el letrado D. Rafael Carvalho González y representado por el procurador D. José Ignacio Beltrán Arteche, frente a la sentencia dictada en fecha 27-05-2008, siendo parte apelada declarada en situación de rebeldía procesal, Moss 003, S.L. y ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Iñigo Madaria Azcoitia.»

«FALLAMOS

Estimando parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia n.° 60/08, y estimando parcialmente la demanda inicial promovida por D. José Ramón Martínez Moreno contra Moss 002, S.L., en el juicio ordinario seguido bajo n.° 81/07 ante el juzgado de lo mercantil núm. uno de Vitoria-Gasteiz, debemos revocar parcialmente dicha sentencia y su lugar declarar nulos los acuerdos de la junta general de socios de Moss 003, S.L., adoptados el veintitrés de febrero de 2007 en los concretos aspectos que afectan al cambio de domicilio y asunción de deudas de la sociedad en cuanto lo sean a cargo de D. José Ramón Martínez Moreno, todo ello deberá causar, en caso de existir inscripción contradictoria, la correspondiente inscripción en el registro mercantil, desestimando el resto de las pretensiones y sin hacer especial declaración sobre las costas en ambas instancias.»

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Moss 003, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de marzo de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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