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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 221, martes 18 de noviembre de 2008


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Otras Disposiciones

Justicia, Empleo y Seguridad Social
6423

RESOLUCIÓN de 29 de octubre 2008, del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social, por la que se da publicidad al importe total de los créditos asignados en el año 2008 para la financiación de las ayudas previstas en el Decreto 252/2006, de 12 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a la implantación de determinados sistemas de previsión social complementaria instrumentados a través de Entidades de Previsión Social Voluntaria.

El Decreto 252/2006, de 12 de diciembre regula las ayudas económicas a la implantación de determinados sistemas de previsión social complementaria instrumentados a través de Entidades de Previsión Social Voluntaria (en adelante EPSV).

El Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, establece en su artículo 49.5 que una vez en vigor los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio económico, se procederá a actualizar, revisar o, en su caso, establecer las normas reguladoras de la concesión de las subvenciones de los programas.

El artículo 7.3 del Decreto 252/2006 de 12 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a la implantación de determinados sistemas de previsión social complementaria instrumentados a través de EPSV, establece que a los efectos del cumplimiento del principio de publicidad, el Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social, mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, dará a conocer anualmente el importe total de los créditos asignados para la financiación de las líneas de ayudas previstas en el citado Decreto, o en su caso el importe que resulte de su actualización.

El artículo 17.1 del Decreto 252/2006, de 12 de diciembre, señala que los recursos económicos destinados al cumplimiento del objeto del citado Decreto procederán de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, o en normas con rango de Ley de carácter presupuestario.

En su virtud, habiéndose aprobado la Ley 15/2007, de 28 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008,

RESUELVO:

Primero.- A los efectos del cumplimiento del artículo 7.3 del Decreto 252/2006 de 12 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a la implantación de determinados sistemas de previsión social complementaria instrumentados a través de EPSV, se destinará para el año 2008 un total máximo de 400.000 euros, y 192.500,00 euros de crédito de compromiso para el 2009.

Segundo.- Las condiciones para el acceso y la concesión de las mencionadas ayudas serán las previstas en el Decreto 252/2006, de 12 de diciembre.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que los interesados estimaren procedente.

Segunda.- La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de octubre de 2008.

El Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social,

JUAN JOSÉ LOROÑO DOISTUA.


Análisis documental