N.º 221, martes 18 de noviembre de 2008
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Vicepresidencia del Gobierno
6420
RESOLUCIÓN 21/2008, de 6 de noviembre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno «por el que se adjudica la concesión para la prestación del servicio de televisión local a Telebilbao, S.L, a propósito de la renuncia de los Ayuntamientos de la demarcación de Barakaldo que resultaron adjudicatarios».
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 4 de noviembre de 2008, el Acuerdo «por el que se adjudica la concesión para la prestación del servicio de televisión local a Telebilbao, S.L, a propósito de la renuncia de los Ayuntamientos de la demarcación de Barakaldo que resultaron adjudicatarios», y a los efectos de darle la publicidad debida,
RESUELVO:
Artículo único.- Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo «por el que se adjudica la concesión para la prestación del servicio de televisión local a Telebilbao, S.L, a propósito de la renuncia de los Ayuntamientos de la demarcación de Barakaldo que resultaron adjudicatarios», que figura como anexo a la presente.
En Vitoria-Gasteiz, a 6 de noviembre de 2008.
El Director de la Secretaría del Gobierno
y de Relaciones con el Parlamento,
JOSÉ LUIS ERREKATXO LABANDIBAR.
ANEXO A LA RESOLUCIÓN 21/2008, DE 6 DE NOVIEMBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO POR EL QUE SE ADJUDICA LA CONCESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN LOCAL A TELEBILBAO, S.L, A PROPÓSITO DE LA RENUNCIA DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA DEMARCACIÓN DE BARAKALDO QUE RESULTARON ADJUDICATARIOS
Con fecha 23 de octubre de 2006 se publica en el BOPV el Decreto 190/2006, de 3 de octubre, por el que se regula el servicio de televisión local por ondas terrestres.
Mediante Orden de 12 de diciembre de 2006, de la Consejera de Cultura, se determina el procedimiento y régimen de concesión de canales de televisión digital local a los municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi (BOPV de 28 de diciembre de 2006). El anexo II de dicha Orden contiene las bases por las que se establece el procedimiento y régimen de concesión de canales de televisión digital local a los municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
De conformidad con dichas bases, se recibieron las solicitudes correspondientes a la demarcación de Barakaldo, solicitudes que fueron remitidas por los Ayuntamientos de Barakaldo, Portugalete y Santurtzi.
Analizada la documentación remitida, y subsanadas las deficiencias, mediante Orden de 29 de junio de 2007, la Consejera de Cultura otorga la necesaria concesión para la gestión directa del servicio de televisión local por ondas terrestres a los Ayuntamientos de Barakaldo, Portugalete y Santurtzi.
No obstante lo anterior, con carácter previo a la firma del contrato, los Ayuntamientos de Barakaldo, Portugalete y Santurtzi acuerdan en respectivas sesiones plenarias (de 27 de marzo de 2008, 8 de enero de 2008 y 25 de octubre de 2007) la renuncia a la gestión directa del servicio de televisión y remiten los correspondientes certificados por los que comunican a la Administración concedente la renuncia.
Con fecha 9 de abril de 2008 tiene entrada en el Registro del Departamento de Cultura escrito suscrito por D. Emilio Rodríguez Rodríguez y por D. Ángel Argote Bataller, en nombre y representación de Telebilbao, S.L., por el que solicitan que «Se adjudique la concesión de Televisión Local Digital en la demarcación TL 01 BI Barakaldo a Telebilbao, S.L.».
Conviene recordar que, de conformidad con el apartado cuarto del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 de julio de 2007, por el que se adjudican las concesiones administrativas correspondientes al contrato administrativo que tiene por objeto la gestión indirecta del servicio público de televisión digital local por ondas terrestres, en la demarcación de Barakaldo, resultó oferta suplente la presentada por Telebilbao. En dicha demarcación resultaron adjudicatarias para la gestión indirecta del servicio público de televisión digital local por ondas terrestres las empresas Bilbo Handia Ikusentzunezkoak, S.A, Canal Bizkaia Producciones Audiovisuales, S.L.U. e Iniciativas de Comunicación Social, S.L.
Así las cosas, en aras de ampliar la oferta televisiva y de salvaguardar la libertad de expresión e información, se estima oportuno adjudicar la concesión a la empresa solicitante.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente
ACUERDO
«Primero.- Adjudicar la concesión para la prestación del servicio de televisión local a Telebilbao, S.L, a propósito de la renuncia de los Ayuntamientos de la demarcación de Barakaldo que resultaron adjudicatarios (referencia TL01BI, canal 1).
Segundo.- Ordenar a la adjudicataria, de conformidad con la cláusula 18 del PCAP, el depósito, en el plazo de quince (15) días naturales a contar desde la recepción de la notificación del presente Acuerdo, de la correspondiente garantía definitiva.
Tercero.- Efectúense el resto de actuaciones previstas en los artículos 19 y 20 del Decreto 190/2006, de 3 de octubre.
Cuarto.- Publíquese la adjudicación en el Boletín Oficial del País Vasco».