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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 188, jueves 2 de octubre de 2008


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
5497

ORDEN de 5 de septiembre de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento de un centro docente privado de educación secundaria en el municipio de Urnieta (Gipuzkoa).

Vista la solicitud presentada por el representante de la entidad Centro de Estudios Suministros Adarra, S.L. (CESA, S.L.) de autorización para la apertura y funcionamiento de un centro de educación secundaria en Urnieta (Gipuzkoa).

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 1538/2006 de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo, el Real Decreto 777/1998 de 30 de abril (BOE del 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la adecuación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, y demás disposiciones vigentes aplicables en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza, a partir del curso escolar 2008-2009, la apertura y funcionamiento del centro docente privado que se describe a continuación:

N.º de código: 20013928.

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria.

Denominación específica: «CESA».

Titular: Centro de Estudios Suministros Adarra, S.L. (CESA, S.L.).

Domicilio: Polígono Erratzu, 81.

Municipio: Urnieta.

Territorio histórico: Gipuzkoa.

Enseñanzas que se autoriza:

– Formación profesional.

Familia Sanidad:

– Ciclo formativo de grado medio de «Farmacia». Capacidad: 1 ciclo para 20 puestos escolares.

– Ciclo formativo de grado superior de «Higiene bucodental». Capacidad: 1 ciclo para 20 puestos escolares.

– Ciclo formativo de grado superior de «Prótesis Dentales». Capacidad: 1 ciclo para 20 puestos escolares.

– Ciclo formativo de grado superior de «Laboratorio de Diagnóstico Clínico». Capacidad: 1 ciclo para 20 puestos escolares.

– Ciclo formativo de grado superior de «Anatomía Patológica y Citología». Capacidad: 1 ciclo para 20 puestos escolares.

Artículo 2.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación del profesorado destinado a las enseñanzas autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

Artículo 3.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

Artículo 4.– El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.

Segunda.– Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de septiembre de 2008.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.


Análisis documental