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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 196, viernes 14 de octubre de 2005


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Otras Disposiciones

Presidencia del Gobierno
5070

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2005, del Secretario General de la Presidencia, por la que se acepta la renuncia de la subvención concedida al Centro Vasco "Euskal Etxea Durazno" de Durazno, Uruguay, para capítulo IV, dentro de la convocatoria de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal-Etxeak para el año 2005, y se concede dicha ayuda a los Centros Vascos "Euskal Etxea D´Andorra" del Principado de Andorra y "Centro Vasco Venezolano de Carabobo" de Venezuela.

Por Resolución de 11 de julio de 2005, del Secretario General de la Presidencia, se concedió al Centro Vasco "Euskal Etxea Durazno" de Durazno, Uruguay, una subvención de 2.510 euros, al capítulo IV, para gastos corrientes y actividades.

Dentro del plazo de la aceptación de la ayuda concedida, la entidad beneficiaria de la subvención ha comunicado a la Dirección de Relaciones con las Colectividades Vascas, su renuncia a la misma. En consecuencia, y en aplicación del artículo 12.2 del Decreto 124/2003, de 10 de junio, por el que se regula el régimen de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, procede otorgar dicha ayuda a los proyectos suplentes para capítulo IV relacionados en el anexo III de la resolución de concesión, por el importe máximo indicado, hasta agotar la cantidad de 2.510 euros.

Por todo ello, y a la vista de la propuesta favorable de la Dirección de Relaciones con las Colectividades Vascas aceptando la referida renuncia,

RESUELVO:

Primero.– Aceptar la renuncia de la subvención concedida al Centro Vasco "Euskal Etxea Durazno" de Durazno, Uruguay, dentro de la convocatoria de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal-Etxeak para el año 2005, y cancelar el pago de la misma.

Segundo.– Adjudicar a los siguientes Centros Vascos-Euskal Etxeak subvenciones para gastos corrientes y actividades, por los importes indicados:

– Centro Vasco "Euskal Etxea D´Andorra" de Santa Coloma (Principado de Andorra): 75 euros.

– Centro Vasco "Centro Vasco Venezolano de Carabobo" de Valencia-Carabobo (Venezuela): 2.435 euros.

Tercero.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de septiembre de 2005.

El Secretario General de la Presidencia,

JESÚS PEÑA MARTÍNEZ.


Análisis documental