Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 74, miércoles 20 de abril de 2005


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Agricultura y Pesca
2009

ORDEN de 6 de abril de 2005, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se convocan pruebas de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza en el año 2005 y se aprueba un nuevo programa para su preparación.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 124/1990, de 2 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la obtención del requisito de aptitud para el ejercicio de la caza, se procede, mediante la presente Orden, a convocar, para el año 2005, la celebración de pruebas para la acreditación de dicha aptitud.

Asimismo, en virtud de la Disposición Final Primera de dicho Decreto, se procede a la aprobación del nuevo programa que contiene las materias sobre las que versarán las pruebas, así como a la ampliación del cuestionario que deberá contestarse.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Convocar para el año 2005 pruebas de acreditación de la aptitud para el ejercicio de la caza en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– Las referidas pruebas versarán sobre las materias contenidas en el programa que figura como anexo I a la presente Orden y consistirán en la contestación de un cuestionario de 31 preguntas tipo test. Para su superación se exigirá el acierto de al menos 24 preguntas.

Tercero.– El lugar, fecha y hora de celebración de las pruebas será el siguiente:

(Vëase el .PDF)

Cuarto.– El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y terminará el día 20 de mayo de 2005, ambos inclusive.

Quinto.– 1.– Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura en el anexo II, adjuntando la documentación que, con carácter general, se indica en el mismo.

2.– Se dirigirán al Director de Agricultura y Ganadería del Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, y se presentarán en el Departamento correspondiente al área de Agricultura de la Diputación Foral del Territorio Histórico en el que el solicitante vaya a realizar el examen, bien sea directamente o por cualquiera de los medios previstos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto.– Las Diputaciones Forales, antes del día 25 de mayo de 2005, remitirán a la Dirección de Agricultura y Ganadería del Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco la relación de las solicitudes presentadas.

Séptimo.– Los Tribunales encargados de juzgar las pruebas, de los que se constituirá uno por cada Territorio Histórico, tendrán la siguiente composición:

Territorio Histórico de Álava:

Presidente Titular: D. Luis Carlos Cabanas Mur, Ingeniero-Jefe de la Sección de Caza y Pesca del Servicio de Montes del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.

Presidente Suplente: D. José Ramón Aguirrezabal Sanz, Técnico del Servicio de Montes del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.

Vocal Titular: D. Aitor Martínez Pozuelo, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Álava.

Vocal Suplente: D. Ramón Iglesias Fernández de Luna, Vicepresidente de la Federación Territorial de Caza de Álava.

Secretario Titular: D. Rafael Francisco Álvarez Fernández, Jefe del Servicio de Secretaría Técnica del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.

Secretaria Suplente 1: Dña. Paula Caviedes Gil, Técnico del Servicio de Secretaría Técnica del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.

Secretario Suplente 2: D. Iñaki Uribarri Lamas, Técnico del Servicio de Secretaría Técnica del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.

Territorio Histórico de Bizkaia:

Presidente Titular: D. Antonio Galera Coleto, Jefe del Servicio de Conservación y Espacios Naturales Protegidos del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.

Presidente Suplente: D. Javier Monge Gómez, Jefe de la Sección de Caza y Pesca Continental del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.

Vocal Titular: D. Jon Andoni Bengoetxea Rementería, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.

Vocal Suplente: D. José Andrés Bengoetxea Rementería, Vocal de la Federación Territorial de Caza de Bizkaia.

Secretaria Titular: D.ª María González Bordagaray, Jefa de la Sección de Información y Asesoría del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.

Secretario Suplente: D.ª Aitziber Sánchez Casimiro, Técnico de Administración General del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia.

Territorio Histórico de Gipuzkoa:

Presidente Titular: D. Iñigo Mendiola Gómez, Jefe de la Sección de Fauna Silvestre del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Presidente Suplente: D. Iñaki Aizpuru Oiarbide, Jefe de la Sección de Parques Naturales del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Vocal Titular: D. José M.ª Usarraga López, Presidente de la Federación Territorial de Caza de Gipuzkoa.

Vocal Suplente: D. Ramón García Carbonell, Vicepresidente de la Federación Territorial de Caza de Gipuzkoa.

Secretario Titular: D. Alfonso Akarreta Rodríguez, Secretario Técnico del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Secretario Suplente: D.ª María Yeregui Hernández, Técnico de Administración General de la Secretaría Técnica del Departamento para el Desarrollo del Medio Rural de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Octavo.– 1.– A propuesta de los Tribunales, que se emitirá antes del día 18 de junio de 2005, el Director de Agricultura y Ganadería dictará resolución en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.– Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco. Las relaciones de aspirantes considerados aptos serán expuestas públicamente en los tablones de anuncios de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.

3.– Contra la misma podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura y Desarrollo Rural en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Noveno.– Las asistencias por la participación en los Tribunales encargados de juzgar las pruebas objeto de la presente convocatoria se abonarán de conformidad con lo establecido en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Décimo.– En todo lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.

Undécimo.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el mismo Diario Oficial.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de abril de 2005.

El Consejero de Agricultura y Pesca,

GONZALO SÁENZ DE SAMANIEGO BERGANZO.

ANEXO I

Programa de las pruebas para la obtención del requisito de aptitud para el ejercicio de la caza.

TEMA 1.– Legislación cinegética y normativa ambiental.

1.1.– Tratados internacionales.

1.2.– Directivas europeas.

1.3.– Normativa estatal.

1.4.– Normativa de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

1.4.1.– Legislación del ámbito autonómico.

1.4.2.– Legislación foral. Peculiaridades de los Territorios Históricos.

1.4.3.– La caza en los espacios naturales protegidos.

TEMA 2.– Regulación y práctica de la caza.

2.1.– ¿Qué es cazar?

2.2.– Requisitos para la práctica de la caza.

2.2.1.– El examen del cazador.

2.2.2.– La licencia de caza.

2.2.3.– Seguro obligatorio del cazador.

2.3.– Especies cazables.

2.4.– Clasificación de los terrenos.

2.4.1.– Clasificación según la Ley de caza.

2.4.1.1.– Terrenos de aprovechamiento cinegético común.

2.4.1.2.– Terrenos sometidos a régimen cinegético especial.

2.4.2.– Señalización cinegética.

2.4.3.– Clasificación de los terrenos según la Norma Foral de Caza de Álava.

2.4.3.1.– Terrenos no cinegéticos en Álava.

2.4.3.2.– Terrenos cinegéticos en Álava.

2.5.– Cotos de caza.

2.5.1.– Coto privado de caza.

2.5.2.– Coto local de caza.

2.5.3.– Coto social de caza.

2.6.– Zonas de seguridad.

2.7.– Responsabilidad por daños.

2.8.– Modalidades de caza.

2.8.1.– Modalidades de caza mayor.

2.8.2.– Modalidades de caza menor.

2.8.3.– Otras modalidades.

2.9.– Prohibiciones, delitos e infracciones.

2.9.1.– Prohibiciones.

2.9.2.– Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.

2.9.3.– Infracciones y sanciones.

2.10.– Transporte, comercialización y consumo de piezas de caza.

2.10.1.– Caza viva.

2.10.2.– Caza muerta en época de veda.

2.10.3.– Caza muerta (trofeos) en la época hábil de caza.

2.10.4.– Caza muerta (para consumo) en la época hábil de caza.

2.11.– Otros aspectos de interés: representación de los cazadores y homologación de trofeos.

TEMA 3.– Ordenación cinegética.

3.1.– Funcionamiento de poblaciones: evolución anual de una población de perdices y la migración.

3.2.– Periodos de caza.

3.3.– ¿Por qué es necesaria la planificación cinegética?

3.4.– ¿Cómo se hace un plan de caza?

3.5.– Fase A. Inventario.

A.1.– ¿Cómo podemos saber la caza que tenemos?

A.2.– ¿Cómo puede colaborar el cazador en los muestreos de caza?

A.3.– ¿Qué importancia tiene el hábitat?

3.6.– Fase B. Planificación.

B.1.– ¿Cómo calcular cuánto podemos cazar?

B.2.– ¿Cómo podemos mejorar el hábitat?

B.3.– ¿Son los predadores compatibles con el cazador?

B.4.– ¿Para qué sirven las repoblaciones?

3.7.– Fase C. Seguimiento.

C.1.– ¿En qué consiste el seguimiento?

C.2.– ¿Es importante la participación del cazador?

TEMA 4.– Especies cinegéticas.

4.1.– Aves.

4.1.1.– Ánsar Común / Ganso • Anser anser • Antzara hankagorritza.

4.1.2.– Ánade Azulón / Ánade Real / Azulón • Anas platyrhynchos • Basahatea.

4.1.3.– Cerceta Común / Corco / Corquete • Anas crecca • Zertzeta arrunta.

4.1.4.– Cerceta Carretona • Anas querquedula • Uda-zertzeta.

4.1.5.– Ánade Friso • Anas strepera • Ipar-ahatea.

4.1.6.– Silbón Europeo / Ánade Silbón • Anas Penélope • Ahate txistularia.

4.1.7.– Ánade Rabudo • Anas acuta • Ahate buztanluzea.

4.1.8.– Cuchara Común / Pato Cuchara • Anas clypeata • Ahate mokozabala.

4.1.9.– Porrón Moñudo • Aythya fuligula • Murgilari mottoduna.

4.1.10.– Porrón Europeo / Porrón Común • Aythya ferina • Murgilari.

4.1.11.– Pato Colorado • Netta ru.na • Ahate gorritza.

4.1.12.– Focha Común • Fulica atra • Kopetazuri arrunta.

4.1.13.– Becada / Sorda / Chocha Perdiz • Scolopax rusticola • Oilagorra.

4.1.14.– Agachadiza Común / Becacina / Percaza • Gallinago gallinago • Istingor arrunta.

4.1.15.– Agachadiza Chica / Percaza • Lymnocryptes minimus • Istingor txikia.

4.1.16.– Avefría Europea • Vanellus vanellus • Hegabera.

4.1.17.– Faisán Vulgar • Phasianus colchicus • Faisai arrunta.

4.1.18.– Codorniz Común • Coturnix coturnix • Galeperra.

4.1.19.– Perdiz Roja • Alectoris rufa • Eper gorria.

4.1.20.– Perdiz Pardilla • Perdix perdix • Eper grisa.

4.1.21.– Perdiz Moruna • Alectoris barbara • Eper afrikarra.

4.1.22.– Paloma Torcaz • Columba palumbus • Pagausoa.

4.1.23.– Paloma Bravía • Columba livia • Haitz-usoa.

4.1.24.– Paloma Zurita • Columba oenas • Txoloma.

4.1.25.– Tórtola Europea • Streptopelia turtur • Usapala.

4.1.26.– Tórtola Turca • Streptopelia decaocto • Usapal turkiara.

4.1.27.– Zorzal Común / Malviz • Turdus philomelos • Birigarro arrunta.

4.1.28.– Zorzal Charlo • Turdus viscivorus • Garraztarroa.

4.1.29.– Zorzal Real • Turdus pilaris • Durdula.

4.1.30.– Zorzal Alirrojo • Turdus iliacus • Birigarro txikia.

4.1.31.– Estornino Negro • Sturnus unicolor • Araba zozo beltza.

4.1.32. Estornino Pinto • Sturnus vulgaris • Araba zozo pikarta.

4.1.33.– Urraca / Picaraza • Pica pica • Mika.

4.1.34.– Grajilla • Corvus monedula • Bele txikia.

4.1.35.– Corneja • Corvus corone • Belabeltza.

4.2.– Mamíferos.

4.2.1.– Liebre • Lepus sp. • Erbia.

4.2.2.– Conejo • Oryctolagus cuniculus • Mendi untxia.

4.2.3.– Zorro / Raposo • Vulpes vulpes • Azeri arrunta.

4.2.4.– Lobo • Canis lupus • Otsoa.

4.2.5.– Jabalí • Sus scrofa • Basurdea.

4.2.6.– Ciervo / Venado • Cervus elaphus • Oreina.

4.2.7.– Gamo • Dama dama • Adarzabala.

4.2.8.– Corzo • Capreolus capreolus • Orkatza.

4.2.9.– Rebeco / Sarrio • Rupicapra rupicapra • Sarrioa.

4.2.10.– Cabra Montés • Capra pyrenaica • Basahuntza.

4.2.11.– Muflón • Ovis gmelini • Mu.oia.

4.2.13.– Arruí • Ammotragus lervia.

TEMA 5.– Problemas de identificación.

5.1.– El cazador en el bosque.

5.2.– El cazador en puesto fijo.

5.3.– El cazador en humedales.

5.4.– El cazador en zonas abiertas.

5.5.– El cazador en la costa.

TEMA 6.– Armas y perros de caza.

6.1.– Armas y municiones.

6.1.1.– Categorías de armas.

6.1.2.– Permisos, uso y tenencia de armas.

6.1.3.– Tipos de armas de fuego y munición: escopetas, rifles y elección del arma y la munición.

6.2.– Los perros y la caza.

6.2.1.– Perros de muestra.

6.2.2.– Perros de rastro.

6.2.3.– Perros de acoso y persecución.

6.2.4.– Perros cobradores y levantadores.

6.2.5.– Otros aspectos caninos.

Algunos datos técnicos de interés sobre perros de caza.

Algunos conceptos veterinarios y de manejo – Accidentes– De la identificación y el control de los perros.

TEMA 7.– Ética, seguridad y comportamiento del cazador.

II. ERANSKINA / ANEXO II
EHIZAN JARDUTEKO GAITASUNA EGIAZTATZEKO AZTERKETAN INSKRIBATZEKO ESKABIDEA / SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL EXAMEN DE ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA EL EJERCICIO DE LA CAZA

(Véase el .PDF)


Análisis documental