Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 140, viernes 23 de julio de 2004


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Audiencia Provincial de Álava
4057

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 133/04.

Audiencia Provincial de Álava - Sección 2.ª.

Recurso: A.P. Ordinario L2 133/04 (AOR).

Recurrente: D.ª Aitziber y D.ª Janire Erausquin Redondas.

Abogado: D. Carlos Perez Alonso.

Procurador: D.ª Concepcion Mendoza Abajo.

Recurrido: HDI Hannover International, S.A. y otros.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

En el referido recurso se ha dictado el 3.06.04 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLAMOS

Estimar Parcialmente el recurso de apelación e impugnación interpuestos por las representaciones procesales de las actoras D.ª Aitziber y D.ª Janire Erausquin Redondas y la codemandada Aseguradora Hannover HDI Internacional contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.° 1 de Amurrio, dictado en el curso del procedimiento ordinario n.° 254/03, del que este rollo dimana; Revocando la expresada resolución en el único sentencia de acordar una indemnización por importe de 174.513,58 euros en favor de cada una de las hermanas Erausquin Redondas, y que todas las cantidades contenidas en el fallo por lo que respecta a la aseguradora condenada devengarán el interés previsto en el arto 576 LEC. y todo ello, sin efectuar especial pronunciamiento sobre las costas de esta alzada tanto en relación a la apelación como a la impugnación deducidas.

Frente a la presente resolución no cabe interponer recurso ordinario de clase alguna.

Con certificación de esta sentencia remítanse los autos originales al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del apelado-rebelde Herederos de Sendoa Basarrate Gorostiza y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a veintidós de junio de dos mil cuatro.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental