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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 59, viernes 26 de marzo de 2004


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Disposiciones Generales

Hacienda y Administración Pública
1640

ORDEN de 2 de marzo de 2004, de la Vicepresidenta del Gobierno y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de la Vicepresidencia del Gobierno, del Departamento de Hacienda y Administración Pública y los Organismos Autónomos adscritos al mismo.

La Orden de 17 de noviembre de 1997, del Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Hacienda y Administración Pública, procedió a regular en una sola disposición todos los ficheros automatizados de carácter personal bajo la dependencia de la Vicepresidencia del Gobierno, del Departamento de Hacienda y Administración Pública y los Organismos Autónomos adscritos al mismo, siendo modificada posteriormente por la Orden de 7 de junio de 1999, la Orden de 22 de febrero de 2000, la Orden de 11 de junio de 2002 y la Orden del 14 de Octubre de 2002.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece en su artículo 20.1, que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario oficial correspondiente. En el apartado 3 del mismo artículo, se señala que en las disposiciones que se dicten para la supresión de ficheros se establecerá el destino de los mismos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción.

Asimismo, la disposición adicional primera de esta Ley establece la obligación para las Administraciones públicas responsables de ficheros de titularidad pública de adaptar las disposiciones de regulación de los ficheros preexistentes a la citada Ley Orgánica dentro del plazo de tres años a contar desde su entrada en vigor.

El Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, actualmente en vigor conforme a la Disposición Transitoria Tercera de la L.O. 15/1999, el cual desarrolla determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, establece en su artículo 5, que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública, será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado que al efecto elabore la Agencia, de una copia de la disposición de creación del fichero.

A fin de facilitar el conocimiento público de los ficheros de datos de carácter personal de la Vicepresidencia del Gobierno, del Departamento de Hacienda y Administración Pública y los Organismos Autónomos adscritos al mismo, y al objeto de adecuarlos a los contenidos del Acuerdo del Gobierno Vasco, de 16 de julio de 2002, sobre organización de la seguridad de los ficheros automatizados de datos de carácter personal de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la presente Orden deroga las anteriores disposiciones reguladoras de ficheros automatizados de datos de carácter personal, incorporando en sus anexos los ficheros ya regulados por éstas, con las modificaciones y adecuaciones que las disposiciones legales o el transcurso del tiempo recomiendan. Además, se incluyen en dichos anexos ficheros que no aparecían en las anteriores disposiciones.

En virtud de lo anteriormente expuesto,

DISPONGO:

Artículo 1.– Ámbito de aplicación.

1.– Los ficheros que contienen datos de carácter personal existentes en la Vicepresidencia del Gobierno y en el Departamento de Hacienda y Administración Pública y en los Organismos Autónomos adscritos al mismo son los que se relacionan en los anexos a la presente orden.

2.– De conformidad con el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se indicará para cada uno de los ficheros mencionados en el anexo de la presente orden:

– Las finalidades y usos previstos.

– Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.

– Los procedimientos de recogida de dichos datos.

– Estructuras básicas de los ficheros, indicando los tipos de datos personales que se incluyen en los mismos.

– Cesiones de datos personales a terceros y/o transferencias internacionales.

– Los órganos de la Administración responsables de los ficheros.

– Servicios ante los que los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

– La indicación del nivel (básico, medio, alto) de las medidas de seguridad aplicables a cada uno de dichos ficheros.

3.– Los responsables de ficheros adscritos a cada Dirección, han de adoptar las medidas de seguridad pertinentes para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos, tal y como lo exige el R.D. 994/1999, de 11 de junio, además de las que resulten necesarias para facilitar el ejercicio de los derechos y obligaciones establecidos en la L.O. 15/1999.

Artículo 2.– Supresión de ficheros.

Quedan suprimidos los siguientes ficheros de datos de carácter personal, indicando para cada uno de ellos su destino o las previsiones para su destrucción:

"Avales prestados por la C.A.P.V", bajo la responsabilidad de la Dirección de Finanzas del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Se borra el fichero y su contenido.

"Recursos en materia de Tráfico en procedimientos de apremio", bajo la responsabilidad de la Dirección de Finanzas del Departamento de Hacienda y Administración Pública. El contenido de este fichero pasa al nuevo fichero denominado "Recursos a la Vía de Apremio".

"Reclamación en la Gestión de Pólizas de Seguros suscritas por la Administración", bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Inventario de bienes inmuebles" bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Inventario de Sociedades públicas" bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Centralita telefónica" bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos generales del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Los datos contenidos en este fichero se integran en el que se denomina "Control de llamadas".

"Control de visitas" bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos generales del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Gestión de Publicaciones" bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos generales del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Registro de actividades, bienes y derechos patrimoniales" bajo la responsabilidad de la Dirección General de la Función pública del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Sistema de Información y Gestión económica y contable" bajo la responsabilidad de la Oficina de Control económico del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Una parte de los datos contenidos en este fichero se segrega a los ficheros denominados "Avales, consignaciones y fianzas" y "Vía de apremio", bajo la responsabilidad de la Dirección de Finanzas; el resto de los datos se integra en un nuevo fichero llamado como el original.

"Gestión Integrada de Personal" bajo la responsabilidad de la Dirección de Función Pública del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Una parte de los datos contenidos en este fichero se segrega al fichero denominado "Datos especialmente protegidos de Nómina", con distinto nivel de seguridad; el resto de los datos se integra en un nuevo fichero llamado como el original.

"Salud Laboral" bajo la responsabilidad de la Dirección de Negociación Colectiva del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Facturación de los Servicios y Bienes prestados por el B.O.P.V" bajo la responsabilidad de la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento de la Vicepresidencia del Gobierno. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Registro de Firmas reconocidas" bajo la responsabilidad de la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento de la Vicepresidencia del Gobierno. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Procedimientos Judiciales" bajo la responsabilidad de la Dirección de lo Contencioso de la Secretaría de Régimen Jurídico de la Vicepresidencia del Gobierno. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Cursos de formación y perfeccionamiento organizados por el Instituto Vasco de Administración Pública" bajo la responsabilidad de la Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Miembros de tribunales" bajo la responsabilidad de la Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Bolsas de trabajo" bajo la responsabilidad de la Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública. Se elimina por la integración de los datos en el fichero denominado "Gestión integrada de personal", bajo la responsabilidad de la Viceconsejería de Función Pública del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

"Euskaldunización de funcionarios" bajo la responsabilidad de la Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina del mismo modo.

"Control de distribución horaria", bajo la responsabilidad del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina "Control de distribución horaria por tareas".

"Fichero automatizado de gestión de personal", bajo la responsabilidad del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística. Se elimina a efectos formales el registro que consta en la Agencia Española de Protección de Datos, por mantener la coherencia de la presente publicación de ficheros. El nuevo fichero que contiene estos datos se denomina "Gestión de personal".

Artículo 3.– Cesiones de datos.

1.– Sin perjuicio de las cesiones de datos que, en relación con cada fichero, se prevén en los anexos a la presente Orden, los datos incluidos en los mismos podrán ser cedidos, en el ámbito de la Vicepresidencia del Gobierno, del Departamento de Hacienda y Administración Pública y los Organismos Autónomos adscritos al mismo, para el cumplimiento de las funciones que les encomienda el ordenamiento jurídico y versen sobre competencias y materias similares.

2.– Asimismo, podrán ser cedidos a la organización estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi y a los órganos y servicios estadísticos de otras Administraciones públicas, al amparo de lo dispuesto en la Ley 4/1986, de 23 de Abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.

Artículo 4.– Medidas de seguridad y gestión.

Los titulares de los órganos responsables de cada fichero adoptarán las medidas necesarias que garanticen el uso de dichos ficheros para las finalidades para las que fueron creados y la seguridad de los datos de carácter personal, y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en sus normas de desarrollo.

Artículo 5.– Prestación de servicios de tratamiento de datos.

Quienes por cuenta de la Vicepresidencia del Gobierno, del Departamento de Hacienda y Administración Pública y los Organismos Autónomos adscritos al mismo, realicen alguna prestación de servicios que requiera el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal gestionados por aquellos, deberán hacerlo siguiendo fielmente las instrucciones del responsable del fichero. Así se hará constar en el contrato que al objeto se formalice, no pudiendo aplicar o utilizar dichos datos con otra finalidad, ni comunicarlos a otras personas, ni siquiera para su conservación, tal y como se dispone en el artículo 12 de la L.O. 15/1999.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas a la entrada en vigor de la presente Orden cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la misma, y en particular, las siguientes:

Orden del 11 de junio de 2002, de la Vicepresidenta del Gobierno y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regulan, los ficheros de datos de carácter personal de la Vicepresidencia del Gobierno, del Departamento de Hacienda y Administración Pública y los Organismos Autónomos adscritos al mismo.

Orden del 14 de octubre de 2002, de la Vicepresidenta del Gobierno y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se amplía el Anexo II de la Orden de 11 de junio de 2002, de la Vicepresidenta del Gobierno y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de la Vicepresidencia del Gobierno, del Departamento de Hacienda y Administración Pública y los Organismos Autónomos adscritos al mismo.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La Dirección de Servicios del Departamento de Hacienda y Administración Pública procederá a la notificación a la Agencia Española de Protección de Datos de los ficheros de carácter personal contenidos en el anexo a la presente Orden para su inscripción así como la notificación de los ficheros suprimidos por las presentes disposiciones.

Segunda.– La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de marzo de 2004.

La Vicepresidenta de Gobierno y Consejera de Hacienda

y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

ANEXO I
FICHEROS DE DATOS DE CARACTER PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y
ADMINISTRACION PUBLICA

1.–Dirección de Recursos Generales.

1.1. Gestión de Bibliotecas

a) Finalidad y usos previstos:

Control y gestión de los préstamos bibliotecarios, explotación de estadísticas como libros más leídos, tiempo medio de permanencia del libro en préstamo etc.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de la Comunidad Autónoma del País Vasco

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de formularios y cupones.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.2.Gestión de Publicaciones

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de ventas y distribución de las publicaciones del Gobierno Vasco, emisión de albaranes, facturas y notas de entrega, control de cobros, etc.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Clientes y personas que desean adquirir publicaciones del Gobierno Vasco

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de transmisión electrónica o internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Organo responsable del fichero:

Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.3.Registro de consultas al Archivo General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi

a) Finalidad y usos previstos:

Control y gestión de las consultas a la documentación depositada en el archivo general y a las bases de datos documentales.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, investigadores y particulares que consultan la citada información.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de cupones o de formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero

Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.4.Inventario de Expedientes depositados en Archivo General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

a) Finalidad y usos previstos:

Localización de los expedientes del Archivo General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Titulares de los distintos tipos de expedientes.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de cupones o de formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos y datos de características personales.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Responsable del Fichero:

La Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.5.Servicio de Cartería

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de todos los certificados, paquetes de mensajería y correspondencia general que se reciben en la sede central del Gobierno Vasco así como los reenvíos a dependencias externas del mismo.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Todas las personas que prestan sus servicios en la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y que son destinatarias de correspondencia, así como los remitentes.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de soporte papel.

d) Estructura básica de datos:

Datos de carácter identificativo y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Responsable del Fichero:

La Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.6.Registro de Bajas de Funcionarios

a) Finalidad y usos previstos:

Localización de los expedientes de los funcionarios que han causado baja en la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco que ha causado baja laboral

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen a través de documentos aportados por las unidades competentes.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.7.Control de Visitas

a) Finalidad y usos previstos:

Control del personal ajeno a la administración de la Comunidad Autónoma que visita las sedes del Gobierno Vasco para garantizar la seguridad en sus instalaciones y registro de visitantes, con obtención de estadísticas varias (n.º de visitantes por zonas del edificio y por periodos de tiempo, personal más visitado, zonas más visitadas etc.)

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal que desempeña su trabajo en el edificio y todas las personas ajenas que visitan el edificio.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de procedimientos informáticos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de detalle de empleo y datos de transacciones.

e) Cesiones de Datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.8.Video vigilancia

a) Finalidad y usos previstos:

Control de acceso físico a los edificios del Gobierno Vasco, y a sus zonas sensibles, en aras a la seguridad de dichas instalaciones.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Todas aquellas personas que acceden a los edificios del Gobierno Vasco y a las áreas sensibles de los mismos

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de videofilmación y tarjeta de proximidad.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos.

e) Cesiones de Datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.9.Expedientes de contratación de Recursos Generales

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión por la vía informática de los expedientes de contratación competencia de la Mesa de Contratación de la Dirección de Recursos Generales.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Licitadores y sus representantes o apoderados, así como vocales de la mesa de contratación.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado a través de la documentación que aporta.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos y datos académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos:

A cualquier interesado en el procedimiento de contratación, en base a la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico

1.10. Parque Móvil

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control del uso y las reparaciones de los automóviles pertenecientes al Gobierno Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco que solicita el uso de vehículos oficiales.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado a través de formularios.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos, datos de detalle de empleo, datos económico-financieros, datos de seguros, datos de transacciones y datos sobre infracciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Recursos Generales de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio

2.-Dirección de Informática y Telecomunicaciones

2.1.Control de Llamadas

a) Finalidad y usos previstos:

Análisis de datos de tráfico y tarificación telefónica con el fin de optimizar recursos y gastos.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de transmisión electrónica o internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativos y datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Organo responsable del fichero:

Dirección de Informática y Telecomunicaciones de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.2.Administración de usuarios

a) Finalidad y usos previstos:

Administración de los usuarios de los sistemas de información y servicios de correo electrónico del Gobierno Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas con acceso autorizado a los sistemas de información del Gobierno Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado u otras personas físicas distintas del interesado a través de un procedimiento informático.

d) Estructura Básica de Fichero:

Datos de carácter identificativos y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Informática y Telecomunicaciones de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.3.Agenda de contactos

a) Finalidad y usos previstos:

Registro de los nombres y datos de contacto de las personas con que mantiene relaciones el personal del Gobierno Vasco para el desempeño de sus funciones.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas de contacto del personal del Gobierno Vasco para el mantenimiento de sus relaciones profesionales.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado u otras personas a través de entrevistas, Internet u otros como tarjetas de visita o cartas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo, datos de características personales y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Informática y Telecomunicaciones de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.4.Censo de recursos informáticos y telemáticos

a) Finalidad y usos previstos:

Control de los recursos informáticos y telemáticos del Gobierno Vasco que se asignan a personas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas a las que se asignan recursos informáticos del Gobierno Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado u otras personas físicas distintas del interesado a través de procedimientos informáticos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativos, datos de detalles de empleo y datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Informática y Telecomunicaciones de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.5.Gestión de incidencias y servicio a usuarios

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y seguimiento de las incidencias y del servicio a usuarios de los sistemas de información del Gobierno Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas con acceso autorizado a los recursos informáticos del Gobierno Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de una aplicación informática (se proporcionan por teléfono o por escrito).

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo, datos de detalles de empleo y datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Informática y Telecomunicaciones de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.6.Gestión de peticiones de servicio

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y seguimiento de las peticiones relacionadas con el servicio informático a los usuarios de los sistemas de información del Gobierno Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas con acceso autorizado a los recursos informáticos del Gobierno Vasco

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado o de otras personas físicas distintas del interesado a través de una aplicación informática.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos de carácter identificativo, datos de detalle de empleo y datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Informática y Telecomunicaciones de la Viceconsejería de Administración y Servicios

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.7.Gestión y seguimiento de comunicaciones

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y seguimiento del uso de los servicios de comunicaciones (correo electrónico e Internet) proporcionados al personal del Gobierno Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas con acceso autorizado a los servicios de comunicaciones del Gobierno Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de una aplicación informática (automáticamente).

d) Estructura Basica del Fichero:

Datos de carácter identificativo, datos de detalles de empleo y datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Informática y Telecomunicaciones de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.8.Usuarios y tutores KZgunea

a) Finalidad y usos previstos:

Registro de usuarios; gestión del proyecto (estadísticas, cuadro de mando, registro de tutores, ayuntamientos...)

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Usuarios y tutores de los Kzgunea.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través formularios.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos de carácter identificativo, datos de características personales, datos académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Informática y Telecomunicaciones de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad de seguridad:

Nivel básico.

3.-Dirección de Negociación Colectiva.

3.1.Derechos Pasivos

a) Finalidad y usos previstos:

La gestión y control de derechos pasivos.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal funcionario o contratado laboral que prestó servicios en el Gobierno Vasco en el periodo comprendido entre el 7 de octubre de 1936 y el 6 de enero de 1978.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio Interesado o la Administración Pública a través de formularios o cupones.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de características personales y datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Organo responsable del fichero:

Dirección de Negociación Colectiva de la Viceconsejería de la Función Pública.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.2.Registro de Incidencias de Seguridad Laboral

a) Finalidad y usos previstos:

Gestionar o controlar los incidentes acaecidos en Seguridad Laboral.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que prestan sus servicios en la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco que sufren alguna contingencia en relación a la seguridad laboral.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos y datos de detalle de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Negociación Colectiva de la Viceconsejería de Función Pública.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.3Prevención de Riesgos Laborales Asociados a Pantallas de Visualización

a) Finalidad y usos previstos:

Evaluación, formación e información, prevención de riesgos laborales asociados a pantallas de visualización.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio del Gobierno Vasco que trabaja delante de una pantalla de visualización.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de características personales y datos de detalle de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Negociación Colectiva de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.4.Salud Laboral

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y gestión de todos los datos referentes y que afecten a la salud y seguridad del personal al servicio de la Administración, realización de estudios epidemiológicos, historiales médicos y estadísticas varias (índice de absentismo, control de hipertensos, etc.) en relación con los datos referentes a la salud personal.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma y sus Organismos Autónomos

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de características personales, datos de detalle de empleo, otros datos especialmente protegidos.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Negociación Colectiva de la Viceconsejería de Función Pública.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Sevicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

4.Dirección de Función Pública

4.1.Cesantías

a) Finalidad y usos previstos:

Llevar un control de las indemnizaciones por prestación de servicios como alto cargo o asesor de confianza en el Gobierno Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Altos cargos y personal de confianza (Asesores)

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado o de fuentes accesibles al público (BOPV) a través de formularios o cupones u otros (BOPV)

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de características personales, datos de detalle de empleo, datos económico – financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

La Dirección de Función Pública de la Viceconsejería de Función Pública.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico

4.2.Registro de Actividades, Bienes y Derechos Patrimoniales

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y control de las declaraciones y actividades, bienes y derechos patrimoniales y seguimiento de las modificaciones que se puedan producir.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Altos cargos, Asesores, Directivos de Entes Públicos de Derecho privado y público

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de formularios o cupones.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de características personales, datos de circunstancias Sociales, datos de detalle de empleo y datos de información Comercial.

e) Cesiones de datos:

Al Parlamento Vasco

f) Responsable del Fichero

La Dirección de Función Pública de la Viceconsejería de Función Pública.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

4.3.Gestión Integrada de Personal

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y gestión de todos los actos que afectan a la vida administrativa del personal al servicio de la administración, la planificación de las necesidades de personal y la gestión de procesos de selección de funcionarios, personal interino y laboral de la administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Pago de Nóminas, Seguros Sociales, IT, Retenciones y Subcontabilización. Gestión de préstamos de consumo solicitados por el personal y concedidos por la Administración. Registro, selección, asignación y resolución de las candidaturas presentadas a los puestos ofertados tanto en las convocatorias de concurso de méritos para la provisión de puestos vacantes reservados a funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, como en las ofertas públicas de empleo.

Control del cumplimiento del horario laboral, de la presencia en el puesto de trabajo y del acceso a edificios.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos, participantes en procesos de selección y, referido únicamente a gestión de nóminas, personal docente del Departamento de Educación Universidades e Investigación y Ertzaintza.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de formularios o cupones, transmisión electrónica de datos / Internet u otros medios como documentos aportados por el propio interesado

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de características personales, datos académicos y profesionales, datos de detalle de empleo, datos económico-financieros y de seguros y datos sobre infracciones.

e) Cesiones de datos:

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, MUFACE, Mugeju, Registro Central de Personal, Tesorería General y Territoriales de la Seguridad Social, Administración General del Estado, Órganos de Agencia Estatal Tributaria, en la medida necesaria en cada caso, para su utilización exclusivamente con finalidad y usos previstos.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Función Pública de la Viceconsejería de Función Pública

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

4.4.Datos especialmente protegidos de nómina

a) Finalidad y usos previstos:

Pago de Nóminas, Seguros Sociales, IT, Retenciones y Subcontabilización. Registro, selección, asignación y resolución de las candidaturas presentadas a los puestos ofertados tanto en las convocatorias de concurso de méritos para la provisión de puestos vacantes reservados a funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, como en las ofertas públicas de empleo.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos, participantes en procesos de selección y, referido únicamente a gestión de nóminas, personal docente del Departamento de Educación Universidades e Investigación y Ertzaintza.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de formularios o cupones,

transmisión electrónica de datos / Internet u otros medios como documentos aportados por el propio interesado.

d) Estructura básica del fichero

Datos identificativos y datos especialmente protegidos.

e) Cesiones de datos:

A Organizaciones sindicales y Plataforma 0,7

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Función Pública de la Viceconsejería de Función Pública.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a de las medidas de seguridad:

Nivel alto.

5.Dirección de Servicios

5.1.Gestión de Personal Departamental

a) Finalidad y usos previstos:

Extracción y consulta de información sobre personal adscrito a la Vicepresidencia del Gobierno y de Hacienda y Administración Pública.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal adscrito a la Vicepresidencia de Gobierno y al Departamento de Hacienda y Administración Pública

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de formularios o cupones.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de circunstancias sociales, datos de detalle de empleo y datos económicos – financieros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero

Dirección de Servicios de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.Dirección de Presupuestos

6.1.Capítulo I del Presupuesto

a) Finalidad y usos previstos:

Preparación y confección del presupuesto del Capítulo I, relativo a Gastos de Personal.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal adscrito a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las Administraciones Públicas a través de la transmisión electrónica de datos.

d) Estructura básica del fichero

Datos identificativos, datos de detalle de empleo, datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Presupuestos de la Viceconsejería de Economía, Presupuestos y Control Económico.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

7.Dirección de Administración Tributaria

7.1.Distribución de Publicaciones del Órgano de Coordinación Tributaria

a) Finalidad y usos previstos:

Distribución de publicaciones del OCTE (revista ZERGAK e Informe Anual Integrado de la Hacienda Vasca).

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Suscriptores y colaboradores de la revista ZERGAK, así como receptores del Informe Anual Integrado de la Hacienda Vasca.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de Interesados, Administraciones Públicas, Fuentes de acceso público (medios de comunicación), a través de formularios o Internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de detalle de empleo, datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Administración Tributaria de la Viceconsejería de Hacienda y Finanzas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

c/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

7.2.Gestión de Documentación del Tribunal Económico Administrativo

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y gestión de la documentación relativa al procedimiento económico-administrativo; control de entradas y salidas de documentos.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas físicas y jurídicas que interponen reclamaciones ante el Tribunal Económico – Administrativo de Euskadi y órganos administrativos remitentes de expedientes y documentos en general.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado o Administraciones Públicas a través de reclamaciones.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos, datos de detalle de empleo, datos económico-financieros y de seguros y datos de infracciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Administración Tributaria de la Viceconsejería de Hacienda y Finanzas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

8.Dirección de Economía y Planificación

8.1.Distribución de Publicaciones de Economía

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de la distribución de la información económica a suscriptores y entidades interesadas, por parte de la Dirección de Economía.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Receptores de información económica y publicaciones de la Dirección de Economía, y colaboradores en estas publicaciones.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado, Fuentes de acceso público (listados profesionales) a través de Formularios o cupones, Internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos, datos de detalle de empleo, datos de información comercial y datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Economía y Planificación de la Viceconsejería de Economía, Presupuestos y Control Económico.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

8.2.Fondos FEDER

a) Finalidad y usos previstos:

Servir como pista de auditoría suficiente en cuanto a la actividad y gasto declarados bajo la normativa FEDER, mediante el registro de la información enviada por los órganos gestores, su agrupación y complemento y estructuración sobre ejes, programas y medidas de actuación.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Beneficiarios y contratistas de los diferentes ámbitos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de los órganos gestores y la contabilidad presupuestaria directamente en la aplicación informática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos y datos económico-financieros.

e) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Economía y Hacienda.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Economía y Planificación de la Viceconsejería de Economía, Presupuestos y Control Económico.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

9.Dirección de Patrimonio y Contratación

9.1.Inventario de Sociedades Públicas

a) Finalidad y usos previstos:

Registrar y controlar la constitución y extinción de las sociedades en que participa la Administración, la composición de sus órganos de gestión y administración, y sus variaciones de capital.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Miembros de los órganos de gestión y administración de las

sociedades

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado, Registros Públicos a través de formularios

d) Estructura Básica de Fichero:

Datos de carácter identificativo, datos de características personales y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible de medidas de seguridad:

Nivel básico.

9.2.Reclamación en la Gestión de Pólizas de Seguros suscritas por la Administración

a) Finalidad y usos previstos:

Gestionar la contratación de pólizas que suscribe la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como la resolución de los siniestros y reclamaciones que suceden en relación con esas pólizas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Asegurados, es decir, personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y particulares que reclaman a la Administración.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado o Administraciones Públicas (Osakidetza) a través de formularios o documentos aportados.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos de carácter identificativo, datos de carcterísticas personales, datos académicos y profesionales, datos de detalles de empleo, datos económico –financieros y de seguros, datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas y datos especialmente protegidos.

e) Cesiones de datos:

Osakidetza.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

9.3.Registro de Contratistas y Clasificación de Empresas

a) Finalidad y usos previstos:

Controlar y gestionar la clasificación de empresas y facilitar su contratación con la Administración, así como consultar ese Registro.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Apoderados de empresas que contratan con el sector público.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del interesado a través de formularios.

d) Estructura Básica de Fichero:

Datos se carácter identificativo y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación de la Viceconsejería de Administración y Servicios

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

9.4.Expedientes de contratación de Patrimonio y Contratación

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión por la vía informática de los expedientes de contratación competencia de la Comisión Central de Contratación.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Licitadores y sus representantes o apoderados, así como vocales de la mesa de contratación.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado a través de la documentación que aporta.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos de carácter identificativo y datos académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos:

A cualquier interesado en el procedimiento de contratación, en base a la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación de la Viceconsejería de Administración y Servicios.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico

9.5.Inventario de bienes inmuebles

a) Finalidad y usos previstos:

Gestionar los bienes inmuebles en régimen de propiedad, alquiler y otros derechos que regenta la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Propietarios de los inmuebles que la Administración posee en régimen de alquiler u otros títulos que no sean la propiedad del inmueble, así como arrendatarios de inmuebles de la Administración.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del interesado a través de entrevistas y mediante la documentación que aportan y los contratos que suscriben.

d) Estructura Básica de Fichero:

Datos de carácter identificativo, datos de circunstancias sociales y datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación de la Viceconsejería de Administración y Servicios

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

10.Dirección de Finanzas

10.1.Corredores, Sociedades de Correduría y sus Altos Cargos

a) Finalidad y usos previstos:

Inscripción de aquellos corredores de seguros, personas físicas o jurídicas, que realizan la actividad mercantil en seguros privados sin mantener vínculos que supongan afección con entidades aseguradoras.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de autorización administrativa con ámbito de actuación limitado a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado a través de formularios o aportación de información.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos, datos de circunstancias sociales, datos académicos y profesionales, datos de detalle de empleo y datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

A colegios de Mediadores de Seguros

A revistas especializadas

Publicados en Internet

f) Responsable del Fichero:

La Dirección de Finanzas de la Viceconsejería de Hacienda y Finanzas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible de medidas de seguridad:

Nivel básico.

10.2.Diplomas de Mediadores de Seguros

a) Finalidad y usos previstos:

Registro de concesiones del diploma de mediador de seguros.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes del diploma de Mediador de Seguros.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado a través de formularios.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos y datos académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Finanzas de la Viceconsejería de Hacienda y Finanzas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

10.3.Recursos a la Vía de Apremio

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y tramitación de recursos que se plantean en vía de apremio por sanciones de tráfico.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Recurrentes en procedimientos de apremio.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Interesado, Administraciones Públicas (Tráfico) a través de escritos de interposición de los recursos y expedientes sancionadores.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos.

e) Cesiones de datos:

A Diputaciones Forales y a la Agencia Tributaria, con las que existen convenios recaudatorios.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Finanzas de la Viceconsejería de Hacienda y

Finanzas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

10.4.Avales, consignaciones y fianzas

a) Finalidad y usos previstos:

Registrar y gestionar los avales y fianzas depositados.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que depositan avales o fianzas en la Administración Vasca.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del interesado a través de entrevistas o encuestas y se introducen directamente en la aplicación informática.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos y datos económico financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

A juzgados y tribunales, previo requerimiento.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Finanzas de la Viceconsejería de Hacienda y Finanzas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

10.5.Vía de apremio

a) Finalidad y usos previstos:

Gestionar los cobros en vía de apremio.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que llegan a la vía de apremio.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del interesado y se introducen directamente en la aplicación informática.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos, datos económico financieros y de seguros y datos de infracciones.

e) Cesiones de datos:

A Haciendas Forales y Agencia Tributaria.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Finanzas de la Viceconsejería de Hacienda y Finanzas.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia –- San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

11.Oficina de Control Económico

11.1.Sistema de información y gestión económica y contable

a) Finalidad y usos previstos:

Registrar contablemente los derechos reconocidos, activos financieros, ingresos, compromisos de gastos, obligaciones de pago y pagos realizados a terceros, así como realizar los pagos y cumplir con las obligaciones tributarias de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas deudoras o acreedoras de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como su personal.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del interesado a través de formularios o aplicación informática.

d) Estructura Básica del Fichero;:

Datos identificativos, datos económico financieros y de seguros, datos de transacciones y datos de infracciones.

e) Cesiones de datos:

A juzgados y tribunales, previo requerimiento.

A Haciendas Forales y Agencia Tributaria.

f) Responsable del Fichero:

Oficina de Control Económico de la Viceconsejería de Economía, Presupuestos y Control Económico.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia-San Sebastián, n.º1,

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

11.2.Endosos

a) Finalidad y usos previstos:

Facilitar las cesiones de créditos.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Aquéllos que presentan los documentos especificados.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del interesado a través de documentos aportados.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos, datos de características personales y datos de detalle de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Oficina de Control Económico de la Viceconsejería de Economía, Presupuestos y Control Económico

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia-San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

11.3.Fondos Europeos

a) Finalidad y usos previstos:

Realizar las auditorías pertinentes sobre los expedientes de gasto financiados por la Unión Europea.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Beneficiarios y contratistas de los diferentes ámbitos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de los órganos gestores y la contabilidad presupuestaria directamente en la aplicación informática.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos, datos económico financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

ANEXO II
FICHEROS DE DATOS DE CARACTER PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA DEL GOBIERNO

1.Secretaría General de Régimen Jurídico

1.1.Gestión de Bibliotecas

a) Finalidad y usos previstos:

Control y gestión de los préstamos bibliotecarios, explotación de estadísticas como libros más leídos, tiempo medio de permanencia del libro en préstamo etc.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de la Comunidad Autónoma del País Vasco

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de formularios y cupones.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo y datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Secretaría General de Régimen Jurídico.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.– Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento.

2.1.Facturación del BOPV

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión económica y administrativa del Boletín Oficial del País Vasco.Mecanización y control de las peticiones de bienes y servicios realizados por el Boletín Oficial del País Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas o entidades demandantes de bienes y servicios prestados por el Boletín Oficial del País Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Mediante solicitud al interesado, por escrito o a través de formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo y datos económico-financieros.

e) Cesiones de datos:

A las empresas adjudicatarias de la distribución de los productos del Boletín oficial del País Vasco.

f) Organo responsable del fichero:

Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.2.Registro de Firmas

a) Finalidad y usos previstos:

Registro de las firmas de autoridades y particulares cuyo reconocimiento previo sea requisito indispensable para su admisión y tramitación en la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento., para comprobar la autenticidad de las firmas de los documentos enviadoa a dicha Dirección.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Autoridades o particulares.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Mediante fichas de inscripción de firmas cumplimentadas por los propios interesados.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Organo responsable del fichero:

Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.– Dirección de lo Contencioso

3.1.Procedimientos Judiciales

a) Finalidad y usos previstos:

Ordenar y controlar los diferentes expedientes de procedimientos judiciales producidos como consecuencia de la representación y defensa en juicio de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Los usos previstos son los producidos por la gestión interna de las actividades de representación y defensa en juicio.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Demandantes y demandados en los diferentes procedimientos en los que es parte la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Comunicación por el órgano jurisdiccional o servicios jurídicos de los diferentes Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Organo responsable del fichero:

Dirección de lo Contencioso.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

4.– Dirección de la Oficina para la Modernización Administrativa.

4.1.Libro de Registro de Entradas/Salidas

a) Finalidad y usos previstos:

Registro de las entradas y salidas de documentos del Gobierno Vasco. Registrar los datos básicos de los documentos que entran y salen del Gobierno Vasco

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que desean realizar entradas de documentos del Gobierno vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

El propio interesado o su representante legal proporciona los datos y generalmente, los registradores introducen los datos que proporciona el interesado.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Organo responsable del fichero:

Dirección de la Oficina para la Modernización Administrativa.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

5.Dirección de Política Institucional y Administración Local.

5.1.Componentes del Consejo Municipal de Euskadi

a) Finalidad y usos previstos:

Tener la relación actualizada de los miembros del órgano colegiado, remitirles documentación y realizar las convocatorias que procedan.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, Diputaciones Forales y Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Nombramiento y posterior comunicación del Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y EUDEL (Asociación de Municipios Vascos).

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácfter identificativo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Organo responsable del fichero:

Dirección de Política Institucional y Administración Local.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Departamento de Hacienda y Administración Pública

Viceconsejería de Administración y Servicios

Dirección de Servicios

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

ANEXO III
FICHEROS DE DATOS DE CARACTER PERSONAL INSTITUTO VASCO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (IVAP).

1.– Cursos de formación y perfeccionamiento organizados por el Instituto Vasco de Administración Pública.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Seguimiento y gestión de los cursos que se organizan para la formación y perfeccionamiento del personal al servicio de las Administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (Administración local, foral y autonómica).

Gestión de solicitudes de cursos (número de asistentes, ubicación física, número de horas, asignación de profesorado, materias impartidas.).

Control de asistencia.

Realización de certificaciones.

Consulta de datos históricos de los cursos de formación.

Realización de estudios y estadísticas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de las Administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco y solicitantes diversos, en los casos de organización de cursos, seminarios y jornadas en régimen abierto.

c) Procedimiento de recogida de los datos:

Formulario, soporte magnético y formulario electrónico.

d) Estructura básica del fichero:

Del alumnado:

– Identificativos.

– Datos laborales.

– Registro histórico de cursos recibidos.

– Datos de aprovechamiento y asistencia.

Del profesorado.

– Identificativos.

– Datos profesionales.

– Registro histórico de cursos impartidos.

– Relación de pagos.

e) Cesiones de los datos:

A los organismos competentes en materia de personal de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasca, solo en lo referente al personal dependiente de los mismos, a los efectos de informar de las actividades formativas realizadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

g) Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel Básico.

2.– Miembros de tribunales calificadores.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Seguimiento, gestión y designación de miembros de tribunales calificadores constituidos para la evaluación de los procesos de selección de personal de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como de las Administraciones Forales y Locales de Euskadi, siempre que así lo soliciten dichas instituciones o lo disponga el ordenamiento jurídico. (LEY 6/1989, de 6 de Julio. Función Pública Vasca, art. 31).

Confección de listas de posibles designables.

Nombramiento de titulares y suplentes.

Consulta de datos históricos de las designaciones realizadas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de las Administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco y profesionales en general que soliciten ser incluidos en las listas de posibles designados.

Personal del IVAP (Técnicos de selección).

c) Procedimiento de recogida de los datos:

Formulario.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos.

Datos laborales.

Registro histórico de participación en procesos selectivos.

e) Cesiones de los datos:

No existe cesión de datos.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

g) Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico

3. Euskaldunización de funcionarios.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Gestión de cursos de capacitación lingüística del personal al servicio de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Gestión, programación y evaluación de los cursos de capacitación lingüística.

Gestión de la asistencia y la evaluación de los cursos realizados dentro del horario laboral y en verano.

Gestión de la asistencia y la evaluación de los cursos realizados fuera del horario laboral.

Pago de las subvenciones por contrataciones de sustituciones por liberación del personal.

Gestión del crédito horario asignado para capacitación lingüística.

Gestión de los planes individualizados para el personal del Gobierno Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal al servicio de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Procedimiento de recogida de los datos:

Formulario, soporte magnético y formulario telemático.

d) Estructura básica del fichero:

Del asistente:

– Identificativos.

– Datos referentes al puesto de trabajo

– Datos referentes al perfil lingüístico del puesto y al acreditado.

– Registro histórico de cursos recibidos y niveles superados.

– Datos de aprovechamiento y asistencia.

e) Cesiones de los datos:

Viceconsejería de Política Lingüística del Departamento de Cultura, con el objeto de realizar los informes para la evaluación del grado de cumplimiento del plan de normalización (Art. 6 del Decreto 86/1997 de 15 de Abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.)

Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), según se establece en la disposición adicional sexta del Decreto 86/1997 de 15 de Abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

A los organismos competentes en materia de personal de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, solo en lo referente al personal dependiente de los mismos, a los efectos de informar de los datos de asistencia y evaluación de los cursos realizados.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

g) Servicio o Unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico

4.– Lectores de la Biblioteca

a) Finalidad y usos previstos

Gestión de la Biblioteca de IVAP.

Gestión de préstamos de libros.

Gestión de devoluciones.

b) Personas o colectivos origen de los datos

Personal al servicio de la Administración General del País Vasco.

Ciudadanos en general que así lo soliciten.

c) Procedimiento de recogida de datos.

Mediante formulario establecido para tal fin.

d) Estructura básica del fichero.

Datos personales: DNI, Nombre y Apellidos, teléfono de contacto y dirección correo electrónico.

Registro de préstamos

e) Cesión de los datos.

No se realizan cesiones.

f) Organo responsable del fichero.

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

g) Servicio o unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación cancelación.

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Medidas de seguridad.

Nivel básico

5. Gestión de la revista "Administrazio Euskaraz"

a) Finalidad y usos previstos

Gestión de las suscripciones a la revista "Administrazio Euskaraz".

Envío por correo de la revista a los suscriptores.

Gestión de los colaboradores que escriben artículos.

Gestión de pagos a los colaboradores

b) Personas o colectivos origen de los datos

Personas o colectivos suscritos voluntariamente a la misma.

Colaboradores que escriben artículos.

c) Procedimiento de recogida de datos.

Mediante formulario establecido para tal fin y formulario telemático.

d) Estructura básica del fichero.

Suscriptores:

– Nombre y Apellidos, dirección correo electrónico y dirección postal.

Colaboradores:

– Datos identificativos.

– Dirección de correo electrónico y dirección postal.

– Artículos realizados.

– Pago de los artículos.

e) Cesión de los datos.

No se realizan cesiones.

f) Órgano responsable del fichero.

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

g) Servicio o unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación cancelación.

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Medidas de seguridad.

Nivel básico

6.– Cursos de formación de la Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU)

a) Finalidad y usos previstos

Seguimiento y gestión de las actividades formativas que se organizan para el personal al servicio de las Administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco y profesionales en general, en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo.

Gestión de las solicitudes.

Gestión del profesorado.

Gestión y control de la asistencia a dichas actividades formativas.

Gestión del alumnado, históricos, certificaciones.

Gestión de cobros y pagos.

b) Personas o colectivos origen de los datos

Personal al servicio de las Administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco y profesionales interesados.

c) Procedimiento de recogida de datos.

Mediante formulario establecido para tal fin y formulario telemático.

d) Estructura básica del fichero.

Del alumnado:

– Identificativos.

– Datos laborales

– Registro histórico de cursos recibidos.

– Datos de aprovechamiento y asistencia.

Del profesorado.

– Identificativos.

– Datos profesionales.

– Registro histórico de cursos impartidos.

– Relación de pagos

e) Cesión de los datos.

A los organismos competentes en materia de personal de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, solo en lo referente al personal dependiente de los mismos, a los efectos de informar de las actividades formativas realizadas.

f) Órgano responsable del fichero.

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

g) Servicio o unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación cancelación.

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Medidas de seguridad.

Nivel básico

7.– Acreditaciones de perfiles lingüísticos

a) Finalidad y usos previstos Seguimiento y gestión de las acreditaciones perfiles lingüísticos de los puestos de trabajo, tal y como lo regula el decreto 86/1997 de 15 de abril de 1997.

Gestión de las solicitudes a convocatorias ordinarias

Gestión de convalidaciones.

Gestión de procesos selectivos

Gestión de los evaluadores.

Generación del registro de perfiles lingüísticos acreditados.

Gestión de solicitantes, históricos, certificaciones, acreditaciones.

Generación del registro de exenciones.

b) Personas o colectivos origen de los datos

Personal al servicio de las Administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Participantes en procesos selectivos para el acceso a la función pública

Participantes en procesos de provisión.

c) Procedimiento de recogida de datos.

Formulario, soporte magnético y formulario telemático.

Estructura básica del fichero.

Del solicitante:

– Identificativos.

– Datos laborales

– Datos académicos

– Registro de acreditaciones.

– Resultados de los exámenes.

De los evaluadores.

– Identificativos.

– Datos profesionales.

– Registro procesos en los que ha participado.

– Relación de pagos

d) Cesión de los datos.

Viceconsejería de Política Lingüística del Departamento de Cultura, con el objeto de realizar los informes para la evaluación del grado de cumplimiento del plan de normalización (Art. 6 del Decreto 86/1997 de 15 de Abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.)

A los organismos competentes en materia de personal de la Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, sólo lo referente al personal adscrito a cada una de ellas, con el objeto de informar del resultado de los exámenes

e) Órgano responsable del fichero.

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

f) Servicio o unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación cancelación.

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

g) Medidas de seguridad.

Nivel básico

8.– Procesos selectivos.

a) Finalidad y usos previstos

Gestión y seguimiento de los procesos para la selección de personal, con la que atender las demandas de prestación de servicios de carácter temporal de la Administración General del País Vasco, así como para informar al solicitante del desarrollo de los mismos.

b) Personas o colectivos origen de los datos

Cualquier persona que esté interesada en formar parte del proceso.

c) Procedimiento de recogida de datos.

Formulario en papel y telemático.

d) Estructura básica del fichero.

Del solicitante:

– Identificativos.

– Domicilio, teléfono

– Datos académicos

– Datos laborales para la valoración de méritos.

– Resultados de los exámenes.

– Adaptaciones necesarias para la realización de los exámenes, en el caso de padecer alguna minusvalía

e) Cesión de los datos.

A la Dirección de Función Pública, con el objeto de gestionar las bolsas de trabajo correspondientes.

A otras administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco cuando no dispongan de bolsas de trabajo propias, siempre con el consentimiento de los interesados.

e) Órgano responsable del fichero.

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

f) Servicio o unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación cancelación.

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

g) Medidas de seguridad.

Nivel alto

9. Gestión de la Revista Vasca de Administración Pública.

a) Finalidad y usos previstos

Gestión de las suscripciones a la Revista Vasca de Administración Pública

Envío por correo de la revista a los suscriptores.

Gestión de cobros a los suscriptores

Gestión de los colaboradores que escriben artículos.

Gestión de pagos a los colaboradores

b) Personas o colectivos origen de los datos

Personas o colectivos suscritos voluntariamente a la misma.

Colaboradores que escriben artículos.

c) Procedimiento de recogida de datos.

Mediante formulario establecido para tal fin y formulario telemático.

d) Estructura básica del fichero.

Suscriptores:

– Nombre y Apellidos, dirección correo electrónico y dirección postal, forma de pago

Colaboradores:

– Datos identificativos.

– Dirección de correo electrónico y dirección postal.

– Artículos realizados.

– Pago de los artículos.

e) Cesión de los datos.

No se realizan cesiones.

f) Órgano responsable del fichero.

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

g) Servicio o unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación cancelación.

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Medidas de seguridad.

Nivel básico

10. Gestión de publicaciones.

a) Finalidad y usos previstos

Gestión de las publicaciones que realiza el Instituto Vasco de Administración Pública.

Envío por correo de las publicaciones.

Gestión de cobros a los clientes.

Gestión de proveedores y pagos.

b) Personas o colectivos origen de los datos

Personas o instituciones que solicitan la compra de las publicaciones.

Proveedores.

c) Procedimiento de recogida de datos.

Mediante formulario establecido para tal fin y formulario telemático.

d) Estructura básica del fichero.

Clientes:

– Datos Identificativos

– Nombre y Apellidos, dirección correo electrónico y dirección postal, forma de pago.

Proveedores

– Datos identificativos.

– Dirección de correo electrónico y dirección postal.

– Pagos realizados.

e) Cesión de los datos.

No se realizan cesiones.

f) Órgano responsable del fichero.

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

g) Servicio o unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación cancelación.

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Medidas de seguridad.

Nivel básico

11. Gestión y seguimiento de los expedientes de traducción e interpretación.

a) Finalidad y usos previstos

Gestión y seguimiento de los expedientes de traducción e interpretación que se encargan al Servicio Oficial de Traducción tanto por parte de cualquiera de las Administraciones Públicas, como particulares y empresas en general, que precisen de estos servicios.

Gestión de las solicitudes de certificación de equivalencia.

Gestión de cobros a los clientes.

Gestión de proveedores y pagos.

b) Personas o colectivos origen de los datos

Personas físicas, jurídicas o instituciones que solicitan le sean traducidos o interpretados textos y/o cualquier otro tipo de documentación .

Traductores del Servicio Oficial de Traducción y empresas de servicios de traducción.

c) Procedimiento de recogida de datos.

Mediante formulario establecido para tal fin y formulario telemático.

d) Estructura básica del fichero.

Clientes:

– Datos Identificativos

– Nombre y Apellidos, dirección correo electrónico y dirección postal

– Expedientes encargados por el cliente.

– Facturación del servicio.

Traducciones

– Datos identificativos.

– Traducciones y/o interpretaciones realizadas

Proveedores:

– Datos identificativos

– Localización.

– Expedientes encargados al proveedor.

– Facturación del servicio.

e) Cesión de los datos.

No se realizan cesiones.

f) Órgano responsable del fichero.

Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública.

g) Servicio o unidad ante el cual el afectado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación cancelación.

Secretaría General del Instituto Vasco de Administración Pública.

C/ Donosita-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Medidas de seguridad.

Nivel básico

ANEXO IV
FICHEROS DE DATOS DE CARACTER PERSONAL DEL EUSKAL ESTATISTIKA ERAKUNDEA/
INSTITUTO VASCO DE ESTADÍSTICA.

1.-Control de distribución Horaria por tareas

a) Finalidad y usos previstos:

Control individualizado de la distribución horaria y previsión anual del personal de EUSTAT, por operaciones estadísticas, tareas y fases, con el objetivo de obtener una contabilidad de costes

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal con vinculación estatutaria o laboral con EUSTAT

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Información facilitada por el propio personal mediante grabación interactiva individualizada en una aplicación específica

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

Datos de detalles de empleo.

Datos económico-financieros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.-Control de peticiones externas de información

a) Finalidad y usos previstos:

Conocimiento de las peticiones externas de información

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Administración, empresas, universidades, particulares y peticionarios de información en general

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Ficha de control de peticionarios que se cumplimenta cuando se recibe la petición

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.-Proveedores

a) Finalidad y usos previstos:

Archivo de los expedientes de contratación celebrados por EUSTAT. Mantenimiento de un listado de contactos con los proveedores

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Empresas, entidades y personas físicas contratistas

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Expedientes de contratación de EUSTAT

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

Datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

4.-Gestión de personal

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión Interna del Personal del Instituto

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, contratados laborales y personal eventual que trabaja contratado por el Instituto

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Información facilitada por los propios interesados y por la gestión interna del Instituto

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

Datos de detalles de empleo.

Datos académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

5.– Registro de entradas y salidas.

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y control de la documentación que entra y sale del Instituto

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Administrados que se relacionan por escrito con la Administración

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Documentación presentada en el registro

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.–Becarios.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de solicitudes de acceso a las becas de EUSTAT

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de becas de EUSTAT

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Currículo y documentación aportada por el aspirante

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

7.-Seminarios.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de las inscripciones y participantes a los seminarios impartidos por EUSTAT

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes y participantes en los seminarios

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Mediante formulario.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

Datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

8.– Sistema de mensajería.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión centralizada de buzones de correo y de los contactos de usuario

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Datos de contacto de personas con alguna relación con los usuarios

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Datos de contacto facilitados por los interesados que mantiene alguna relación con el Instituto

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

Datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

9.– Directorio para la distribución de publicaciones.

a) Finalidad y usos previstos:

Mantenimiento de un directorio para la distribución de publicaciones del Instituto

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Contactos de instituciones y empresas que solicitan el envío de las publicaciones del Instituto

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Datos recogidos internamente y mediante los propios interesados

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas

f) Organo responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia – San Sebastián, n.º1

01010 VITORIA – GASTEIZ (ALAVA)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.


Análisis documental