N.º 50, viernes 12 de marzo de 2004
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Durango
1373
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 441/02.
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: PROVIDENCIA Juez que la dicta: D/D.ª Miguel Angel Fernandez Bueno. Lugar: Durango (Bizkaia). Fecha: doce de marzo de dos mil tres. El anterior escrito únase a los autos de su razón, entregándose la copia simple a la parte adversa. De acuerdo con lo interesado y lo establecido en el artículo 612 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil (LECn), se accede a la petición formulada por le ejecutante y se acuerda la mejora del embargo decretado en su día sobre los bienes de Eduardo Pablo Olavarria Alberdi. A tal fin, se declaran embargados los bienes siguientes: vehículo Opel Kadett, matrícula BI-2282-AK. De conformidad con lo solicitado y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 68.d y 69.2.ª de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y 34 de su Reglamento, líbrese mandamiento por duplicado al Sr. Registrador de Bienes Muebles de Bilbao para la anotación preventiva de embargo del siguiente vehículo: Marca: Opel. Modelo: Kadett 1.8 I. Matrícula: BI-2282-AK Insértese el mandamiento de la presente resolución haciendo constar que la misma es firme a efectos registrales. Notifíquese esta resolución al ejecutado antes expresado. Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno. Lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe. Firma del Juez Firma del Secretario Y como consecuencia del ignorado paradero de Eduardo Pablo Olavarria Alberdi, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Durango (Bizkaia), a once de febrero de dos mil cuatro. EL/LA SECRETARIO.CÉDULA DE NOTIFICACIÓN