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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 9, jueves 15 de enero de 2004


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
199

DECRETO 1/2004, de 13 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Pasaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de obras de urbanización de las calles Azkuene, Ulia y Errenderi".

El Ayuntamiento de Pasaia, en sesión de fecha 26 de septiembre de 2003, acordó iniciar el expediente de expropiación forzosa y sometió inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de obras de urbanización de las calles Azkuene, Ulia y Errenderi". En la misma sesión se acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado ningun escrito de alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Las Normas Subsidiarias de Pasia delimitan dentro del Área Urbana 2.08.04 la Unidad de Ejecución Zona Deportiva Azkuene, a desarrollar por expropiación, declarándose en situación de fuera de ordenación los edificios situados en dicho ámbito. Para su desarrollo el Ayuntamiento suscribió un convenio de fijación de justiprecio con los propietarios de los locales a derribar a consecuencia de las obras de urbanización, sin embargo, los propietarios de un local de 28’35 m2 renunciaron al convenio y reclamaron una compensación económica. En este sentido y ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo el Ayuntamiento procedió a incoar el expediente de expropiación correspondiente.

Las obras de urbanización de la Unidad de Ejecución se encuentran ejecutadas prácticamente en su totalidad, a excepción de las que recaen en el ámbito objeto de expropiación. Por otro lado, para la financiación de las obras se dispone de una subvención concedida por el Departamento de Industria, Comercio y Turismo de Gobierno Vasco, incluida dentro del Plan Especial de Rehabilitación del Comercio, que condiciona la concesión de la subvención a la finalización de las obras antes del 31 de diciembre de 2003.

Por todo lo expuesto, resulta necesario y urgente proceder a ocupar los bienes objeto de la expropiación a la mayor brevedad posible.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de Mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de enero de 2004,

DISPONGO

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Pasaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del "Proyecto de obras de urbanización de las calles Azkuene, Ulia y Errenderi".

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 13 de enero de 2004.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Ordenacion

del Territorio y Medio Ambiente,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.


Análisis documental