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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 4, jueves 8 de enero de 2004


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Vitoria-Gasteiz
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EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 852/02.

D/D.ª Jesus Miguel Incinillas Fernandez Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Vitoria-Gasteiz

HAGO SABER:

Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el n.º 158/03 a instancia de David Angel Mielgo Gonzalez, Maria Angeles Roldan de Aranguiz Armentia y Josefina Gonzalez Espasandin contra Construcciones Romi S.L. sobre reclamación de cantidad se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y VALOR POR EL QUE SALEN A SUBASTA

Local Comercial situado en la planta baja susceptible de división en varios. Ocupa una superficie construida de setenta y cinco metros ochenta decímetros cuadrados. Tiene acceso propio e independiente a derecha del portal de la casa de la que forma parte; y linda, al norte con Finca de D. Emilio Alava en línea exterior y con subportal de la casa en perímetro interior; al sur, con calle de situación en línea exterior y con subportal de la casa en perímetro interior; al Este, con casa n.º 4 de la calle Perú y al Oeste con el local n.,.º uno B de esta misma casa y caja de escalera, subportal y portal de la casa.

Tiene una fechada de 5,30 metros. Representa una cuota de participación en el total valor de la finca de que forma parte de ocho enteros y cincuenta centésimas de otro entero por ciento.

Forma parte de la casa de vecindad sita en Vitoria y su calle Perú, señalada con el n.º 1.

Referencia catastral: 59-1022-278-2-2-11

Inscripción: tomo 3.443, libro 658, folio 42, Finca 11.538 INE. 4.ª del Registro de la Propiedad n.º 4 de Vitoria-Gasteiz.

Valoración a efecto de subasta: 121.524,64 euros (20.220.000 PTA).

La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado Abad. Gasteiz 18 3.ª Planta-CPP. 1008, el día 2 de febrero de 2004 a las 10 horas de su mañana.

CONDICIONES DE LA SUBASTA:

1.– Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Identificarse de forma suficiente.

2.º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.º Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el grupo Banasto (Banco Español de Crédito-Banco de Vitoria) n.º 0004-0000-05-0158-03, o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor por el que salen a subasta los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

2.– Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

3.– Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4.– Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuera inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento civil.

5.– Que la certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado y los bienes se sacan a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, estándose a lo prevenido en la regla 5.ª del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que los postores aceptan esta situación, así como que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes y que el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicase a su favor.

6.– No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.

7.– El adquirente quedará sujeto a lo dispuesto en la Ley sobre arrendamientos urbanos, aceptando, en su caso, el derecho de arrendador a elevar la renta por cesión del contrato.

8.– Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado, no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalada o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo, se entenderá que se celebrará el día siguiente hábil a la misma hora, exceptuando los sábados.

Para el caso de que los deudores no fueren hallados en su domicilio y notificados en el mismo, el presente servirá de notificación de las subastas a los mismos.

En Vitoria-Gasteiz, a cuatro de diciembre de dos mil tres.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.


Análisis documental