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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 160, lunes 20 de agosto de 2001


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
4706

RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2001, del Director de Vivienda y Arquitectura, por la que se concede al laboratorio de ensayos Euskontrol, S.A., la renovación de la acreditación en el área de "suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales".

En virtud de la Orden de 21 de mayo de 1996 del Consejero de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, se acredita al Laboratorio de ensayos Euskontrol, S.A.., en el Área de "suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales", con el código 10008SV96. Esta acreditación se concede por un periodo de cinco años, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 del Decreto 11/1990, de 23 de enero, sobre acreditación de Laboratorios de Ensayos para el Control de Calidad de la Edificación en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Por el Laboratorio de ensayos Euskontrol, S.A., se ha solicitado la renovación de la referida acreditación, y habiéndose realizado por parte de esta Dirección de Vivienda y Arquitectura las oportunas inspecciones, se ha verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para la concesión de la renovación en el Área de "suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales".

A la vista de lo anterior, teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 11/1990, de 23 de enero, sobre acreditación de Laboratorios de Ensayos para el Control de Calidad de la Edificación en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 10 i) del Decreto 176/1995, de 28 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Artículo 1.– Renovar la acreditación del Laboratorio de Ensayos Euskontrol, S.A., con domicilio en el polígono industrial Biarritz, pabellón n.º2, en Amorebieta-Etxano (Bizkaia), en el área de "suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales" (código 10008SV01 ).

Artículo 2.– Esta renovación tendrá un periodo de validez de cinco años, sin perjuicio de su posible cancelación anticipada, de conformidad con el artículo 19 y las disposiciones reguladoras generales para la acreditación de Laboratorios de Ensayos para el Control de Calidad de la Edificación, aprobadas por Decreto 11/1990 de 23 de enero.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Ordenación del Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de junio de 2001.

El Director de Vivienda y Arquitectura,

JAVIER IRIRTE SALAZAR.


Análisis documental