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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 49, viernes 9 de marzo de 2001


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
1317

ORDEN de 20 de febrero de 2001, del consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se adecua la convocatoria del Concurso literario Urruzuno del ejercicio 2000 para su aplicación en el ejercicio 2001, cuyo objetivo es la promoción de la creación literaria en euskara entre los jóvenes.

De conformidad con lo dispuesto en la sección IX del Decreto Legislativo 1/1994 de 27 de setiembre, por el que se establece el Texto Refundido de las disposiciones legales referentes al Reglamento Presupuestario de Euskadi, se dictó el Decreto 275/2000, de 26 de diciembre, que prolonga la vigencia de ciertas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El Gobierno y sus organismos autónomos, de acuerdo con lo establecido en el citado decreto, adaptarán los requisitos, condiciones y plazos precisos para su aplicación en el ejercicio 2001.

La Orden del consejero de Educación, Universidades e Investigación de 23 de febrero de 2000 (BOPV de 8 marzo de 2000) reguló la convocatoria del Concurso literario Urruzuno para jóvenes. Es necesario, por lo tanto, adaptar los requisitos y plazos para su aplicación en el ejercicio 2001.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1.– Plazo para la presentación de solicitudes.

Los alumnos que deseen participar en el Concurso literario Urruzuno deberán presentar sus solicitudes hasta el 30 de marzo de 2001.

Artículo 2.– Las solicitudes.

Los alumnos interesados en participar en el premio deberán enviar al Servicio de Euskara del Departamento de Educación, Universidades e Investigación una hoja de inscripción, según modelo previsto en la Orden de 23 de febrero de 2000. También podrán valerse, si lo estiman oportuno, de cualquier otro medio establecido en la Ley de Procedimiento administrativo.

Artículo 3.– Recursos económicos.

A quienes resulten premiados en esta convocatoria les corresponderá un viaje, más 40.000 PTA (240,40 euros) para gastos. Para afrontar tales gastos se destinará una cantidad de 5.050.000 PTA (30.351,11 euros), habilitada al efecto en el Presupuesto General para el ejercicio 2001.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– En todo lo no previsto en las bases respecto del procedimiento se aplicará lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.– El interesado podrá impugnar tanto la convocatoria, las bases, como todo acto administrativo derivado de ellas, de acuerdo con los plazos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Tercera.– La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPV.

Vitoria-Gasteiz, a 20 de febrero de 2001.

El consejero de Educación, Universidades e Investigación,

INAXIO OLIVERI ALBISU.


Análisis documental