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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 52, martes 17 de marzo de 1987


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Otras Disposiciones y Acuerdos

Industria y Comercio
555

RESOLUCION de 9 de Marzo de 1987, de la Comisión de Precios de Euskadi por la que se aprueban las nuevas tarifas del Servicio de Auto-taxis de VitoriaGasteiz.

La Comisión de Precios de Euskadi, en su reunión del día 9 de Marzo de 1987, vista la solicitud presentada por el Excmo Ayuntamiento de

Vitoria-Gasteiz, adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva se transcribe a continuación para general conocimiento:

Resultando: Que, en fecha 16 de febrero de 1987, tiene entrada en el

Departamento de Industria y Comercio del Gobierno Vasco el expediente de revisión de las tarifas urbanas del servicio de taxi. instruido por el Excmo Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a instancias de la

Asociación Radio-Taxi de Vitoria-Gasteiz y la Agrupación Empresarial

Alavesa del Transporte por Carretera.

Resultando: Que en el expediente se contiene el Acuerdo adoptado por el Excmo Ayuntamiento en su sesión plenaria de fecha 6 de febrero de

1987 por el que se aprueba un incremento de las tarifas, incluido el

Impuesto sobre el Valor Añadido, que constan, en el expediente de referencia.

Considerando: Que a la vista del expediente, la Comisión de Precios de Euskadi, si bien se muestra conforme con el conjunto de las tarifas aprobadas, considera que el incremento aprobado en el apartado «km. recorrido» de la tarifa segunda resulta excesivo y desproporcionado en relación a los incrementos del resto de los apartados y al previsible incremento del I.P.C. para el presente ejercicio.

Considerando: Que, en relación a la solicitud de pase de los recorridos de extrarradio de la tarifa segunda a la tarifa tercera, dicho pase no resulta aceptable ni conveniente en aras a la adecuada clarificación del concepto de tarifa tercera, aplicable unicamente a los servicios nocturnos y considerando, por tanto, adecuado el actual sistema tarifarlo.

Vistos: los Decretos del Departamento de Comercio y Turismo de 20 de

Agosto de 1980 y 8 de Marzo de 1982, así como el Decreto de 27 de

Enero de 1985, y nido el parecer del representante del Departamento de Política Territorial y Transportes, la Comisión de Precios de

Euskadi, por unanimidad, acuerda:

l.- Autorizar las tarifas del servicio urbano de auto-taxi de

Vitoria-Gasteiz, en los conceptos y 'cuantías que a continuación se indican:

Tarifa Primera.- Aplicable los días laborables y en recorridos que no sobrepasen los límites territoriales señalizados mediante postes indicadorees de «Fin de zona primera»:

-Bajada,de Bandera...... .. .. . . . . . . .... . 95; pts. - Km. recorrido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47; pts. -Hora de espera en servicio............ 1.220; pts. Tarifa

Segunda: Aplicable los Domingos y días festivos en todos los recorridos y cualquier día laborable en los trayectos que rebasen los postes indicadores de «Fin de zona primera» hasta el límite del casco urbano a efectos de transporte:

-Bajada de Bandera.. .. .. .... . . . . . . . . . . . 95- pts. - Km. recorrido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , . . 70; pts. -Hora de espera en servicio..........1.220,- pts. Tarifa Tercera:

Aplicable en servicios nocturnos desde las 24 horas hasta las 7 horas:

-Bajada de Bandera..........95 pts. - Km. recorrido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77,- pts. -Hora de espera en servicio....1.738,- pts. Suplementos - Por cada maleta o bulto análogo. . . . . . . . . 40,- pts. - Por perro, de admisión potestativa. . . . . . . 80,- pts. 2: En las cuantías señaladas se entiende incluido el

Impuesto sobre el Valor Añadido.

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, las indicadas tarifas serán de aplicación a partir del día siguiente al de su notificación

Vitoria-Gasteiz, 9 de Marzo de 1987.

El Presidente de la Comisión de Precios, JON BELAUSTEGUIGOITIA ABANDO.


Análisis documental