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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 120, viernes 24 de septiembre de 1982


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Otras Disposiciones y Acuerdos

Política Territorial y Transportes
1391

RESOLUCION del Departamento de Política Territorial y Transportes, de 16 de Setiembre de 1982, por la que se acuerda adjudicar definitivamente las obras para la ejecución del Proyecto de Refuerzo de firme. Capa de Rodadura con mezclas bituminosas en caliente, CN-625, de Burgos a Bilbao, P.k. 382 al 386,8. Tramo: Basauri-Arrigorriaga.

En el día de hoy este Departamento ha adoptado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva a continuación se publica:

1.° Adjudicar definitivamente a la Empresa ELSAN, S. A., las obras para la ejecución del Proyecto de Refuerzo de firme. Cap de Rodadura con mezclas bituminosas en caliente, CN625, de Burgos a Bilbao. P.k.

382 al 386,8. Tramo: Basauri-Arrigorriaga, por un importe de

VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTAS MIL PESETAS (28.500.000 ptas.), que serán con cargo a la anualidad de 1982.

2.° Imponer a la indicada Empresa la obligación de constitución de fianza definitiva, ante la Viceconsejería de Finanzas del

Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco, en el plazo de 25 días a contar desde la notificación de la presente resolución, por importe del 4 % del presupuesto total de contrata, y ascendente en su consecuencia a la cantidad de UN MILLON QUINIENTAS SESENTA Y

TRES MIL SEISCIENTAS SETENTA Y CUATRO PESETAS (1.563.674 pesetas).

3.° Proceder a la formalización de la correspondiente acta de comprobación de replanteo, en el plazo máximo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución.

4.° A todos los efectos derivados de la ejecución de las obras, la

Empresa adjudicataria comunicará a la Administración en un plazo de quince días contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, su residencia o la de su delegado, debiendo situarse la misma en las obras o en una localidad póxima a su emplazamiento. Para cualquier. cambio futuro de residencia, el contratista deberá contar con la previa conformidad de la

Administración. Asimismo, el contratista o su delegado deberá residir en el lugar indicado y sólo podrá ausentarse de él previa comunicación, a la Dirección, de la persona que designe para sustituirle.

La precedente resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma procede el recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, que habrá de ser interpuesto, ante este

Departamento, en el plazo de un men contado a partir del día siguiente al de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de Setiembre de 1982. El Consejero de

Comercio, Pesca y Turismo, CARLOS BLASCO DE IMAZ.


Análisis documental