Ayudas del Progr. de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprog Generación de Conocimiento del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 2, Explora Ciencia y Explora Tecnología. 2017

LABURPENA
Titulua:
Ayudas del Progr. de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprog Generación de Conocimiento del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 2, Explora Ciencia y Explora Tecnología. 2017
Xedea:
Esta actuación tiene por objeto promover la ejecución de proyectos de investigación básica y tecnológica cuyos resultados representen un avance significativo del conocimiento para desarrollar nuevos enfoques y metodologías inalcanzables de otro modo y que, por la naturaleza de los conocimientos generados, tienen un marcado carácter transversal y básico. Por ello, los proyectos Explora han sido diseñados para financiar la exploración de ideas heterodoxas y radicalmente innovadoras. Estas ayudas estarán destinadas a financiar los gastos de personal, pequeño equipamiento, materiales y otros gastos relacionados con los objetivos del proyecto 1. Esta actuación tiene por objeto promover la ejecución de proyectos de investigación básica y tecnológica cuyos resultados puedan llegar a representar un avance significativo del conocimiento, mediante el planteamiento y desarrollo de nuevos enfoques y/o metodologías inalcanzables de otro modo y que, por la naturaleza de los conocimientos generados, pudieran tener un marcado carácter transversal. Por ello, los proyectos Explora han sido diseñados para financiar la exploración de ideas heterodoxas y radicalmente innovadoras. 2. Los proyectos que se presenten deben ser propuestas de investigación imaginativas y radicales cuya viabilidad pudiera ser considerada baja en programas convencionales, pero en las que existan ciertos indicios que justifiquen acometer su exploración usando metodología científica. Estas acciones pueden incluir investigaciones en la frontera del conocimiento propuestas con rigor científico dentro de cualquier área temática. 3. Los planes de trabajo de las actuaciones propuestas podrán ser de índole teórica o experimental, teniendo en cuenta que: a) Los proyectos «Explora Ciencia» serán propuestas cuyos objetivos supongan una reevaluación de paradigmas establecidos y aceptados, y podrán tener proyección en diferentes ámbitos científicos. b) Los proyectos «Explora Tecnología» serán propuestas cuyos objetivos estén orientados a las diferentes ramas de la tecnología, que supongan una búsqueda de nuevas soluciones y aplicaciones en diferentes ámbitos y la ejecución de «pruebas de concepto». c) El carácter interdisciplinario o transdisciplinario de las propuestas no significa necesariamente que estas sean heterodoxas o radicales.
Diru kopurua:
5.000.000,00 euros
Deialdiaren araudia:
  • Extracto de la Resolución 26 de septiembre de 2017 (BOE Zk. 240/2017)
    Extracto de la Resolución 26 de septiembre de 2017 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017 del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos «Explora Ciencia» y «Explora Tecnología» correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016.
Araudia:
  • Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre (BOE Zk. 236/2013)
    Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas de varios subprogramas del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
ERAKUNDEAK
Deialdia egiten duen erakundea:
Ekonomia eta Ogasun Ministerioa
Deialdia egiten duen organoa:
Ekonomia eta Ogasun Ministerioa
Erakunde erabakigarria:
Gobernu zentrala
Bertan emandako arreta:
Las solicitudes se presentarán electrónicamente en los términos previstos en el artículo 10 a través de las aplicaciones de solicitud y de firma electrónica, disponibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
TRAMITAZIOAK
Eskabideak aurkezteko lekua:
Las solicitudes se presentarán electrónicamente en los términos previstos en el artículo 10 a través de las aplicaciones de solicitud y de firma electrónica, disponibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Itzuli Las solicitudes se presentarán electrónicamente en los términos previstos en el artículo 10 a través de las aplicaciones de solicitud y de firma electrónica, disponibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Ayudas del Progr. de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprog Generación de Conocimiento del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 2, Explora Ciencia y Explora Tecnología. 2017
Esta actuación tiene por objeto promover la ejecución de proyectos de investigación básica y tecnológica cuyos resultados representen un avance significativo del conocimiento para desarrollar nuevos enfoques y metodologías inalcanzables de otro modo y que, por la naturaleza de los conocimientos generados, tienen un marcado carácter transversal y básico. Por ello, los proyectos Explora han sido diseñados para financiar la exploración de ideas heterodoxas y radicalmente innovadoras. Estas ayudas estarán destinadas a financiar los gastos de personal, pequeño equipamiento, materiales y otros gastos relacionados con los objetivos del proyecto 1. Esta actuación tiene por objeto promover la ejecución de proyectos de investigación básica y tecnológica cuyos resultados puedan llegar a representar un avance significativo del conocimiento, mediante el planteamiento y desarrollo de nuevos enfoques y/o metodologías inalcanzables de otro modo y que, por la naturaleza de los conocimientos generados, pudieran tener un marcado carácter transversal. Por ello, los proyectos Explora han sido diseñados para financiar la exploración de ideas heterodoxas y radicalmente innovadoras. 2. Los proyectos que se presenten deben ser propuestas de investigación imaginativas y radicales cuya viabilidad pudiera ser considerada baja en programas convencionales, pero en las que existan ciertos indicios que justifiquen acometer su exploración usando metodología científica. Estas acciones pueden incluir investigaciones en la frontera del conocimiento propuestas con rigor científico dentro de cualquier área temática. 3. Los planes de trabajo de las actuaciones propuestas podrán ser de índole teórica o experimental, teniendo en cuenta que: a) Los proyectos «Explora Ciencia» serán propuestas cuyos objetivos supongan una reevaluación de paradigmas establecidos y aceptados, y podrán tener proyección en diferentes ámbitos científicos. b) Los proyectos «Explora Tecnología» serán propuestas cuyos objetivos estén orientados a las diferentes ramas de la tecnología, que supongan una búsqueda de nuevas soluciones y aplicaciones en diferentes ámbitos y la ejecución de «pruebas de concepto». c) El carácter interdisciplinario o transdisciplinario de las propuestas no significa necesariamente que estas sean heterodoxas o radicales.
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
Los destinatarios de los proyectos de I+D son grupos de investigación vinculados a entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro con capacidad y competencia demostrada para realizar proyectos de I+D que supongan un avance significativo del conocimiento. a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos. c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica. d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora. e) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias. f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico. g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros A la posible cofinanciación FEDER que se pudiera derivar de la ejecución de las actuaciones incentivadas al amparo de la presente convocatoria podrán acceder las siguientes entidades, de entre las descritas en el apartado anterior: a) Organismos públicos. Solo podrán acceder a la modalidad de subvención con anticipo reembolsable aquellos organismos públicos que, según la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, las leyes anuales de PGE, o cualesquiera otras normas estatales o autonómicas, puedan concertar operaciones de endeudamiento a estos efectos. b) Organismos privados que hayan sido creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general, que no tengan carácter industrial o mercantil, que estén dotados de personalidad jurídica y cumplan al menos uno de los siguientes requisitos: i. Que su actividad esté mayoritariamente financiada por el Estado, por los entes territoriales o por otros organismos de derecho público. ii. Que su gestión se halle sometida a un control por parte de alguna de las entidades citadas en el párrafo anterior. iii. Que su órgano de administración, de dirección o de vigilancia esté compuesto, al menos en más de la mitad de sus miembros, por representantes nombrados por el Estado, por los entes territoriales o por otros organismos de derecho público
1. Podrán ser investigadores principales, salvo que el régimen jurídico aplicable a su relación laboral les impida participar en esta convocatoria: a) Doctores. b) En el caso de los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica, también podrán ser investigadores principales los titulados superiores que acrediten su experiencia en actividades de I+D+i durante al menos cinco años o, alternativamente, que hayan dirigido proyectos de investigación de carácter equivalente a los del Plan Nacional de I+D+i durante al menos tres años. 2. El investigador principal deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral (indefinida o temporal) que cubra, al menos, el plazo de ejecución del proyecto. Quienes participen en esta convocatoria en calidad de candidatos seleccionados dentro del programa «Ramón y Cajal» correspondiente a la convocatoria 2012 u otros programas de contratación de doctores, bien de la Administración del Estado o de las comunidades autónomas, que en la fecha de finalización de presentación de solicitudes no hubiesen formalizado aún su relación contractual con la entidad solicitante deberán presentar junto con la solicitud el acuerdo de incorporación entre el investigador y la entidad solicitante. La acreditación de la formalización del contrato les será exigida en el momento de dictarse la propuesta de resolución provisional de la ayuda. De no presentar dicho contrato, la solicitud de ayuda será desestimada. b) Encontrarse en servicio activo y realizar actividad investigadora. c) Contar con una jornada laboral en la entidad solicitante a tiempo completo o a tiempo parcial de un mínimo de 800 horas anuales. d) Figurar en una única solicitud de proyecto en esta actuación, bien en la modalidad «Explora Ciencia», o bien en la modalidad «Explora Tecnología». 3. Podrán pertenecer al equipo de investigación del proyecto solicitado doctores y titulados superiores que cumplan los siguientes requisitos: a) Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante o asociada o de alguna otra entidad que cumpla los requisitos del artículo 4 y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral (indefinida o temporal) que cubra, al menos, el plazo de ejecución del proyecto. Los componentes del equipo de investigación que pertenezcan a una entidad diferente a la beneficiaria deberán contar con la autorización expresa de la entidad a la que pertenezcan. Esta documentación quedará en poder de la entidad solicitante, que será la responsable de que el personal del equipo de investigación no vinculado funcionarial, laboral o estatutariamente a la misma cuente con dicha autorización. b) Encontrarse en servicio activo y realizar actividad investigadora.
PRESTAZIOA
Dotazioa:
5.000.000,00 euros
Muga:
El presupuesto de los proyectos Explora se presentará únicamente en la modalidad de costes marginales, sea cual sea la condición del beneficiario. Las ayudas podrán financiar hasta el 100 por 100 de los costes marginales solicitados
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
Dokumentazioa:
  • Las solicitudes se presentarán electrónicamente en los términos previstos en el artículo 10 a través de la aplicación de solicitud, a la que accederá el investigador principal, y de firma electrónica, a la que accederá el representante legal de la entidad solicitante. Ambas aplicaciones estarán disponibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación en los plazos establecidos en cada modalidad de actuación. Ver artículo 11 de la Disposición.
Eskabideak aurkezteko lekua Eskabideak aurkezteko lekua
Elektronikoa
Aplikazioak:
Solicitud


Elektronikoa
Aplikazioak:


DEIALDIAREN EGOERA
Eskabideak aurkezteko epea:
2017/10/31 - 2017/11/21
Ebazteko epea:
Plazo de resolución. El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será de seis meses contados a partir de la fecha de inicio del correspondiente plazo de presentación de solicitudes
Isilbidearen ondorioak:
Ezespenezkoak
Ebazpenaren aurkako errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:    .
  • Jartze epea: Hilabete 1.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Ez onartzea.
Isilbideagatik ez onartzeagatiko errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:  .
  • Jartze epea: 3 hilabete.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Onartzea.