Subvenciones a proyectos de investigación fundamental orientada y acciones complementarias del INIA Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad. 2015

LABURPENA
Titulua:
Subvenciones a proyectos de investigación fundamental orientada y acciones complementarias del INIA Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad. 2015
Xedea:
Las actuaciones objeto de ayuda tienen como finalidad estimular la generación de una masa crítica en I+D+I de carácter interdisciplinar e intersectorial necesaria para avanzar en la búsqueda de soluciones, de acuerdo con las prioridades establecidas en el Reto de Seguridad y Calidad Alimentaria, Actividad Agraria Productiva y Sostenible, Sostenibilidad de los Recursos Naturales e Investigación Marina y Marítima. Asimismo, tienen como objetivo promover una estrecha relación entre la investigación científica y técnica, el desarrollo de nuevas tecnologías y la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y a medio y largo plazo, contribuir a su traslación en productos y servicios. Persiguen, igualmente, reforzar la capacidad de liderazgo internacional del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación y sus agentes, al contribuir a mejorar la competitividad del tejido empresarial. Por último, pretenden articular las capacidades de I+D+I así como los instrumentos de fomento y financiación, con otros agentes regionales e internacionales, principalmente europeos, para desarrollar una verdadera programación conjunta. Se distinguen dos tipos de proyectos: a) Proyectos de I+D (código de referencia RTA): Proyectos que se ajusten a las líneas prioritarias fijadas por el INIA y publicadas en la página web www.inia.es. b) Proyectos I+D Emergentes (código de referencia E-RTA): Proyectos cuyos objetivos estén dirigidos al diagnóstico y control de plagas y enfermedades, tanto en especies vegetales como en especies animales, que hayan sido detectadas en territorio español, por primera vez, en los últimos tres años. Para la presentación de estos proyectos es necesario aportar documentación justificativa de la emergencia. No se financiarán líneas que supongan duplicidad con proyectos en marcha en otras convocatorias tanto nacionales como internacionales.
Diru kopurua:
14.500.000 €
Deialdiaren araudia:
  • Resolución de 26 de junio de 2015 (BOE Zk. 160/2015)
    Resolución de 26 de junio de 2015, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se convocan subvenciones para el año 2015, a proyectos de investigación fundamental orientada y acciones complementarias dentro del Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad (Reto de Seguridad y Calidad Alimentaria, Actividad Agraria Productiva y Sostenible, Sostenibilidad de los Recursos Naturales e Investigación Marina y Marítima) del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, 2013-2016.
Araudia:
  • Orden ECC/2098/2013, de 8 de noviembre (BOE Zk. 273/2013)
    Orden ECC/2098/2013, de 8 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria dentro del Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad y específicamente dentro del Reto de Seguridad y Calidad Alimentaria, Actividad Agraria Productiva y Sostenible, Sostenibilidad de los Recursos Naturales e Investigación Marina y Marítima en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
ERAKUNDEAK
Deialdia egiten duen erakundea:
INIA - Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria
Deialdia egiten duen organoa:
INIA - Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria
Erakunde erabakigarria:
Erakunde, Ente eta Sozietate Publikoak
Bertan emandako arreta:
La Coruñako errepidea, 7,5. km. 28040 Madril
Telefono bidezko arreta:
Telefono:913473900. Fax: 913572293
TRAMITAZIOAK
Eskabideak aurkezteko lekua:
La Coruñako errepidea, 7,5. km. 28040 Madril
Itzuli La Coruñako errepidea, 7,5. km. 28040 Madril
Subvenciones a proyectos de investigación fundamental orientada y acciones complementarias del INIA Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad. 2015
Las actuaciones objeto de ayuda tienen como finalidad estimular la generación de una masa crítica en I+D+I de carácter interdisciplinar e intersectorial necesaria para avanzar en la búsqueda de soluciones, de acuerdo con las prioridades establecidas en el Reto de Seguridad y Calidad Alimentaria, Actividad Agraria Productiva y Sostenible, Sostenibilidad de los Recursos Naturales e Investigación Marina y Marítima. Asimismo, tienen como objetivo promover una estrecha relación entre la investigación científica y técnica, el desarrollo de nuevas tecnologías y la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y a medio y largo plazo, contribuir a su traslación en productos y servicios. Persiguen, igualmente, reforzar la capacidad de liderazgo internacional del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación y sus agentes, al contribuir a mejorar la competitividad del tejido empresarial. Por último, pretenden articular las capacidades de I+D+I así como los instrumentos de fomento y financiación, con otros agentes regionales e internacionales, principalmente europeos, para desarrollar una verdadera programación conjunta. Se distinguen dos tipos de proyectos: a) Proyectos de I+D (código de referencia RTA): Proyectos que se ajusten a las líneas prioritarias fijadas por el INIA y publicadas en la página web www.inia.es. b) Proyectos I+D Emergentes (código de referencia E-RTA): Proyectos cuyos objetivos estén dirigidos al diagnóstico y control de plagas y enfermedades, tanto en especies vegetales como en especies animales, que hayan sido detectadas en territorio español, por primera vez, en los últimos tres años. Para la presentación de estos proyectos es necesario aportar documentación justificativa de la emergencia. No se financiarán líneas que supongan duplicidad con proyectos en marcha en otras convocatorias tanto nacionales como internacionales.
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
a) Centros públicos de I+D+I: 1.º Los Organismos Públicos de Investigación (OPI) reconocidos como tales por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. 2.º Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados de la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados de las administraciones públicas territoriales y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, cuyo fin y objeto social comprenda la ejecución directa de actividades de investigación científica y técnica, o aquellas otras de carácter complementario necesarias para el adecuado progreso científico y tecnológico de la sociedad. Se incluyen en este concepto los consorcios constituidos mediante convenios de colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas. 3.º Las Universidades públicas inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. b) Universidades privadas. c) Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica y que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda. d) Centros privados de I+D+I sin ánimo de lucro: toda entidad privada sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que tenga como finalidad la ejecución de actividades de investigación científica y técnica y con capacidad y actividad demostrada en proyectos o actuaciones de investigación. Entre estas entidades no se consideran incluidos los centros tecnológicos según se definen en el punto siguiente, ni las Universidades privadas citadas en el punto anterior. e) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica, teniendo esta consideración las entidades definidas por el artículo 2 del Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros. Los Centros deberán estar inscritos y acreditarán su inscripción en el Registro dentro del plazo de presentación de solicitudes. f) Otras entidades privadas con personalidad jurídica sin ánimo de lucro: fundaciones, asociaciones u otras entidades no lucrativas que realicen actividades relacionadas con el fomento, la gestión y la intermediación en el campo de la ciencia, la tecnología, la investigación y la innovación. Se excluyen expresamente las agrupaciones de interés económico (AIE), formadas por empresas o empresas con otras entidades.
a) Para la realización de proyectos de investigación, los centros públicos de I+D+I de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas y el INIA y, en el caso de subproyectos de un proyecto coordinado, todos los beneficiarios establecidos en el artículo 2 de la Orden ECC/2098/2013, de 8 de noviembre. b) Para la realización de acciones complementarias, los Centros públicos de I+D+I, las Universidades privadas, los Centros privados de I+D+I sin ánimo de lucro, los Centros Tecnológicos y los Centros de apoyo a la innovación tecnológica constituidos conforme al Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, así como las Fundaciones y otras entidades privadas con personalidad jurídica sin ánimo de lucro que realicen actividades relacionadas con el fomento, la gestión y la intermediación en el campo de la ciencia, la tecnología, la investigación y la innovación. Se excluyen expresamente las agrupaciones de interés económico, formadas por empresas o empresas con otras entidades. c) Para la realización de las acciones complementarias del tipo d) definidas en el punto 1 del artículo 6 de esta Resolución, serán beneficiarios exclusivamente los Centros públicos de I+D+I.
PRESTAZIOA
Dotazioa:
14.500.000 €
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
Dokumentazioa:
  • A. Solicitud: Las subvenciones a que se refiere esta convocatoria se solicitarán a través de los formularios que al efecto se encuentran disponibles en la aplicación telemática del portal web www.inia.es, con el siguiente contenido: a) Datos de identificación del proyecto y de las entidades participantes. En el caso de proyectos coordinados se repetirá este documento por cada uno de los subproyectos. El proyecto deberá encuadrarse en alguna de las áreas temáticas de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (en adelante ANEP). b) Declaración responsable en la que se hagan constar las subvenciones obtenidas, las solicitadas y las que se prevea solicitar de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional, en relación con el proyecto o parte del mismo. c) Declaración responsable de la entidad solicitante en la que se haga constar que para la realización del proyecto se cumplirán los principios que se han de respetar en esta convocatoria. d) Relación del personal investigador que participará en el proyecto. e) Conformidad de los miembros del grupo o grupos de investigación, acreditada con su firma original. Asimismo, se presentará, en su caso, la autorización a que se refiere el artículo 7.2 referida a los miembros del equipo pertenecientes a otros organismos. f) Solicitud, en su caso, de inclusión en el Subprograma Estatal de Formación de Personal Investigador en agroalimentación en los centros de investigación INIA-CCAA. B. Autorizaciones y documentos relativos a la personalidad, representación y otras circunstancias de la entidad solicitante que habrán de acompañar a la solicitud. a) Copia auténtica de la escritura de constitución en el caso de empresas que revistan forma societaria. b) Documento acreditativo del poder o representación que ostente el representante legal de la entidad beneficiaria. c) Una declaración responsable expresa de no hallarse la entidad beneficiaria incursa en ninguno de los supuestos de prohibición de la obtención de la condición de beneficiario establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como del cumplimiento de los requisitos exigidos al personal investigador. La declaración se ajustará al modelo previamente elaborado por la Subdirección General de Prospectiva y Coordinación de Programas. d) Los certificados de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, expedidos por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social. El representante legal podrá autorizar expresamente al INIA a que obtenga de forma directa la acreditación de que la entidad representada está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Los documentos a que se hace referencia en este apartado se presentarán telemáticamente salvo aquellos que por su naturaleza deban ser presentados en formato papel, sin perjuicio de su posterior digitalización una vez se compruebe su autenticidad. C. Documentación relativa a los proyectos y acciones complementarias: Se deberá presentar en formato electrónico, junto con la documentación descrita en el apartado A, la siguiente documentación: a) Normas generales: 1.º Memoria científico-técnica en la que se recojan las actividades que cada una de las entidades participantes desarrollará, así como un plan de difusión y divulgación de los resultados. En el caso de que la duración prevista del vínculo actual del investigador principal con el organismo beneficiario fuera menor que la duración del proyecto solicitado, se incluirá aquí una planificación alternativa que permita garantizar la consecución de los objetivos marcados en el momento de la concesión de la subvención. 2.º Memoria económica que exponga los costes derivados de la participación de cada una de las entidades participantes. 3.º Currículo actualizado de cada uno de los miembros del equipo o equipos de investigación, que deberá cumplimentarse exclusivamente de acuerdo con el modelo facilitado en el portal web del INIA www.inia.es. Para el caso de acciones complementarias se adaptará la documentación anterior a la naturaleza propia de estas acciones, para que puedan ser evaluadas de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 15. b) En el caso de proyectos que impliquen investigación en humanos, con muestras biológicas de origen humano, experimentación animal, utilización de organismos modificados genéticamente o agentes biológicos de riesgo para la salud o el medio ambiente, se deberá además incluir en el formulario electrónico correspondiente la siguiente documentación: 1.º Impreso sobre implicaciones éticas o de bioseguridad. 2.º Autorización firmada por el comité o autoridad que proceda en cada supuesto de los contemplados. D. Documentación acreditativa del interés o participación de las empresas y otras entidades en la ejecución del proyecto. 2. En caso de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4, el beneficiario ejecute la actividad con miembros asociados, la solicitud deberá hacer constar el visto bueno del representante legal del asociado y adjuntar los siguientes documentos: a) Datos identificativos del asociado. b) Documentos descritos en los puntos 1.B y C de este artículo, referidos al asociado. c) Documentación acreditativa de la relación o vínculo de carácter jurídico del asociado con el beneficiario. d) Convenio de colaboración o instrumento análogo que regule las obligaciones recíprocas del beneficiario y asociado en la ejecución del proyecto, así como cualesquiera otras previstas en este artículo como obligaciones documentales del beneficiario.
Eskabideak aurkezteko lekua Eskabideak aurkezteko lekua
DEIALDIAREN EGOERA
Eskabideak aurkezteko epea:
0005/01/13 - 2015/07/29
Ebazteko epea:
La resolución del procedimiento será dictada y notificada en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria
Isilbidearen ondorioak:
Ezespenezkoak
Ebazpenaren aurkako errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:    .
  • Jartze epea: Hilabete 1.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Ez onartzea.
Isilbideagatik ez onartzeagatiko errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:  .
  • Jartze epea: 3 hilabete.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Onartzea.