Ayudas del Progr. de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 1. Proyectos de I+D+I. 2016

LABURPENA
Titulua:
Ayudas del Progr. de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 1. Proyectos de I+D+I. 2016
Xedea:
Mediante esta convocatoria se conceden ayudas para la realización de proyectos de investigación consistentes en trabajos experimentales o teóricos que, por sus características y finalidad, estén orientados a la búsqueda de soluciones científico-técnicas que permitan resolver los problemas planteados en los retos de la sociedad, independientemente del carácter básico o más aplicado de la metodología y resultados que se obtengan. Se distinguen dos tipos de proyectos: a) Proyectos I+D tipo A, dirigidos por investigadores jóvenes con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras que no hayan dirigido proyectos de investigación de convocatorias del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016 o del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011. b) Proyectos I+D tipo B, que es la modalidad general.
Diru kopurua:
243.906.000,00 euros, que se distribuyen conforme a la siguiente estimación: hasta un máximo de 153.906.000,00 euros para la modalidad de subvención y hasta 90.000.000,00 euros para la modalidad de anticipo reembolsable.
Deialdiaren araudia:
  • Extracto de la Resolución de 8 de marzo de 2016 (BOE Zk. 63/2016)
    Extracto de la Resolución de 8 de marzo de 2016, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de I+D+I correspondientes al Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016
  • Convocatoria 2017 (BOE Zk. 140/2017)
    Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación y de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de I+D+I correspondientes al Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
ERAKUNDEAK
Deialdia egiten duen erakundea:
Ekonomia eta Ogasun Ministerioa
Deialdia egiten duen organoa:
Ekonomia eta Ogasun Ministerioa
Erakunde erabakigarria:
Gobernu zentrala
Bertan emandako arreta:
Las acciones por parte de los interesados que impliquen dichos trámites se harán obligatoriamente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (Facilit@), ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en la forma establecida. La entidad solicitante deberá estar inscrita en el Sistema de Entidades (SISEN), en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, donde deberá aportar el documento acreditativo del poder o representación que ostente el representante legal de dicha entidad, salvo que ya estuviese incorporado al expediente.
TRAMITAZIOAK
Eskabideak aurkezteko lekua:
Las acciones por parte de los interesados que impliquen dichos trámites se harán obligatoriamente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (Facilit@), ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en la forma establecida. La entidad solicitante deberá estar inscrita en el Sistema de Entidades (SISEN), en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, donde deberá aportar el documento acreditativo del poder o representación que ostente el representante legal de dicha entidad, salvo que ya estuviese incorporado al expediente.
Itzuli Las acciones por parte de los interesados que impliquen dichos trámites se harán obligatoriamente a través de la Carpeta Virtual de Expedientes (Facilit@), ubicada en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en la forma establecida. La entidad solicitante deberá estar inscrita en el Sistema de Entidades (SISEN), en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, donde deberá aportar el documento acreditativo del poder o representación que ostente el representante legal de dicha entidad, salvo que ya estuviese incorporado al expediente.
Ayudas del Progr. de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 1. Proyectos de I+D+I. 2016
Mediante esta convocatoria se conceden ayudas para la realización de proyectos de investigación consistentes en trabajos experimentales o teóricos que, por sus características y finalidad, estén orientados a la búsqueda de soluciones científico-técnicas que permitan resolver los problemas planteados en los retos de la sociedad, independientemente del carácter básico o más aplicado de la metodología y resultados que se obtengan. Se distinguen dos tipos de proyectos: a) Proyectos I+D tipo A, dirigidos por investigadores jóvenes con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras que no hayan dirigido proyectos de investigación de convocatorias del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016 o del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011. b) Proyectos I+D tipo B, que es la modalidad general.
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera quesea su forma jurídica. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria y normas complementarias Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico. Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.
Los investigadores principales deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Tener una vinculación con la entidad beneficiaria que cubra, al menos, el plazo solicitado de ejecución del proyecto. Los investigadores que pertenezcan al programa Ramón y Cajal y que tengan una vinculación con la entidad beneficiaria inferior al plazo de ejecución del proyecto podrán presentarse como investigador principal siempre que el proyecto se solicite con otro investigador principal que cumpla los requisitos de vinculación con la entidad beneficiaria durante todo el período de ejecución del proyecto. En el caso de proyectos con dos investigadores principales, ambos deberán pertenecer a la entidad beneficiaria o bien a la entidad beneficiaria y a un miembro asociado a esta. b) Contar con una jornada laboral en la entidad beneficiaria a tiempo completo o a tiempo parcial de un mínimo de 800 horas anuales. c) Cumplir los requisitos de dedicación y compatibilidad establecidos en el apartado 5 de este artículo. 4. Podrán ser también investigadores principales los profesores eméritos, doctores «ad honorem» del CSIC o académicos numerarios que no tengan vinculación contractual con la entidad beneficiaria o que, de existir, no abarque el plazo de ejecución del proyecto siempre que el mismo se presente con otro investigador principal que cumpla los requisitos de vinculación con la entidad beneficiaria y el resto de los requisitos y de las condiciones de compatibilidad que se exigen a los investigadores principales en este artículo, durante todo el período de ejecución del proyecto. Podrán pertenecer al equipo de investigación del proyecto solicitado, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 8 de este artículo: a) Doctores. b) Personal investigador con categoría de titulado superior. 8. Los componentes del equipo de investigación deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Tener con la entidad beneficiaria, o alguna otra entidad que cumpla los requisitos del artículo 4, una vinculación que cubra al menos el período solicitado de ejecución del proyecto. En el caso de doctores que no cumplan con esta vinculación durante el período de vigencia del proyecto, podrán formar parte del equipo de investigación siempre que la entidad a la que pertenezcan manifieste su compromiso de mantener la vinculación durante el período de ejecución del proyecto. Dicho compromiso debe manifestarse por escrito usando el modelo disponible en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad. Los componentes del equipo de investigación que pertenezcan a una entidad diferente a la beneficiaria deberán contar con la autorización expresa de la entidad a la que pertenezcan. En este caso, esta documentación quedará en poder de la entidad solicitante, que será la responsable de que el personal del equipo de investigación no vinculado funcionarial, laboral o estatutariamente a la misma cuente con dicha autorización. b) Tener dedicación única al proyecto para el que se solicita la ayuda, o compartida como miembro del equipo en dos proyectos de esta convocatoria de Proyectos de I+D o en uno de esta convocatoria y otro de alguna de las convocatorias contempladas en los apartados 5 b) y 5 c) de este artículo.
PRESTAZIOA
Dotazioa:
243.906.000,00 euros, que se distribuyen conforme a la siguiente estimación: hasta un máximo de 153.906.000,00 euros para la modalidad de subvención y hasta 90.000.000,00 euros para la modalidad de anticipo reembolsable.
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
Dokumentazioa:
  • 6.1 En todas las modalidades: a) Identificación del área y, en su caso, subárea temática de gestión seleccionada para la evaluación de la actuación. En el caso de proyectos coordinados todos los subproyectos serán evaluados en el área temática de gestión del investigador coordinador. El órgano instructor podrá readscribir de oficio el proyecto a otra área temática de gestión. b) Identificación obligatoria del reto elegido para realizar la actuación de entre los 8 retos recogidos en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación en el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad. La identificación de una de las tecnologías facilitadoras esenciales o de un segundo reto será opcional. c) Identificación del miembro asociado en el caso de que hubiese pluralidad de beneficiaros, tal como se establece en el artículo 5. d) Resumen, en español y en inglés, del impacto científico técnico esperado del proyecto y reseña del currículum del investigador o de los investigadores principales. Esta información podrá hacerse pública a efectos de difusión en el caso de que el proyecto sea financiado. 6.2 En la modalidad 1, Proyectos Retos, se especificará también: a) La solicitud, en su caso, de inclusión del proyecto en la convocatoria de Contratos Predoctorales para la Formación de Doctores, del Subprograma Estatal de Formación, dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i. b) La identificación, en su caso, de aquellas entidades públicas o privadas interesadas en los resultados del proyecto. La entidad solicitante custodiará la documentación que acredite dicho interés, debiendo aportarla solo en caso de serle requerida en cualquier momento del procedimiento de concesión o de la ejecución de la actuación. c) La aceptación, en su caso, de que la evaluación pueda ser transferida a las comunidades autónomas, cuando exista la posibilidad de participación en las convocatorias de programación conjunta con comunidades autónomas a las que se refiere el artículo 16.4. d) La descripción del impacto socioeconómico esperado del proyecto sobre el Estado o la región en que se desarrolle. 7. Al formulario electrónico de solicitud, el investigador principal deberá anexar la siguiente documentación obligatoria, que se considerará parte integrante y contenido mínimo de la solicitud a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.2 de las bases reguladoras: a) Memoria científico-técnica del proyecto, que se presentará necesariamente en los modelos normalizados disponibles en cada actuación en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad, debiendo respetarse el contenido, extensión y formato indicados en esta convocatoria o en los modelos normalizados. La memoria científico-técnica se presentará en inglés o español, con letra Times New Roman o Arial de un tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. Tendrá además las siguientes características: i) La memoria científico-técnica de proyectos individuales tendrá una extensión máxima de 20 páginas en su apartado C («Documento científico»). ii) Cuando se presente la solicitud de un proyecto coordinado, habrá una única memoria científico-técnica que incluirá los objetivos y tareas de cada uno de los subproyectos. Dicha memoria tendrá una extensión máxima de 25 páginas en su apartado C («Documento científico») y será aportada por el investigador principal coordinador del proyecto. La aplicación telemática la incorporará automáticamente a cada uno de los subproyectos. b) «Curriculum vitae» abreviado (CVA) del investigador o investigadores principales, que se presentará necesariamente en el modelo normalizado disponible en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad, debiendo respetarse el contenido, extensión y formato indicados en esta convocatoria o en los modelos normalizados. El CVA se presentará en inglés o español, con letra Times New Roman o Arial de un tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. Tendrá una extensión máxima de 4 hojas. 8. El investigador principal deberá adjuntar además, en función de la modalidad de actuación de que se trate, los siguientes documentos, según los modelos normalizados disponibles, en su caso, en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad: 8.1 En todas las modalidades. a) Cuando en la actuación figuren miembros asociados de los descritos en el artículo 5, el documento acreditativo del vínculo del miembro asociado con el beneficiario principal. Los documentos exigidos al representante legal del miembro asociado, que serán los mismos que los descritos en los apartados 3 y 11 para el representante legal de la entidad beneficiaria, podrán ser requeridos por el órgano instructor en cualquier momento del procedimiento de concesión, en el caso de que la actuación fuese propuesta para financiación. El investigador principal deberá recabar del representante legal de su entidad los documentos a que se refiere el párrafo anterior. b) «Curriculum vitae» abreviado (CVA), en su caso, de los componentes del equipo de investigación y, en su caso, de los doctores del equipo de trabajo y del tutor de la modalidad 3, que se presentará necesariamente en el modelo normalizado disponible en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad, debiendo respetarse el contenido, extensión y formato indicados en esta convocatoria o en los modelos normalizados. El CVA se presentará en inglés o español, con letra Times New Roman o Arial de un tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. Tendrá una extensión máxima de 4 hojas. c) Los proyectos que requieran el uso de plataformas marinas, buques oceanográficos o embarcaciones de otro tipo: i. Plan de campaña. ii. Acreditación de la solicitud de tiempo de uso. d) Los proyectos que vayan a desarrollarse en la zona recogida por el Tratado Antártico, que deberán cumplir el Protocolo de Madrid (BOE de 18 de febrero de 1998): i. Plan de campaña. ii. Solicitud de apoyo logístico. iii. Solicitud de infraestructura en las bases españolas. iv. Datos para el estudio de evaluación del impacto ambiental. v. Solicitud de permiso para zonas restringidas. vi. Solicitud de permiso para toma de muestras. vii. Compromiso de aceptación de las actividades en las bases. e) Los proyectos relacionados con atmósfera, clima y cambio climático que necesiten para su desarrollo datos meteorológicos, tanto observacionales como de salidas de modelos procedentes de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), deberán adjuntar la solicitud de datos a la AEMET. 8.2 En la modalidad 1, compromiso de mantenimiento de la vinculación durante el período completo de ejecución del proyecto por parte de la entidad a la que pertenezcan para todos aquellos doctores del equipo de investigación que no cumplan el requisito de vinculación establecido en el artículo 18.8.a). 8.3 En las modalidades 1 y 3, en su caso, la acreditación documental, en un único PDF, de la concurrencia de alguna de las circunstancias citadas a continuación para ampliación de la fecha límite inferior para la obtención del grado de doctor a que se refiere el artículo 18.6 a): I. Períodos de descanso derivados de maternidad o paternidad disfrutados con arreglo a las situaciones protegidas que se recogen en el régimen general de la Seguridad Social. II. Grave enfermedad o accidente del solicitante, con baja médica igual o superior a 3 meses. III. Atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, por un período mínimo de 3 meses. El investigador principal deberá recabar del representante legal de su entidad los documentos a los que se refiere el párrafo anterior. 9. Podrá aportarse voluntariamente el currículum completo según modelo disponible en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad o «Curriculum Vitae» Normalizado (CVN) del investigador o investigadores principales, del tutor y del resto de los miembros del equipo de investigación y en su caso de los doctores del equipo de trabajo. 10. Una vez finalizada la cumplimentación de la solicitud, el investigador principal la validará y enviará telemáticamente. Seguidamente, imprimirá el documento que genera automáticamente la aplicación telemática y consignará en él las firmas originales del investigador principal o de los investigadores principales, del tutor, en su caso, y del resto de los componentes del equipo de investigación, y lo pondrá a disposición del representante legal de la entidad solicitante, para su custodia. 11. A continuación, el representante legal de la entidad solicitante, con carácter previo a la firma y registro electrónicos de la solicitud, deberá: a) Declarar expresamente su consentimiento u oposición para que el órgano instructor pueda comprobar o recabar de otros órganos, administraciones o proveedores de información, por medios electrónicos, la información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 22.4 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En caso de oposición, el órgano gestor le requerirá, en cualquier momento del procedimiento de concesión, los certificados que acrediten el cumplimiento de tales obligaciones, expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o por las correspondientes Haciendas Forales y por la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando la entidad solicitante que haya denegado su autorización se encuentre en alguno de los supuestos previstos en el artículo 24 de dicho reglamento, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se acreditará mediante una declaración responsable. b) Remitir, en un envío único para todas las solicitudes de ayuda que la entidad presente, una declaración responsable expresa, según el modelo normalizado disponible al efecto en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad, que contendrá los siguientes supuestos respecto a la entidad solicitante: i. No hallarse incursa en ninguno de los supuestos de prohibición de la obtención de la condición de beneficiario, establecidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Dicha declaración responsable hará mención expresa a no estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en la letra b) del artículo 13.2 de dicha ley, en la forma prevista en el artículo 26 del Reglamento de desarrollo de dicha ley. ii. Cumplir con las obligaciones de los beneficiarios, establecidas en el artículo 14 de la mencionada ley. iii. No haber recibido subvenciones concurrentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, o, en su caso, la relación exhaustiva de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o privados que pudieran afectar a la compatibilidad para las mismas actuaciones objeto de ayuda conforme a lo establecido en los artículos 34 y 38 de dicho reglamento, incluyendo de forma diferenciada la relación de las ayudas «de minimis» solicitadas y recibidas en el ejercicio en curso, así como de las recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores. iv. Tener contabilidad separada para sus actividades no comerciales, frente a las comerciales. 12. Finalmente, el representante legal de la entidad solicitante, después de supervisar la solicitud telemática y de hacerse cargo de los documentos que le haya entregado el investigador principal con las firmas originales de los miembros del equipo de investigación, así como de haber realizado lo exigido en el apartado 11, completará la presentación de la solicitud mediante su firma electrónica, según lo establecido en el artículo 10.
Eskabideak aurkezteko lekua Eskabideak aurkezteko lekua
Elektronikoa
Aplikazioak:
Solicitud


Elektronikoa
Aplikazioak:


DEIALDIAREN EGOERA
Eskabideak aurkezteko epea:
2017/06/19 - 2017/07/13
Aurkezteko epe-muga:
Dispondrán de un plazo de presentación desde el 19 de junio hasta el 10 de julio de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes a Humanidades y Ciencias Sociales. Dispondrán de un plazo de presentación desde el 20 de junio hasta el 11 de julio de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes a Ciencias de la Vida y Agroalimentación. Dispondrán de un plazo de presentación desde el 21 de junio hasta el 12 de julio de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes a Medioambiente y Recursos Naturales. Dispondrán de un plazo de presentación desde el 22 de junio hasta el 13 de julio de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes a Tecnologías de la Producción y las Comunicaciones.
Ebazteko epea:
En todas las modalidades, el plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será de seis meses contados a partir de la fecha de inicio del correspondiente plazo de presentación de solicitudes.
Isilbidearen ondorioak:
Ezespenezkoak
Ebazpenaren aurkako errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:    .
  • Jartze epea: Hilabete 1.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Ez onartzea.
Isilbideagatik ez onartzeagatiko errekurtsoa:
  • Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
  • Egitura atal ebazlea:  .
  • Jartze epea: 3 hilabete.
  • Ebazteko epea: 3 hilabete.
  • Ebazpen falta: Onartzea.