Solicitudes de verificación de contadores
Departamento / Organismo Autónomo
Desarrollo Económico e Infraestructuras
Órgano gestor
Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial
Objeto
Controlar el proceso de verificación de contadores para los supuestos de reclamaciones o denuncias regulados en la Orden de 30 de julio de 2002.
Destinatarios/as
Solicitudes de verificación de contadores eléctricos, de gas o agua.
Normativa reguladoraReal Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.
Personas de contacto
Delegación Territorial de Álava
Tel.: 945 01 77 70
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 02 25 00
Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 94 403 14 00
Solicitud de verificación de contador.
Solo se recibirá la solicitud de verificación si:
- El solicitante es interesado, es decir, si es el titular o usuario del contador, o es el representante de la empresa suministradora, comercializadora o distribuidora.
- Después de informado el solicitante de que puede llegar a un acuerdo particular con la compañía suministradora, sin necesidad de la reclamación oficial, éste decide hacer la verificación oficialmente.
- Junto con la solicitud realiza el depósito de los costes de verificación.
Tasas a aplicar
Plazo de presentacion
A lo largo de todo el año.
Lugar presentación solicitudes
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Fax: 945 017051
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Fax: 943 022542
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Fax: 94 4031445
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Órgano que resuelve
No aplica.
Plazo de resolución
No aplica.
Efectos del silencioNo procede
Fín de la vía administrativa
La resolución pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios
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Otros documentos---
Observaciones
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NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
07/01/2016