Informes urbanísticos a la planificación pormenorizada

Descripción


La Agencia Vasca del Agua debe emitir los siguientes informes preceptivos y vinculantes respecto al planteamiento urbanístico pormenorizado:

  • Emisión de informe al planeamiento pormenorizado (Plan Especial, Plan Parcial, Estudio de detalle) antes de su aprobación inicial y posterior a su aprobación inicial, de conformidad con los artículos 7.l. y 7.k. de la Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Complementariamente, en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y en cumplimiento del Convenio de Colaboración con las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico y del Ebro, la Agencia Vasca del Agua elabora la propuesta del informe al planeamiento pormenorizado de conformidad al artículo 25.4. Real Decreto Legislativo 1/2001 Texto refundido de la Ley de Aguas.

A quién va dirigido


Ayuntamientos, Gobierno Vasco o Administración Foral (art. 97.2-PE sectoriales)

Organismos


Organismo que gestiona

  • Entes públicos de derecho privado > Agencia Vasca del Agua

Organismo que resuelve

  • Entes públicos de derecho privado > Agencia Vasca del Agua

Confederaciones Hidrográficas

Las Confederaciones hidrográficas del Ebro y del Cantábrico son competentes en las cuencas intercomunitarias: eje principal del Bidasoa , Urumea, Oria, Nervión, Ibaizabal, Cadagua, Agüera, Karrantza, Omecillo, Baias, Zadorra, Inglares, Araia, Ega y Errioxa.

Información de contacto


Datos de contacto

HORARIO

Horario de atención al público ininterrumpido de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas.

Abierto todo el año excepto festivos locales y provinciales, 24 y 31 de diciembre.

AGENCIA VASCA DEL AGUA

Edificio Boulevard

C/ Portal de Gamarra 1.A – Planta 11

01013 Vitoria-Gasteiz

AGENCIA VASCA DEL AGUA

Alameda Urquijo Nº36 – 7ª Planta

48011 Bilbao

AGENCIA VASCA DEL AGUA

C/ Intxaurrondo Nº 70 – 1º piso

20015 Donostia/San Sebastián

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Informes urbanísticos a la planificación pormenorizada : 1022002
  • Informes urbanisticos de planes especiales en suelo no urbanizable: 1066901

Solicitud y aportación de documentación


La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas establece en su artículo 14 el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Obligatoriedad que atañe a las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, a quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, a quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y, finalmente, a los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Otros trámites


Solicitud y aportación de documentación


La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas establece en su artículo 14 el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Obligatoriedad que atañe a las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, a quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, a quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y, finalmente, a los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

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