Convocatoria Ayudas Acción Humanitaria 2011 (Línea de financiación de las estrategias-marco)
El objeto de la presente Resolución es convocar para el ejercicio 2011 las ayudas a acciones humanitarias reguladas por el Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo (línea de financiación de las estrategias-marco de acción humanitaria).
2.400,00 euros.
- Resolución de 9 marzo de 2011 (BOPV N 55/2011)
RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2011, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan ayudas a acciones humanitarias con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo para 2011.
- Decreto 31/2008 (BOPV N 41/2008)
DECRETO 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo.
Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
El objeto de la presente Resolución es convocar para el ejercicio 2011 las ayudas a acciones humanitarias reguladas por el Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo (línea de financiación de las estrategias-marco de acción humanitaria).
Entidades y Asociaciones.
La entidad solicitante deberá cumplir todos los requisitos establecidos en el artículo 7 del capítulo II del Decreto 31/2008, de 19 de febrero, y,además, uno de los dos siguientes requisitos:
1.– Contar con un Plan Estratégico de acción humanitaria, que deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados:
a) Valores de la entidad.
b) Visión de la acción humanitaria.
c) Criterios para decidir la intervención o no ante una crisis humanitaria.
d) Mecanismos o protocolos de coordinación en terreno.
e) Líneas estratégicas en las que se establezcan objetivos alcanzables y realistas con sus indicadores y que se refieran, al menos, a los siguientes aspectos: sectores de intervención, comunicación, testimonio y cabildeo.
f ) Presupuesto.
2.– Aquellas entidades que no cumplan el requisito relativo al plan estratégico, podrán optar a las subvenciones a las estrategias-marco de acción humanitaria si cumplan dos condiciones:
a) Que en sus estatutos se haga referencia expresa a la asistencia y la protección de las poblaciones afectadas por crisis humanitarias y/o la defensa del Derecho Internacional Humanitario. b) Que aporten declaración jurada adquiriendo el compromiso de desarrollar un Plan Estratégico de acción humanitaria con los apartados anteriormente señalados en el plazo de un año desde la fecha de resolución que apruebe la estrategia-marco de acción humanitaria. En el plazo de ese año el citado Plan deberá ser presentado ante la Dirección de Cooperación al Desarrollo para su análisis y verificación.
Será como mínimo de 500.000 euros y como máximo de 800.000 euros.
800.000 euros.
La subvención concedida se abonará en los siguientes plazos:
- Un primer pago del 50% del importe de la subvención en el momento de la suscripción del convenio.
- Un segundo pago por el resto de la subvención, una vez justificada la realización del 30% del presupuesto total de la estrategia-marco.
SOLICITUD DE SUBVENCIONES A LA LÍNEA DE FINANCIACIÓN DE ESTRATEGIAS-MARCO DE ACCIÓN HUMANITARIA CON CARGO AL FOCAD.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Seis meses a contar desde el día siguiente a la entrada en vigor de la Resolución que convoca las ayudas.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.