Plan para el Fomento del Sector Artesanal de Gipuzkoa. 2017

RESUMEN
Título:
Plan para el Fomento del Sector Artesanal de Gipuzkoa. 2017
Objeto:
Se va a promover un sector artesanal orientado a: — La adecuación (una oferta que cubra las necesidades y demandas de los diferentes segmentos y hábitos de la población y el consumo); — La accesibilidad (fórmulas de distribución y acceso a los mercados con un papel específico de las TICs); — La imagen (la promoción y el desarrollo de una imagen que incida en los hábitos de consumo y disfrute); y, —La competencia (desarrollar competencias comerciales y de gestión que faciliten la viabilidad económica de la actividad artesanal). — Y, se va a realizar un esfuerzo específico en la valoración y reconocimiento social y profesional del sector a través del proceso de redefinición del Registro de Artesanía
Dotación presupuestaria:
420.000,00 €
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria 2017 (BOG N 83/2017)
    Modificación de bases y convocatoria 2017 del programa «Plan para el fomento del sector artesanal de Gipuzkoa».
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Innovación y Sociedad del Conocimiento
Órgano convocante:
Departamento de Innovación y Sociedad del Conocimiento
Entidad resolutora:
Diputación Foral Gipuzkoa
Contacto presencial:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Contacto telefónico:
Teléfono: 943.112818.Fax: 943.431.299.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Volver Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Plan para el Fomento del Sector Artesanal de Gipuzkoa. 2017
Se va a promover un sector artesanal orientado a: — La adecuación (una oferta que cubra las necesidades y demandas de los diferentes segmentos y hábitos de la población y el consumo); — La accesibilidad (fórmulas de distribución y acceso a los mercados con un papel específico de las TICs); — La imagen (la promoción y el desarrollo de una imagen que incida en los hábitos de consumo y disfrute); y, —La competencia (desarrollar competencias comerciales y de gestión que faciliten la viabilidad económica de la actividad artesanal). — Y, se va a realizar un esfuerzo específico en la valoración y reconocimiento social y profesional del sector a través del proceso de redefinición del Registro de Artesanía
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Tendrán la condición de personas y entidades beneficiarias de las ayudas establecidas en las presentes bases las personas que se dediquen a la artesanía y las organizaciones representativas del sector artesanal.
a) Desarrollar la actividad artesanal con habitualidad. b) No exceder de 10 el número de personas trabajadoras empleadas con carácter permanente, excepción hecha de las personas en proceso de aprendizaje, cónyuge y familiares en línea directa, consanguínea, adoptiva o por afinidad. c) Estar inscrito/a en el Registro General de la Artesanía Tradicional y Popular de Gipuzkoa. Sección Primera. d) Estar dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en su actividad correspondiente. 2.7. Las personas y entidades beneficiarias de las ayudas reguladas en las presentes bases deberán tener su domicilio social y fiscal en el territorio de Gipuzkoa.
PRESTACIÓN
Dotación:
420.000,00 €
Límite:
El importe total de las ayudas por taller artesanal, para los gastos subvencionables señalados en la base 3.1 apartados a), b), c), y f), no podrá superar la cuantía de 6.500 euros.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • En la solicitud, conforme al modelo que figura como anexo III, deberá incluirse la siguiente información: a) Datos de la persona o entidad solicitante. b) Memoria descriptiva del proyecto o la actividad para la que se solicita la subvención. En el caso de las actuaciones previstas en la base 3.ª1.e): — Número de empresas artesanas participantes previstas. — Número de empresas artesanas participantes previstas, inscritas en el Registro General de la Artesanía Tradicional y Popular de Gipuzkoa, distinguiendo la Sección I. — Fechas previstas de celebración de la feria. — Proceso a seguir para el cumplimiento de los requisitos que vienen recogidos en la base 3.2. c) Presupuesto detallado del proyecto presentado. . d) En su caso, acuerdo de colaboración entre las entidades que desarrollan el proyecto en agrupación, estableciendo distribución de responsabilidades y actividades y previsión de reparto de costes e ingresos. e) Certificado de ayudas concurrentes. f) Declaración responsable, conforme al modelo y que se incluye en la solicitud telemática, de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, así como aquellas referidas a la Ley 4/2005 de 18 de febrero para la Igualdad de Mujeres y Hombres y lo dispuesto en la Ley 14/2007 de 28 de diciembre de Carta de Justicia y Solidaridad con los Países Empobrecidos. Y, en su caso, sobre ayudas «de minimis» recibidas por la empresa en el año fiscal actual y los 2 años precedentes. g) Certificados actualizados, en vigor, que acrediten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Dicha documentación podrá sustituirse por la autorización expresa al Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial para que recabe directamente los referidos datos de las administraciones competentes para emitirlos.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
04/05/2017 - 31/05/2017
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.