Programa de apoyo a la Red guipuzcoana de Ciencia, Tecnología e Innovación. Gipuzkoa 2019

RESUMEN
Título: 
Programa de apoyo a la Red guipuzcoana de Ciencia, Tecnología e Innovación. Gipuzkoa 2019
Objeto: 
Impulsar la investigación y el desarrollo a través del apoyo a proyectos de I+D y de inversión
Dotación presupuestaria: 
4.315.000,00 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • Convocatoria 2019 (BOG N 42/2019)
    Convocatoria 2019 del «Programa de apoyo a la Red guipuzcoana de Ciencia, Tecnología e Innovación».
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
Departamento de Innovación y Sociedad del Conocimiento
Órgano convocante: 
Departamento de Innovación y Sociedad del Conocimiento
Entidad resolutora: 
Diputación Foral Gipuzkoa
Contacto presencial: 
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Contacto telefónico: 
Teléfono: 943.112818.Fax: 943.431.299.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
VolverPlaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Programa de apoyo a la Red guipuzcoana de Ciencia, Tecnología e Innovación. Gipuzkoa 2019
Impulsar la investigación y el desarrollo a través del apoyo a proyectos de I+D y de inversión
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Tendrán la consideración de beneficiarias, las entidades incluidas en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en estas bases las entidades a que se refiere el apartado siguiente, siempre que no se vean afectadas por ninguna de las prohibiciones del artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa ni quienes se hallen incursas en prohibición legal o inhabilitación por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
PRESTACIÓN
Dotación: 
4.315.000,00 euros
Límite: 
Proyectos de I+D Unidades de I+D empresarial en colaboración: Subvención máxima para las Unidades de I+D: 100.000 euros Creación de nuevas Unidades de I+D: Subvención máxima: 100.000 euros. Proyectos de inversión: Importe máximo de subvención por proyecto: 100.000 euros, Importe máximo de subvención por entidad: 200.000 euros. Proyectos en el área de las biociencias, micro y nanotecnologías, manufacturing avanzado y nuevas energías: Ayuda máxima a conceder: 100.000 euros por proyecto; 250.000 euros por entidad.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Declaración responsable, conforme al modelo que se incluye en el anexo o en la solicitud telemática, de no hallarse incursa en cualesquiera de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa ni en prohibición legal o inhabilitación por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. b) Certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. Dicha documentación podrá sustituirse por la autorización expresa al órgano gestor para que recabe directamente los referidos datos de las administraciones competentes para emitirlos. c) Declaración, en su caso, de las subvenciones, ingresos o recursos que la entidad solicitante hubiese solicitado u obtenido para la misma finalidad, procedente de cualquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, indicando las subvenciones que resulten incompatibles con las solicitadas. d) Justificación de la acreditación en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. e) Presupuesto detallado del proyecto, en el que se concrete la naturaleza de los gastos previstos, así como las tareas que los originarán, especificando si corresponden a tareas de investigación fundamental, de investigación industrial o de desarrollo experimental. f) Memoria del proyecto que contenga los objetivos del mismo y la descripción de las actividades a realizar para alcanzarlos. Se especificará para cada actividad si corresponde a investigación fundamental, investigación industrial o desarrollo experimental. Se incluirá también el planing del proyecto en el que consten las fechas de inicio y finalización. Además la memoria contendrá: Para los proyectos de I+D en colaboración, liderados por las Unidades de I+D empresarial: descripción de las colaboraciones con otras entidades para su desarrollo, efecto tractor que tendrá su ejecución, resultados previstos, C.V. de las personas que lo llevarán a cabo, y, toda la información necesaria para la valoración de los criterios vinculados al proyecto en la Base 6.1 y para el cálculo de la subvención, en su caso. Para los proyectos de creación de nuevas Unidades de I+D: Plan estratégico de la nueva Unidad: en el que se detallarán las tecnologías base en las que trabajará, la estrategia de colaboración con otros centros del entorno y a nivel internacional, las estrategias de financiación, los resultados previstos a medio- largo plazo en relación con el I+D que realice (publicaciones, patentes, desarrollo de nuevos productos y procesos, nuevos negocios, licencias, participación en congresos...), previsión de personal en la nueva Unidad, estrategia en relación al uso del euskera y a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y toda la información necesaria para la evaluación de los criterios relativos a la Unidad de I+D (Base 6.2). Para los proyectos de inversión: descripción de la inversión a realizarse, línea o líneas de investigación en las que está previsto utilizar la inversión, justificación de la novedad del equipamiento o de la infraestructura, y toda la información necesaria para la valoración de los criterios vinculados al proyecto en la Base 6.3. Para los proyectos de I+D preferentemente en las áreas de fabricación avanzada, energía y biociencias/salud: descripción de las colaboraciones con otras entidades para su desarrollo, encuadre en las estrategias vascas definidas en relación con estas áreas, resultados previstos, y, toda la información necesaria para la valoración de los criterios vinculados al proyecto en la Base 6.4. g) Memoria de la entidad y del grupo o grupos de investigación que presentan el proyecto que incluirá: estructura y perfil del personal que lo compone (investigadores, doctores, mujeres,...), proyectos realizados, publicaciones, productos desarrollados, patentes, colaboraciones con centros, universidades y otras entidades, proyectos europeos e internacionales, acciones que promuevan el uso del euskera, estrategia en relación a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y toda la información necesaria para la valoración de los criterios relativos a la entidad y/o al grupo de investigación o Unidad de Negocio. Además la memoria contendrá: Para las Unidades de I+D empresarial: Se detallará, en relación con las empresas socias de la Unidad de I+D, su porcentaje de participación, el tamaño de estas empresas y cualquier dato que se considere relevante. Para las nuevas Unidades de I+D empresarial: C.V de las personas que la integrarán. Se detallará, en relación con las empresas socias de la Unidad de I+D: nuevos productos desarrollados, proyectos europeos, colaboraciones con centros y universidades, doctores, acciones que promuevan el uso del euskera, estrategia en relación a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y cualquier dato que se considere relevante.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
02/03/2019 - 04/04/2019
Fecha límite de presentación: 
4 de abril de 2019, a las 13:00 horas
Plazo de resolución: 
Transcurrido un plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria, sin haberse notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio