Ayudas para el mantenimiento de equipos técnicos

RESUMEN
Título:
Ayudas para el mantenimiento de equipos técnicos
Objeto:

1. – Podrán acogerse a las ayudas para el mantenimiento de equipos técnicos de prevención comunitaria de las adicciones las entidades locales (ayuntamientos, mancomunidades o consorcios) con población superior a 8.000 habitantes siempre que tengan aprobado o en fase de elaboración un plan local de drogodependencias o adicciones.

Así mismo, en atención a las entidades locales con una población inferior a 8.000 habitantes y que no tienen capacidad suficiente para crear un equipo técnico de adicciones, podrán acogerse a estas ayudas las entidades siguientes:

a) Las Diputaciones Forales de la CAPV, en el caso de que dispongan de personal técnico para atender las necesidades de la población radicada en un conjunto de entidades locales, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

- Que dicho conjunto de entidades locales no constituya una mancomunidad (ya que en ese caso sería ella la beneficiaria de la ayuda).

- Que el conjunto de la población atendida sea superior a 8.000 habitantes.

b) Ayuntamientos de la CAPV cuyo personal técnico atiende las necesidades de otras localidades próximas, siempre y cuando la suma de habitantes de las distintas poblaciones atendidas sea superior a 8.000 habitantes de derecho.

2. – Los equipos técnicos de prevención comunitaria de las adicciones tendrán como función principal, sin perjuicio de las establecidas en el artículo 15.2 de esta Orden, cumplir los objetivos marcados en el Plan Local de Adicciones a que hacen referencia los artículos 4, 36.4 y 37.2 de la Ley 18/1998, de 25 de junio, sobre prevención, asistencia e inserción en materia de drogodependencias.

Dotación presupuestaria:

Para el mantenimiento de equipos técnicos de prevención comunitaria de las adicciones se destinarán 951.130 euros.

Normativa de la convocatoria:
  • Orden de 29 de mayo (BOPV N 112/2013)

    ORDEN de 29 de mayo de 2013, del Consejero de Salud, por la que se convocan ayudas económicas para el mantenimiento de equipos técnicos, para el desarrollo de programas de prevención comunitaria de las adicciones, para el desarrollo de programas de promoción de la actividad física y para la realización de proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños, en el ejercicio 2013.

Normativa reguladora:
  • Ley 18/1998, de 25 de junio, sobre preveción, asistencia e inserción en materia de drogodependencias (BOPV N 131/1998)

    La Ley 18/1998, de 25 de junio, sobre prevención, asistencia e inserción en materia de drogodependencias establece, en su artículo 4 apartado 3 que la Administración General de la Comunidad Autónoma establecerá con los Ayuntamientos las adecuadas relaciones de colaboración en orden al desarrollo de las actuaciones de prevención comunitaria de las drogodependencias.

  • Decreto 6/2011, de 18 de enero (BOPV N 14/2011)

    Decreto 6/2011, de 18 de enero, del Lehendakari, de segunda modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

  • Decreto 43/2011, de 22 de marzo (BOPV N 59/2011)

    Decreto 43/2011, de 22 de marzo de modificación del Decreto de estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad y Consumo encomiendan al Departamento de Sanidad y Consumo la competencia en materia de drogodependencias.

  • Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre (BOPV N 11/1998)

    Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco determina en el apartado 2 del artículo 51 que los Consejeros son órganos competentes, entre otros, para aprobar las normas y conceder ayudas o subvenciones en sus respectivos ámbitos.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Salud
Órgano convocante:
Dirección de Salud Pública y Adicciones
Entidad resolutora:
Viceconsejeria de Salud
Órgano resolutor:
Viceconsejeria de Salud
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del País Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Ãlava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Ayudas para el mantenimiento de equipos técnicos

Es objeto de la presente Oden la convocatoria de subvenciones para el año 2013 en el área de drogodependencias y otras adiccones, para el mantenimiento de los equipos municipales de prevención de las drogodependencias, con el objetivo de mantener lo programas y proyectos mejor insertados en las líneas de actuación del VI Plan de Adicciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobado en el Parlamento Vasco, al mismo tiempo que se pretende mostrar nuevas necesidades y, en concordancia con ellas, apoyar nuevos proyectos que las atiendan y contribuir a la mejora de proyectos y programas.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Podrán acogerse a la presente ayuda las entidades locales (ayuntamientos, mancomunidades o consorcios) con población superior a 8.000 habitantes siempre que tengan aprobado o en fase de elaboración un plan local de adicciones. Así mismo, en atención a las entidades locales con una población inferior a 8.000 habitantes y que no tienen capacidad suficiente para crear un equipo técnico de adicciones, podrán acogerse a estas ayudas las entidades siguientes:

a) Las Diputaciones Forales de la CAPV, en el caso de que dispongan de personal técnico para atender las necesidades de la población radicada en un conjunto de entidades locales, siempre que se cumplan los requisitos de que dicho conjunto de entidades locales no constituya una mancomunidad (ya que en ese caso sería ella la beneficiaria de la ayuda) y que el conjunto de la población atendida sea superior a 8.000 habitantes.

b) Ayuntamientos de la CAPV cuyo personal técnico atiende las necesidades de otras localidades próximas, siempre y cuando la suma de habitantes de las distintas poblaciones atendidas sea superior a 8.000 habitantes de derecho.

Para la concesión de las ayudas previstas en el presente Capítulo será condición indispensable que los equipos técnicos se acomoden, en cuanto a requisitos, funciones y composición, a lo dispuesto en los párrafos siguientes:

1.– Los equipos técnicos deberán reunir los siguientes requisitos:

Poseer la capacitación profesional adecuada para una eficaz ejecución de la política de prevención comunitaria de las adicciones en el ámbito del País Vasco.

El equipo técnico actuará siguiendo las directrices de los servicios sociales de la entidad solicitante, que asumirá el coste económico derivado de la contratación de dichos equipos técnicos.

2. – Los equipos técnicos tendrán, además de lo dispuesto en el artículo 14.2 de esta Orden, las siguientes funciones:

a) Desarrollar las acciones necesarias para lograr un adecuado conocimiento del fenómeno de las adicciones en la comunidad, desde la promoción de la educación para la salud.

b) Desarrollar programas de promoción de la actividad física.

c) Asesorar a las distintas áreas municipales y entidades colaboradoras en la planificación de las actividades en el campo de las adicciones y en la ejecución del Plan Local de Adicciones, con el fin de lograr una intervención integral y coordinada.

c) Informar y asesorar a las personas, familias y colectivos sobre los recursos sociales disponibles en la comunidad y remitir o derivar, en su caso, a la asistencia social ordinaria o a los servicios especializados en los casos que así lo requieran.

d) Colaborar, en el desarrollo de sus funciones, con los servicios sanitarios y educativos y los de prevención y reducción de riesgos y daños.

e) Colaborar con las Administraciones Públicas y promocionar las iniciativas privadas sin ánimo de lucro. En particular, colaborarán en la ejecución de los programas de ámbito supramunicipal promovidos por el Gobierno Vasco.

f) Cuantas actuaciones se contemplen en el desarrollo de programas específicos de actuación en la prevención y reducción de riesgos y daños de las drogodependencias.

3. – Los equipos técnicos de prevención comunitaria de las adicciones deberán estar compuestos por el siguiente personal:

- En entidades locales con población comprendida entre 8.001 y 20.000 habitantes: una persona con titulación superior o media a jornada completa.

- En entidades locales con población comprendida entre 20.001 y 45.000 habitantes: una persona con titulación superior o media a jornada completa y una persona auxiliar administrativa a media jornada.

- En entidades locales con población superior a 45.000 habitantes: dos personas con titulación superior o media y una persona auxiliar administrativa, todas ellas a jornada completa.

- En el caso de las ayudas a las Diputaciones Forales y ayuntamientos que atienden a otras localidades próximas, se financiarán equipos en las mismas condiciones que las del resto de entes locales, es decir, dependiendo del número total de habitantes que compone cada conjunto de entidades locales.

PRESTACIÓN
Dotación:

La partida presupuestaria para el mantenimiento de equipos técnicos asciende a 951.130 euros.

Límite:

En el caso de que la dotación de los recursos económicos asignados a las ayudas previstas en este capítulo no alcanzase para atender, en la cuantía máxima que posibilita el artículo 17 o en la solicitada si fuera inferior, se distribuirá aquella entre éstas en proporción a la cantidad que les correspondería si hubiera fondos suficientes.

1.– El Departamento de Salud podrá financiar hasta un 75% del coste de personal correspondiente al ejercicio 2013 de los citados equipos técnicos. La base sobre la que se aplicará el citado porcentaje no será superior a las siguientes:

- Persona técnica superior a jornada completa 45.470,00 € (incluidos gastos de Seguridad Social)

- Persona técnica media a jornada completa 37.245,00 € (incluidos gastos de Seguridad Social)

- Personal administrativo a jornada completa 30.024,00 € (incluidos gastos de Seguridad Social)

 

Forma de pago:

El pago será fraccionado abonándose el primer 80% en el momento de la concesión y el 20% restante una vez concluido el ejercicio y previa certificación de la persona dotada de fe pública en la entidad local correspondiente, certificación en la que constarán los datos de las personas que han integrado los equipos técnicos exigidos en la solicitud así como el coste económico total derivado de la contratación de dichos equipos técnicos. Esta certificación deberá ser presentada con anterioridad al 1 de marzo de 2014.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud y aportación de Documentación
Solicitud y aportación de Documentación:
Para solicitar la subvención, hay que presentar el formulario de solicitud, junto con la documentación que se describe en las Instrucciones de aportación de documentación. La tramitación puede iniciarse por cualquiera de los canales marcados en las pestañas (presencial y telemático). El inicio de la tramitación, no obliga a continuar la tramitación por el mismo canal. La continuación de la tramitación, si el canal elegido es el presencial se detalla en esta ficha. Si es el telemático se realiza a través de "Mis Gestiones".
Presencial
Formularios:
Formulario de Solicitud (Solicitud)

El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes.

Memoria de solicitud de la subvención (Doc. Ayuda)

Memoria de solicitud de subvención para el mantenimiento de equipos técnicos municipales de prevención comunitaria de las drogodependencias

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Formulario de solicitud

El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:

  • Para Personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano
  • Para Personas Jurídicas: Certificado de entidad

Junto al formulario de solicitud, debe de aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios si fuera necesario y guardarlos en su ordenador.

MEMORIA DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN (Doc. Ayuda)

Memoria de solicitud de subvención para el mantenimiento de equipos técnicos municipales de prevención comunitaria de las drogodependencias.

Instrucciones para la presentación solicitudes a través de canal electrónico

En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita en la convocatoria. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.

Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico o dar el consentimiento para que la administración obtenga el dato.



Electrónico
Aplicaciones:


Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Justificación
Justificación:
A los efectos de justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, las entidades deberán presentar la documentación que aparece en esta ficha a través de cualquiera de los dos canales especificados: presencial (en esta misma ficha se mencionan los lugares autorizados) ó telemático (en euskadi.net desde "Mis Gestiones")
Presencial
Formularios:
Justificación de la ayuda (Doc. Ayuda)
Justificación / certificación Ayudas económicas para el mantenimiento de equipos técnicos de prevención comunitaria de las adicciones
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Mis gestiones

Para realizar la justificación utilizando el canal electrónico, la entidad interesada deberá de acompañar la el formulario de certificación justicación correctamente cumplimentado.

Este trámite deberá de realizarse utilizando la opción correspondiente "Adjuntar Documentación" en el trámite de Justificación en "Mis Gestiones".



Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
13/06/2013 - 13/07/2013
Fecha límite de presentación:

Del 13/06/2013 al 13/07/2013.

Un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Plazo de resolución:

El plazo para resolver las solicitudes de ayudas formuladas al amparo de la presente Orden será anterior al 30 de noviembre 2013.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Gobierno Vasco; Salud; Viceconsejeria de Salud.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Gobierno Vasco; Salud; Viceconsejeria de Salud.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.