Programa municipal de ayudas económicas a la conciliación de la vida familiar y prelaboral. Vitoria-Gasteiz 2011

RESUMEN
Título:
Programa municipal de ayudas económicas a la conciliación de la vida familiar y prelaboral. Vitoria-Gasteiz 2011
Objeto:
Es objeto de las presentes bases reguladoras establecer las condiciones que han de regir la concesión de subvenciones destinadas a facilitar la asistencia de las personas usuarias de los servicios del Departamento de Promoción Económica y Planificación Estratégica y otros centros/entidades formativas de la ciudad, a los cursos de formación ocupacional y a cuantas acciones de empleabilidad se consideren adecuadas (acercamiento al autoempleo, prácticas en empresas…) y que precisan atender a personas dependientes (hijos/as, personas ancianas o con discapacidad).
Dotación presupuestaria:
4.630,00 €
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria 2011 (BOTHA N 56/2011)
    Convocatoria del programa municipal de ayudas económicas a la conciliación de la vida familiar y prelaboral. Año 2011.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Órgano convocante:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Entidad resolutora:
Administración Local (ayuntamientos)
Contacto presencial:
Registro General del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz Calle Olaguibel 2
Contacto telefónico:
Tfno: 945 16 16 16
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Registro General del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz Calle Olaguibel 2
Volver Registro General del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz Calle Olaguibel 2
Programa municipal de ayudas económicas a la conciliación de la vida familiar y prelaboral. Vitoria-Gasteiz 2011
Es objeto de las presentes bases reguladoras establecer las condiciones que han de regir la concesión de subvenciones destinadas a facilitar la asistencia de las personas usuarias de los servicios del Departamento de Promoción Económica y Planificación Estratégica y otros centros/entidades formativas de la ciudad, a los cursos de formación ocupacional y a cuantas acciones de empleabilidad se consideren adecuadas (acercamiento al autoempleo, prácticas en empresas…) y que precisan atender a personas dependientes (hijos/as, personas ancianas o con discapacidad).
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas personas que realicen o hayan realizado acciones de empleabilidad entre el 1 de diciembre de 2010 y el 1 de diciembre de 2011 y precisen atender a personas dependientes.
Encontrarse realizando o haber realizado una acción considerada de empleabilidad por el Departamento de Promoción Económica y Planificación Estratégica, haya sido promovida o no por el mismo (formación, prácticas etc). Hallarse empadronada en el municipio de Vitoria-Gasteiz. Ser responsable del cuidado de menores de 12 años, mayores de 70 años y/o personas con discapacidad que convivan en el domicilio familiar. Encontrarse en situación de desempleo o situación laboral precaria (jornada parcial, sucesión de contratos temporales, baja remuneración…) que, a juicio del personal técnico del Departamento de Promoción Económica y Planificación Estratégica, requiera de alguna actuación prelaboral que le permita mejorar sus posibilidades de inserción. Pertenecer a unidades familiares con ingresos anuales inferiores, según número de miembros, a: Nº personas ingresos brutos unidad familiar ingresos bruto familias monoparentales 2 < 23.166,35 euros 0 3 23.166,35 euros 24.227,85 euros 4 24.230,85 euros 25.304,45 euros 5 25.304,45 euros 26.367,95 euros 6 26.367,95 euros 27.430,45 euros
PRESTACIÓN
Dotación:
4.630,00 €
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Solicitud
Presencial
Documentación:
  • Copia del Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante. Para la acreditación de la pertenencia a alguno de los colectivos subvencionables, establecidos en la base 2. Copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior a la fecha de solicitud, de todas las personas que constituyan la unidad familiar. En el supuesto de no haber efectuado declaración del IRPF por no haber percibido ingresos mínimos para ello, certificado del órgano competente de la Hacienda Foral acreditativo de dicha circunstancia, donde figuren los ingresos percibidos el año anterior, relativo a todas las personas que convivan en el domicilio familiar. Cuando exista modificación de la situación laboral respecto a la declaración presentada, se justificarán los ingresos actuales de la unidad familiar con la última nómina o documento que, a juicio del Departamento de Promoción Económica y Planificación Estratégica, acredite los ingresos de la nueva situación. El Departamento de Promoción Económica y Planificación Estratégica comprobará de oficio los datos de empadronamiento de la persona dependiente y de la unidad familiar. En el supuesto de que la persona dependiente no conviva con la persona demandante, se podrán presentar otros documentos justificativos que, a juicio del Departamento de Promoción Económica y Planificación Estratégica, acrediten esta situación peculiar (separación, padres-madres que conviven en otro domicilio…). En el caso de tratarse de una acción no organizada por el Departamento de Promoción Económica y Planificación Estratégica, justificante expedido por la entidad promotora referente a la matriculación en la misma. Para personas desempleadas: tarjeta de desempleo expedida por el INEM y certificado de vida laboral. Las personas inmigrantes que únicamente posean permiso de residencia quedan exentas de presentar estos documentos. Para personas subempleadas: copia del contrato de trabajo. Para personas dependientes con minusvalía: certificado acreditativo de un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento. Para ayudas por asistencia a centros de educación infantil/guarderías: certificado expedido por la dirección del centro, indicando el coste efectivo del servicio prestado o a prestar. Para ayudas por asistencia a comedor escolar: certificado expedido por la dirección de la prestación del comedor, indicando el coste efectivo del servicio prestado o a prestar. Para ayudas a contratación de personal para el cuidado de personas dependientes: copia del contrato de trabajo y copia del parte de alta en la Seguridad Social de la persona contratada (si el contrato es superior a 20 horas semanales). Para ayudas a la contratación de empresas suministradoras de servicios de ayuda a domicilio: justificante indicando el coste efectivo del servio prestado o a prestar.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
10/05/2011 - 01/12/2011
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver las solicitudes será de un mes
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.