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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 191, martes 6 de octubre de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, TRABAJO Y EMPLEO
4125

RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2026, de la directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales en el expediente 48/2024/184 – Acta de infracción n.º I482024000046036.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– Mediante resolución del director de Trabajo y Seguridad Social de fecha 23 de julio de 2024, se impuso a la empresa Oca Instituto de Certificación Sociedad Limitada una sanción por importe de cuarenta y nueve mil ciento ochenta y un (49.181) euros, por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales del artículo 13.12) del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. Dicho precepto dispone textualmente que constituye una sanción muy grave «Mantener las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas o las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas, vinculaciones comerciales, financieras o de cualquier otro tipo, con las empresas auditadas o concertadas, distintas a las propias de su actuación como tales, así como certificar, las entidades que desarrollen o certifiquen la formación preventiva, actividades no desarrolladas en su totalidad».

Segundo.– La mencionada resolución ha adquirido firmeza en fecha 26 de junio de 2026.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La competencia para conocer del expediente le viene atribuida a La directora de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1.e) del Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, en el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio de 1998), y en los artículos 2, 3, y 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del registro de empresas sancionadas (BOPV de 4 de diciembre de 2012).

Vistos los preceptos legales señalados, y demás de general aplicación, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

RESUELVE:

Primero.– Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de los datos referidos a la sanción firme impuesta, que a continuación se indican:

– Razón social: Oca Instituto de Certificación Sociedad Limitada.

– Sector de actividad a la que se dedica: ensayos y análisis técnicos.

– Número de Identificación Fiscal: B65341075.

– Domicilio social: Vía de las dos Castillas (Edificio Oca Group) n.º 7, 28224, Pozuelo de Alarcón, 28224 (Madrid).

– Infracción cometida: artículo 13.12 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto: «Mantener las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas o las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas, vinculaciones comerciales, financieras o de cualquier otro tipo, con las empresas auditadas o concertadas, distintas a las propias de su actuación como tales, así como certificar, las entidades que desarrollen o certifiquen la formación preventiva, actividades no desarrolladas en su totalidad».

– Cuantía de la sanción: cuarenta y nueve mil ciento ochenta y un (49.181) euros.

– Fecha del acta de infracción: 23-05-2024.

– Fecha de la resolución sancionadora: 23-07-2024.

– Fecha en la que la sanción adquirió firmeza: 26-06-2026.

Segundo.– Ordenar la inscripción de los datos objeto de publicación en el registro de sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, adscrito a esta Dirección de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, anteriormente citado.

Los datos registrales correspondientes a la sanción impuesta se cancelarán a los cinco años contados desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado la sanción en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de septiembre de 2026.

La directora de Trabajo y Seguridad Social,

MARÍA VICTORIA PORTUGAL LLORENTE.


Análisis documental