
N.º 55, lunes 23 de marzo de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
1258
DECRETO 33/2026, de 10 de marzo, por el que se reconoce de utilidad pública a la asociación denominada «Asociación Itsas-Gela Aula del Mar».
El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco que contribuyan, mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo y cumplan, además, los requisitos previstos en dicho precepto.
Tal reconocimiento se realiza mediante decreto acordado en Consejo de Gobierno, tras la instrucción del correspondiente expediente que se regula en el Capítulo II del Decreto 146/2008, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre las Asociaciones de Utilidad Pública y su Protectorado, y tiene carácter discrecional, en función de la valoración que merezcan los fines y actividades desarrollados por la asociación solicitante.
En tal sentido, el 29 de octubre de 2024, la asociación denominada «Asociación Itsas-Gela Aula del Mar» solicitó la declaración mencionada mediante escrito dirigido al Protectorado de Asociaciones de Utilidad Pública.
Consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número AS/G/09550/2001 en virtud de Resolución de fecha 17 de diciembre de 2001.
El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende la Comunidad Autónoma Vasca y, desde su constitución, dirige sus actividades a la consecución de sus fines principales, y en particular, a divulgar el Mar y su entorno entre la población, haciendo hincapié en los jóvenes en edad escolar y a crear conciencia de la fragilidad del ecosistema marino y de la importancia del respecto hacia este. Asimismo, ver el Mar como algo que nos pertenece a todos y que es una valiosa fuente de recursos.
A la solicitud de reconocimiento de utilidad pública se han adherido las siguientes entidades: el Ayuntamiento de Pasaia y la Diputación foral de Gipuzkoa.
Por otra parte, con fecha 8 de septiembre de 2025, la Dirección de Patrimonio Cultural, Propiedad Intelectual y Depósito Legal del Departamento de Cultura y Política Lingüística emitió informe favorable a la declaración de utilidad pública de la Asociación. Asimismo, con fecha 24 de julio de 2025, la Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad emitió también informe favorable al reconocimiento. Dichos informes fueron solicitados por ser competentes en la materia.
Finalmente, con fecha de 26 de noviembre de 2025, fue emitido informe técnico de valoración favorable de la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno. En dicho informe se justifica la observancia de todos los requisitos legales y reglamentarios precisos, antes de ser reconocida la utilidad pública, a propuesta de los departamentos correspondientes.
En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística y del consejero Industria, Transición energética y Sostenibilidad, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 10 de marzo de 2026,
DISPONGO:
Artículo único.– Declarar de utilidad pública a la asociación denominada «Asociación Itsas-Gela Aula del Mar» inscrita con el número de registro AS/G/09550/2001 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, con el reconocimiento de los derechos inherentes a tal declaración. Asimismo, acordar la publicación de este decreto en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 10 de marzo de 2026.
El lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
La vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística,
IBONE BENGOETXEA OTAOLEA.
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
El consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad,
MIKEL JAUREGI LETEMENDIA.
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