
N.º 221, jueves 18 de noviembre de 2004
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Otras Disposiciones
Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
5942
DECRETO 195/2004, de 13 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Bermeo, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de desvío del Arroyo San Andrés".
El Ayuntamiento de Bermeo, en sesión de fecha 29 de marzo de 2004, acordó iniciar el expediente de expropiación forzosa y sometió inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de desvío del Arroyo San Andrés". Posteriormente, en sesión de fecha 3 de agosto de 2004 se acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado ningún escrito de alegaciones, según consta en el expediente administrativo.
Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.
Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:
El Proyecto de referencia se desarrolla en base al documento "Estudio de alternativas de la Red de Saneamiento de Bermeo" y define las obras a realizar para el desvío del Arroyo San Andrés. Actualmente los arroyos San Martín y San Andrés están canalizados mediante galerías al atravesar el núcleo urbano de Bermeo y a estas galerías vierten además las redes de aguas fecales y pluviales de parte del municipio. El citado Estudio plantea el desvío de ambos arroyos antes de entrar en el casco urbano hacia un nuevo punto de vertido, quedando las galerías actuales, una vez acondicionadas, como colectores de aguas residuales urbanas. Con ello se pretenden resolver los continuos episodios de inundaciones que se producen en esta área.
La ejecución del Proyecto conlleva establecer una servidumbre permanente sobre las parcelas afectadas y por ello el Ayuntamiento ha contactado con los propietarios a fin de obtener la disposición de los terrenos necesarios, habiendo llegado a acuerdos con gran parte de ellos. Por otro lado, el Proyecto cuenta con financiación de la Diputación Foral de Bizkaia, que ya ha adjudicado las obras. Por todo ello se estima necesario y urgente realizar las obras de encauzamiento a la mayor brevedad posible.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de octubre de 2004,
DISPONGO:
Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Bermeo, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del "Proyecto de desvío del Arroyo San Andrés".
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 13 de octubre de 2004.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
El Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente,
SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.
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