Registro de Actividades de Tratamiento Registro de personas trabajadoras posiblemente expuestos a amianto Responsable del tratamiento Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales Camino de la Dinamita, s/n - (Monte Basatxu), 48903, Barakaldo, Bizkaia Teléfono: 944032190 Página web: https://www.osalan.euskadi.eus Delegada de protección de datos Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava Teléfono: 945018680 Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos Finalidad del tratamiento Control y seguimiento de la vigilancia de la salud ocupacional y post-ocupacional de la población trabajadora expuesta a amianto Base jurídica Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) ) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) ) LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. RGPD 9.2.h*) Medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia sanitaria. RGPD 9.2.b) Cumplimiento de obligaciones en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social. Plazo de conservación 40 años Categorías de personas interesadas Personal de los servicios de prevención Personal sanitario Personas trabajadoras y extrabajadoras que hayan estado expuestas a amianto. Categorías de destinatarios (Comunicación de datos) Interesados legítimos INSS. Ministerio competente en materia de Sanidad Departamento competente en materia de salud de Gobierno Vasco Osakidetza Categorías de datos personales Datos de carácter identificativo Datos de características personales Datos de empleo y carrera Categorías especiales de datos personales Salud Transferencias internacionales No están previstas Medidas de seguridad Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. ID: 632