Registro del personal técnico competente para la realización de los planes de autoprotección
Responsable del tratamiento
Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología, Departamento de Seguridad
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018000
Página web: https://euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Registro de personal técnico competente para la realización de los planes de autoprotección relevantes para el correcto funcionamiento del Sistema Vasco de Atención de Emergencias
- Gestionar el procedimiento para la obtención de la habilitación profesional del personal técnico competente para la elaboración de los planes de autoprotección.
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
- DECRETO LEGISLATIVO 1/2017, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias.
- LEY 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Personal técnico competente
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Diputaciones Forales
- Otros órganos de la Administración del Estado
- Otros órganos de la administración local
- Otros órganos de la Comunidad Autónoma
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos académicos y profesionales
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.