Gobierno Vasco

Atención a Víctimas del Terrorismo y la Violencia

Responsable del tratamiento

Dirección de Derechos Humanos y Atención a Víctimas, Departamento de Justicia y Derechos Humanos
Donostia-San Sebastián01010Vitoria-GasteizÁlava
Teléfono: 945018000 
Página web: https://euskadi.eus

Delegada de protección de datos

Donostia-San Sebastián 101010Vitoria-GasteizÁlava
Teléfono: 945018680

Finalidad del tratamiento

  • Atención y asesoramiento a las víctimas del terrorismo y a personas que hayan sufrido vulneraciones de derechos humanos
  • Declaración de víctima de vulneración de derechos humanos por el procedimiento ordinario que reconoce la Ley 12/2016.
  • Acompañamiento para la tramitación de las solicitudes de prestaciones reparadoras y asistenciales de las víctimas o colectivos que las representen

Base jurídica

  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
  • LEY 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo.
  • LEY 12/2016, de 28 de julio, de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999.
  • Decreto 107/2012 de 12 de junio, de declaración y reparación de las víctimas de sufrimientos injustos como consecuencia de la vulneración de sus derechos humanos, producida entre los años 1960 y 1978 en el contexto de la violencia de motivación política vivida en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • LEY 9/2023, de 28 de septiembre, de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi.
  • RGPD 9.2.h*) Medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia sanitaria.

Plazo de conservación

Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Categorías de personas interesadas

  • Solicitantes
  • Representantes legales
  • Personas de contacto
  • Víctimas del terrorismo
  • Victimas de vulneraciones de Derechos Humanos

Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)

  • Otros órganos de la Administración del Estado

Categorías de datos personales

  • Datos de carácter identificativo
  • Datos de características personales
  • Datos de empleo y carrera
  • Videovigilancia
  • Víctimas de terrorismo
  • Categorías especiales de datos personales
    • Salud

Transferencias internacionales

No están previstas

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

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