Registro de personas trabajadoras posiblemente expuestos a amianto
Responsable del tratamiento
Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales
Camino de la Dinamita, s/n - (Monte Basatxu), 48903, Barakaldo, Bizkaia
Teléfono: 944032190
Página web: https://www.osalan.euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Control y seguimiento de la vigilancia de la salud ocupacional y post-ocupacional de la población trabajadora expuesta a amianto
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
- LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
- REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
- RGPD 9.2.h*) Medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia sanitaria.
- RGPD 9.2.b) Cumplimiento de obligaciones en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social.
Plazo de conservación
40 años
Categorías de personas interesadas
- Personal de los servicios de prevención
- Personal sanitario
- Personas trabajadoras y extrabajadoras que hayan estado expuestas a amianto.
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Interesados legítimos
- INSS.
- Ministerio competente en materia de Sanidad
- Departamento competente en materia de salud de Gobierno Vasco
- Osakidetza
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos de características personales
- Datos de empleo y carrera
- Categorías especiales de datos personales
- Salud
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.