Gobierno Vasco

Registro de personas trabajadoras posiblemente expuestos a amianto

Responsable del tratamiento

Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales
Camino de la Dinamita, s/n - (Monte Basatxu)48903BarakaldoBizkaia
Teléfono: 944032190  

Delegada de protección de datos

Donostia-San Sebastián 101010Vitoria-GasteizÁlava
Teléfono: 945018680

Finalidad del tratamiento

  • Control y seguimiento de la vigilancia de la salud ocupacional y post-ocupacional de la población trabajadora expuesta a amianto

Base jurídica

  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
  • LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
  • REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
  • RGPD 9.2.h*) Medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia sanitaria.
  • RGPD 9.2.b) Cumplimiento de obligaciones en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social.

Plazo de conservación

40 años

Categorías de personas interesadas

  • Personal de los servicios de prevención
  • Personal sanitario
  • Personas trabajadoras y extrabajadoras que hayan estado expuestas a amianto.

Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)

  • Interesados legítimos
  • INSS.
  • Ministerio competente en materia de Sanidad
  • Departamento competente en materia de salud de Gobierno Vasco
  • Osakidetza

Categorías de datos personales

  • Datos de carácter identificativo
  • Datos de características personales
  • Datos de empleo y carrera
  • Categorías especiales de datos personales
    • Salud

Transferencias internacionales

No están previstas

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

ID: 632